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La cadena de errores que tiene en líos al predio de Arkadia

Aunque el centro comercial ya está construido, un juez declaró nula su licencia de construcción.

El centro comercial de 50.000 metros cuadrados ya está construido y en funcionamiento.

El centro comercial de 50.000 metros cuadrados ya está construido y en funcionamiento. Foto: Esneyder Gutiérrez

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El 26 de junio de 2020 un juez de Medellín declaró nula la licencia de construcción del centro comercial Arkadia, ubicado en el cruce de la avenida 80 con la carrera 70. Varias fueron las acciones u omisiones que llevaron a que hoy, luego de estar inaugurada esta plataforma comercial, su construcción fuera declarada ilegítima.
Las pruebas presentadas por el demandante del proceso fueron suficientes para que el juez Manuel Fernando Mejía fallara a favor de declarar la nulidad de las resoluciones que otorgaron la licencia para la construcción del centro comercial.
El terreno en cuestión ha sido polémico pues, desde hace ya varios años, movimientos ciudadanos venían denunciando supuestas irregularidades cometidas desde los despachos de la istración local y de entidades de control, como el Área Metropolitana del Valle de Aburrá (AMVA).
Para comenzar a entender lo sucedido con este espacio hay que remitirse al Plan de Ordenamiento Territorial (POT), que es el documento que marca el norte urbanístico de la ciudad.
Allí se encuentran delimitadas, por terreno, las restricciones para el uso del suelo de cada uno de las zonas de la ciudad.
Movimientos ciudadanos venían denunciando supuestas irregularidades cometidas desde los despachos de la istración local y de entidades de control
Este documento, aunque es presentado por el Departamento istrativo de Planeación de Medellín (DAP), como modelo de anteproyecto, únicamente puede ser aprobado o modificado, cada cuatro años, por los concejales de la ciudad. Esto está señalado en la Ley de Desarrollo Territorial.
Aunque en el POT el lote donde hoy se ubica Arkadia está catalogado para uso deportivo, recreativo y social; el uso del suelo de este terreno fue modificado, al parecer,  por un funcionario que no tenía la potestad de hacerlo.
Según cuenta el exconcejal Ricardo León Yepes, quien luego en el 2017 demandó el caso, "el director de planeación de ese momento, Jorge Pérez, emitió la resolución 304, donde él mismo hace ‘la gambeta’, como se dice vulgarmente. Él justifica porqué sí se puede hacer ahí un centro comercial, pero más adelante en el documento, dice que en última instancia lo que se tiene que aplicar es lo que diga el POT”.
El uso del suelo de este terreno fue modificado, al parecer, por un funcionario que no tenía la potestad de hacerlo
Esta resolución  llevó a que el 15 de julio de 2015 el entonces Curador Urbano Primero de Medellín, Luis Fernando Betancur Merino, otorgara la licencia de construcción a la empresa constructora bogotana Cimento Inmuebles Comerciales S.A.S.
El 9 de noviembre de 2016 se llevó a cabo un debate de control político en el Concejo, liderado por Yepes. Allí, el director del DAP del mandato de Federico Gutiérrez, le dio la razón a Yepes y al movimiento ciudadano Defensores de Parques Urbanos.
Reconoció que su antecesor se había extralimitado en sus funciones como lo explica Yepes: “El único que tiene facultades para modificar usos del suelo es el Concejo de Medellín. Además, yo advertí en ese debate que la resolución 304 no fue llevada a la Gaceta Oficial de la Alcaldía, no fue de conocimiento público, entonces ¿tiene un vicio?”, se pregunta Yepes.
El único que tiene facultades para modificar usos del suelo es el Concejo de Medellín. Además, yo advertí en ese debate que la resolución 304 no fue llevada a la Gaceta Oficial de la Alcaldía
Flor María Guzmán, líder del movimiento Defensores de Parques Urbanos, contó que ellos también denunciaron, un año antes que el exconcejal, todas estas presuntas  irregularidades mediante una Acción Popular, ante el juzgado 14 y “la juez en la audiencia lo único que nos dijo fue que muy loable nuestra actividad de defensa, pero que no había requisitos como para considerar la nulidad de la licencia. Le pareció muy normal la resolución 304 y las demás licencias que ellos obtuvieron”.
Para este movimiento también genera muchas dudas el fallo del caso justo ahora cuando ya está construido el centro comercial. Según relatan ellos, en reiteradas ocasiones asistieron al juzgado a hacerle seguimiento al caso y las investigaciones ya apuntaban a la nulidad de la resolución 304.
Según relatan ellos, en reiteradas ocasiones asistieron al juzgado a hacerle seguimiento al caso y las investigaciones ya apuntaban a la nulidad de la resolución 304
También les llama la atención, al igual que al exconcejal, es que la resolución no fuera de conocimiento público. “Eso es delicado ¿ellos entonces otorgaron licencias a ojo cerrado?”, declara Guzmán.
Otro de los aspectos que más polémica desató en la opinión pública fue que se talaron 239 árboles para dejar entrar el proyecto de la constructora Cimento. La comunidad supo que el AMVA pidió a la constructora reponer el impacto ambiental con la siembra de 982 árboles;  ellos esperan que sí lo hayan hecho y que esta autoridad ambiental esté vigilando.

¿Qué puede pasar en el futuro con el proceso?

Según una experta en derecho urbanístico, quien prefirió guardar su identidad, la ley 1437 de 2011, del Código de Procedimiento istrativo, establece que una licencia de construcción, al ser un acto istrativo, “se presume legal, mientras no haya sido anulado por la jurisdicción de lo contencioso istrativo”.
Por ahora, ya que el constructor apeló la decisión del juez Mejía y defiende la legalidad de la licencia otorgada, la decisión final de nulidad será del Tribunal istrativo de Antioquia. “Solamente generará efectos cuando decida la segunda instancia”, comenta la experta.
Por otro lado, las investigaciones avanzarán en la Procuraduría, para determinar si existió una actuación de incumplimiento a las obligaciones de los funcionarios públicos, y en la Fiscalía, para investigar si se cometieron delitos.
La decisión final de nulidad será del Tribunal istrativo de Antioquia. 'Solamente generará efectos cuando decida la segunda instancia', comenta la experta
Según se desarrolle el caso, si sigue fallando a favor de Yepes, el centro comercial Arkadia tendría dos salidas, pagar una multa por metro cuadrado para legalizar esta licencia o demoler la construcción.
Yepes explicó que, cuando puso la demanda, él pidió una medida cautelar -que le fue negada- que era la suspensión de la obra mientras la investigación se resolvía.
Sin embargo, con el panorama actual, ni él ni la comunidad esperan que sea demolida la edificación, sino que esta preste el servicio que está descrito en el  POT. Que cumpla con el uso del suelo: “es una buena concertación donde todos saldrían ganando, pero eso es una propuesta salomónica”, concluye el demandante Yepes.
Mariana Posada Moreno
Para EL TIEMPO @mariposada18
Medellín

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