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¿Cuántos votos se necesitan para ganar en primera vuelta para la Alcaldía de Bogotá?
No basta con tener más votos que los demás, sino que es necesario tener una ventaja clara.
Los bogotanos durante las votaciones de la segunda vuelta presidencial. Foto: Carlos Julio Martínez / Reuters
Teniendo en cuenta que el Gobierno promulgó el acto legislativo que modifica el artículo 323 de la Constitución y de esta manera se establece para las elecciones territoriales 2023, la segunda vuelta para la elección de alcalde Mayor de Bogotá, muchos se preguntan cuáles son las condiciones para que esto ocurra. Le contamos.
Según las encuestas de intención de voto, Carlos Fernando Galán parece ser el que más opcionado para ser alcalde mayor. Sin embargo, la posibilidad de que haya una segunda vuelta, aún no se descarta.
Esto, porque sus contrincantes, Gustavo Bolívar y Juan Daniel Oviedo, también se han mostrado en la campaña como unas fuerzas políticas muy importantes para la opinión pública en la ciudad, y han recibido importantes respaldos.
Es clave mencionar que, en caso de que se den las cosas para una segunda vuelta, sería la primera vez que esto ocurre en la ciudad.
Punto de votación en Unicentro, Bogotá. Foto:@mauriciomorenofoto/EL TIEMPO
Así las cosas, lo que se indica en el Acto Legislativo 03 del 2019, el cual reformó al Artículo 323 de la Constitución, un candidato para la alcaldía de Bogotá podrá ganar las elecciones en primera vuelta solo si logra obtener, como mínimo, el 40 % del total de votos consignados en los comicios y, además, aventajar a su inmediato perseguidor por 10 puntos porcentuales o más.
Esto quiere decir, que no basta solo con tener más votos que los demás contendientes, sino que es necesario tener una ventaja clara y contundente sobre los otros demás aspirantes.
Si ninguno de los candidatos a la alcaldía no logra superar este umbral, se llevará a cabo una segunda vuelta entre aquellos que lograron acumular más votos, la cual se daría el próximo domingo 19 de noviembre, tres semanas después de la primera.
Aun día de las elecciones para la alcaldía de Bogotá, el candidato Carlos Fernando Galán se proyecta como el sucesor de la alcaldesa Claudia López y no tendría que ir a una segunda vuelta.
Así lo indican los resultados de la más reciente encuesta del Centro Nacional de Consultoría (CNC), en alianza con EL TIEMPO y CM&, que midió la intención de voto de los bogotanos.
El estudio de opinión se realizó entre el 20 y el 27 de octubre, con 750 personas. Tiene un margen de error del 3,6 por ciento y un nivel de confianza del 95 por ciento.
Según la encuesta, el 41 por ciento de los sufragios serían para el candidato del partido Nuevo Liberalismo, mientras que el aspirante por el Pacto Histórico, Gustavo Bolívar, estaría en segundo lugar, con 22 por ciento.
En el tercer puesto se encuentra Juan Daniel Oviedo, de Con Toda por Bogotá y quien con un 21 por ciento se le está acercando a Bolívar.
De izquierda a derecha: Juan Daniel Oviedo, Carlos Fernando Galán y Gustavo Bolívar. Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO
Más distante, en un cuarto lugar, se ubica el candidato Rodrigo Lara Restrepo, de Lara Demócrata, con el 4 por ciento. Lo siguen Diego Molano, de Reconstruyamos Bogotá, y Jorge Enrique Robledo, de Dignidad y Compromiso, con 3 por ciento cada uno.
Más abajo aparecen igualados con un 1 por ciento el general Jorge Luis Vargas, de Cambio Radical, y Nicolás Ramos, de Menos Máscaras Más Acciones. Rafael Alfonso Quintero, de Alianza Democrática Amplia, obtiene cero puntos porcentuales.
Beneficios por votar en las Elecciones Territoriales 2023
Millones de colombianos del país se acercan a las urnas en este domingo, 29 de octubre, para ejercer su derecho al voto y así escoger a la persona que va con sus afines.
Una vez las personas terminan su sufragio, a cada uno se les entrega el certificado electoral, el documento que expresa que el ciudadano cumplió con el deber de votar en las elecciones correspondientes. Si usted vota deberán entregarle uno y con ese, de acuerdo con la Ley 403 de 1997, podrá acceder a los siguientes beneficios:
Bogotá 29 octubre 2023. Ciudadanos se acercan al puesto de votación en Corferias, Elecciones Regionales 2023. Foto:César Melgarejo / El Tiempo @cesarmelgarejoa
10 por ciento de descuento de la matrícula para los estudiantes de una institución oficial de educación superior, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003.
Rebaja del 10 por ciento en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
Descuento del 10 por ciento del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; y por duplicados de la cédula de ciudadanía.
Media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar, que puede hacerse efectivo treinta (30) días después a la fecha de la elección.
Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto.
Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera ofrecido por el Estado.
Elecciones Regionales 2023
Bogotá Octubre 29 de 2023. Elecciones Regionales 2023 en el Colegio Mayor de San Bartolomé. Foto Néstor Gómez - El Tiempo Foto:Néstor Gómez - El Tiempo
Tenga en cuenta que es muy importante que el jurado presidente de la mesa de votación firme su certificado electoral. De acuerdo a la Registraduría, si el jurado presidente de la mesa de votación NO firma el certificado electoral, documento que recibe el ciudadano que ejerce el derecho al voto no tendrá validez.
Además, debe tener en cuenta que el certificado electoral se podrá utilizar por una sola vez para cada beneficio y expirará con la realización de nuevas elecciones ordinarias. Ahora bien, el descanso de media jornada debe ser disfrutado dentro de los 30 días siguientes a la elección.
Si pierde su certificado electoral puede pedir una copia del documento enviando una carta a la Delegación Departamental de la Registraduría que corresponda indicando el lugar y mesa de votación. En caso de no recordar dónde votó, podrá consultar su puesto ingresando a www.registraduria.gov.co., y la Delegación le expedirá la certificación correspondiente.