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Noticia

Si su predio está entre Cartagena y Barranquilla, esto es lo que deberá pagar por valorización

Definidos los topes de valorización en la Vía al Mar, conozca cómo será el cobro y las exenciones.

Entre los beneficios de la obra se destaca también la disminución en tiempo de recorridos para los s de la vía en 8 minutos. Con proyectos viales de esta magnitud, el INVÍAS promueve el desarrollo y la competitividad de las regiones del país contribuyendo a la conexión de las regiones como: La Boquilla, Pontezuela, Punta Canoa, Arroyo Grande, Tierra Baja, Lomita Arena, Santa Catalina, Puerto Rey, Arroyo Piedra, Pueblo Nuevo, Galerazamba, en Bolívar; Puerto Colombia, Juan de Acosta, Sabana Grande, Galapa, Malambo, Piojó, Playa Mendoza, Tubará, Santa Verónica, Playas de Edriman, Villas de Palmarito y Boca Tocino, en Atlántico.
Porcentaje de avance: 90%

vía Cartagena-Barranquilla Foto:

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El Gobierno Nacional avanza en la implementación del cobro de la valorización para los predios en la zona de influencia de la Vía al Mar y la Circunvalar de la Prosperidad, un tributo que busca financiar el desarrollo vial pero que sigue generando controversia entre sectores afectados.
Mediante una resolución del Instituto Nacional de Vías (Invías)  define los topes de pago que deberán asumir los propietarios de los predios beneficiados por las obras. La normativa establece que el cobro será proporcional al impuesto predial y dependerá del tipo de predio y su uso.

Tope de cobro según tipo de predio

La resolución establece los límites de pago para los predios, que estarán basados en su tipo y uso:
  • Estratos residenciales 1 a 4 e institucionales: El pago no podrá superar una vez el impuesto predial bruto.
  • Estratos residenciales 5 y 6: El límite será de hasta dos veces el impuesto predial.
  • Predios con usos comerciales, industriales o no habitacionales: Podrán ser gravados hasta tres veces el valor del impuesto predial.
El Invías especificó que estos topes se fijaron para no exceder la capacidad de pago de los propietarios en un período anual. Además, se destacó que el menor valor entre el cálculo técnico y los límites establecidos será el que se aplique en cada caso.

Exenciones definidas por el Invías

Vía Barranquilla - Cartagena

Vía Barranquilla - Cartagena Foto:Cortesía Mintransporte

El Invías ha excluido del cobro a ciertos grupos poblacionales con el fin de proteger a los más vulnerables. Están exentos:
  • Propietarios o poseedores de predios en extrema o moderada pobreza, categorizados bajo el Sisbén (A1 a A15 y B1 a B7).
  • Propietarios sin recursos suficientes para pagar, identificados como "sin capacidad de pago".
  • Predios destinados a unidades agrícolas familiares (UAF) con actividades agropecuarias, forestales o pecuarias, siempre que cumplan con los criterios de área y localización establecidos por la resolución 041 de 1996 del Incora.

Reacciones y espera de decisiones judiciales

Irvin Pérez, gerente de Camacol Bolívar, manifestó su inconformidad con la resolución, señalando que no resuelve los problemas de fondo.
En lugar de impulsar políticas para fomentar el crecimiento, hemos visto decisiones que afectan negativamente a la industria
Vía Barranquilla-Cartagena
Irvin PérezGerente de Camacol Bolívar
"Sigue introduciendo cambios para disimular deficiencias y vicios de legalidad presentes desde los actos istrativos que respaldan este cobro".
Pérez también afirmó que confían en que el Consejo de Estado adoptará las medidas cautelares solicitadas, ya que considera que este mecanismo de valorización representa un "ataque sistemático" del Gobierno contra el sector vivienda: "En lugar de impulsar políticas para fomentar el crecimiento, hemos visto decisiones que afectan negativamente a la industria", concluyó.
El sector privado y los ciudadanos afectados se mantienen atentos a las determinaciones judiciales sobre las demandas presentadas, en busca de garantizar la legalidad y la protección de derechos en este polémico proceso de valorización.

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