Entienda cómo funcionan los umbrales en la consulta anticorrupción

Votos necesarios para que consulta sea válida no son los mismos para que sea aprobada cada pregunta.

Para que la Consulta Anticorrupción sea válida se necesita que al menor el 30 por ciento del censo electoral. Foto: Archivo particular

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El último domingo de este mes, el 26 de agosto, se celebrará por primera vez en la historia de Colombia una consulta popular de carácter nacional, conocida como la consulta anticorrupción.
Para hacer seguimiento a los resultados de esta consulta es necesario tener claro que existen dos umbrales y cada uno funciona con reglas diferentes.
El primero es el umbral de participación, que es la cantidad mínima de votos necesaria para que la consulta sea válida. Este existe para garantizar que, al tomar una decisión de trascendencia nacional, no sea un pequeño grupo el que decida, sino una cantidad representativa (siga aquí los resultados en vivo)
Para el caso de esta consulta, el umbral es de la tercera parte del censo electoral, es decir, corresponde a 12.140.342 votos depositados por igual cantidad de ciudadanos. Solamente si se supera esa cantidad, la respuesta de los votantes a las siete preguntas, sea esta afirmativa o negativa, será legítima y vinculante.
Esta cifra sale de dividir por tres el potencial electoral nacional, que es de 36.421.026 personas a julio de 2018.
Hay que aclarar que esos más de 12 millones de votos corresponden a personas, y no a casillas marcadas. Es decir, si usted asiste a las urnas ese día y vota por cinco de las preguntas, eso no quiere decir que haya votado cinco veces. Para el umbral de participación, cada persona significa un solo voto.
Vale decir también que en el umbral de participación cuentan votos nulos, y hasta los tarjetones que se depositen en la urna sin marcar si o no en ninguna pregunta.
Luego viene el umbral de aprobación. Y este es posterior porque si no se supera el de participación, no importa cuántos votos haya por el sí o por el no en las preguntas.
Pero si sí se supera la tercera parte del censo electoral, para que las preguntas de la consulta anticorrupción sean aprobadas, cada una –y esto es importante– debe ser apoyada con el ‘sí’ por la mitad más uno de los votos válidos por esa pregunta.
Los votos nulos (marcados sí y no en la misma pregunta), si bien cuentan en el umbral de participación, no se cuentan en el umbral de aprobación. En este tampoco cuentan los votos no marcados.
Entonces, por ejemplo, si el total de votos válidos en una pregunta fuera 6 millones, al menos 3.000.001 personas tienen que haber votado sí para que la pregunta sea aprobada. De lo contrario, esta será rechazada.
El total de votos válidos puede ser inferior al umbral de participación.
Por ejemplo, si votan 14 millones de personas, la consulta será válida. Si en ese mismo escenario solamente 2 millones marcan de forma válida la pregunta número 3, esta igual será válida.
Cada pregunta tendrá su propio umbral de aprobación, que, en todos los casos, corresponde al 50 por ciento más uno de los votos válidos, y los votos válidos se obtienen de sumar los votos por el sí y los votos por el no.
En otras palabras, aunque el umbral de participación es general, y si se supera todos los resultados son vinculantes, el umbral de aprobación es individual para cada pregunta. 
En consecuencia, es posible que, habiendo superado el primer umbral, unas preguntas sean aprobadas y otras no, como también es posible que todas sean aprobadas o que ninguna sea aprobada.
Hasta que llegue la hora de acudir a las urnas, avanza la tarea de promoción y pedagogía por parte de quienes tuvieron la iniciativa de la campaña, para lograr que más de 12 millones de personas salgan ese día de su casa y marquen su opinión en el tarjetón en alguno de los 11.233 puestos de votación que se dispondrán, con 97.027 mesas de votación.
ELTIEMPO.COM

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