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Noticia
¡Ojo! Comienza nuevo ciclo de racionamiento y estas son las multas si desperdicia agua
Debido a que el nivel de los embalses del sistema Chingaza sigue bajando, y las lluvias todavía son escazas, el alcalde Carlos Fernando Galán anunció que volverá la medida de racionamiento diario.
Debido a que el nivel de los embalses del sistema Chingaza sigue bajando, y las lluvias todavía son escazas, el alcalde Carlos Fernando Galán anunció que volverá la medida de racionamiento diario.
En agosto se habían alcanzado niveles por encima del 52 por ciento en el sistema Chingaza, el cual está compuesto por los embalses de Chuza y San Rafael, y aportan el 70 por ciento del agua de la ciudad. Sin embargo, actualmente, está en el 45 por ciento de su capacidad.
En ese orden de ideas, la Alcaldía informó que el ciclo de turnos de racionamiento de agua volverá a ser todos los días y no día de por medio, como se venía realizando desde junio.
La medida comienza desde hoy, a las 8 de la mañana. Los ciclos duran nueve días, en las mimas zonas en donde se ha venido haciendo. Asimismo, los cortes duran 24 horas, por lo que el restablecimiento del servicio en cada turno comenzará a las 8 a. m., del siguiente día y la normalización total podrá tomar algunas horas adicionales según las características técnicas de cada sector.
Cada zona tendrá cortes en el suministro de agua cada nueve días. El primer turno afectó a 286 barrios en 10 localidades. Foto:EL TIEMPO
Galán, además, afirmó que desde la Alcaldía se está desarrollando un decreto “que incorporará prohibiciones como: usar agua potable para lavar fachadas, parqueaderos, vehículos, el riego de jardines, zonas verdes o infraestructura de recreación o deportiva”. Se impondrán sanciones que podrán ir desde amonestaciones, multas u órdenes de suspensión de actividades a quienes violenten las normas de policía para la preservación del agua o el racionamiento.
Asimismo, el mandatario informó que, si el nivel del sistema Chingaza llega al 36 por ciento, las medidas de racionamiento se volverán aun más restrictivas. Las autoridades recomiendan ahorrar agua en los hogares con medidas como: tomar duchas cortas, cerrar el grifo mientras se lava los dientes, arreglar las fugas en los baños.
Turnos de racionamiento. Foto:Alcaldía de Bogotá
¿De cuánto es la multa?
El Código Nacional de Policía y Convivencia prevé multas y sanciones para los comportamientos contrarios a la preservación del agua. La Policía de Bogotá se une al cuidado del agua, por lo que se adelantarán operativos e inspecciones para vigilar que el liquido vital sea racionado y cuidado hasta la última gota.
El Código de Policía establece multas y sanciones a comportamientos contrarios a la preservación del agua. Por ello, con apoyo de la Secretaría de Gobierno y otras entidades del Distrito se verificará el cumplimiento de esta norma con el fin de mitigar el desperdicio y el mal uso.
Aunque las lluvias en Bogotá han sido intensas en las últimas horas, los embalses, especialmente el sistema Chingaza, apenas recibieron lluvias ligeras. Foto:EL TIEMPO
El Artículo 100 del Código de Policía establece como acciones contrarias a la preservación del agua
1. Utilizarla en actividades diferentes a la respectiva autorización ambiental.
2. Arrojar sustancias contaminantes, residuos o desechos a los cuerpos de agua.
3. Deteriorar, dañar o alterar los cuerpos de agua, zonas de ronda hídrica y zonas de manejo y preservación ambiental en cualquier forma.
4. Captar agua de las fuentes hídricas sin la autorización de la autoridad ambiental.
5. Lavar bienes muebles en el espacio público, vía pública, ríos, canales y quebradas.
6. Realizar cualquier actividad en contra de la normatividad sobre conservación y preservación de humedales, y sobre cananguchales y morichales.
Aplicación de sanciones por desperdicio de agua
Numeral 1: Amonestación-suspensión temporal de actividad.
Numeral 2: Amonestación-multa general tipo 4- suspensión temporal de actividad.
Numeral 3: Suspensión temporal de actividad.
Numeral 4: Amonestación- suspensión temporal de actividad.
Numeral 5: Multa general tipo 4.
Numeral 6: Amonestación- multa general tipo 4-suspensión temporal de actividad.
Las sanciones pueden ir desde amonestación hasta multa de $694.000 mil o en caso de reincidencia hasta por $1.213.000, según el artículo 100 y 180 de la Ley 1801 de 2016.