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Noticia
Fiscalía apela la absolución de Dani Alves de su condena por abuso sexual a joven en España: piden nueva sentencia
El Ministerio Público reclama la nulidad de la sentencia que exoneró al futbolista. Esto argumentan.
La Fiscalía argumentó que se trata de una "valoración no racional" de la prueba.
Casi dos meses después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en España,revocara por unanimidad la sentencia del exfutbolista Dani Alves, quien fue condenado a 4 años y medio de cárcel por la agresión sexual a una joven en la ciudad de Barcelona, la Fiscalía del Tribunal recurrió dicha sentencia y se reclama declararla nula.
Así lo confirmaron medios de comunicación locales de España, quienes compartieron el contenido del recurso presentado por el ente investigador y acusador, el cual tiene más de 60 páginas.
El Diario.ES resaltó que, dentro del documento al que tuvo , se exige que la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sea anuladay se sostiene que la misma excluyó "el valor" del relato de la víctima. El fiscal encargado, Fidel Cadena, puntualizó en el texto que dicha sentencia, entonces, "fue extraordinariamente injusta" para ella.
Dani Alves y su abogada. Foto:EFE/ afp
Se debe recordar que el pasado 28 de marzo de 2025 la sección de apelaciones de la Sala Civil y Penal del Tribunal anunció un giro en el caso de Alves, quien había sido hallado culpable desde febrero de 2024 de cometer un crimen de abuso sexual en la discoteca Sutton de la ciudad de Barcelona, España.
En la condena de los hechos, ocurridos el 31 de diciembre de 2022, se le dictó más de cuatro años de prisión, cinco de libertad vigilada y nueve de alejamiento de la víctima. El famoso jugador internacional estuvo en cárcel preventiva durante 14 meses y salió tras pagar una fianza de un millón de euros en marzo del pasado año.
Sin embargo, la decisión de la absolución definitiva fue realizada el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesto por dos mujeres y un hombre, quienes argumentaron que existe una "falta de fiabilidad en el testimonio de la denunciante” e "insuficiencias probatorias".
Los magistrados presentes consideraron que el testimonio de la víctima no basta y que, además, no tendría coincidencias con pruebas de ADN y registros fotográficos reportados, por tanto, "no se puede concluir que se hayan superado los estándares que exige la presunción de inocencia".
Dani Alves Foto:Antonio Lacerda. Efe
En esta nueva actualización del caso, el ente judicial indicó que la primera sentencia cayó en "enredo expositivo" con "una serie de vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias".
Al respecto de la decisión, la sección señaló que el hecho de no dar por acreditada la hipótesis acusatoria no supone afirmar "que la hipótesis verdadera sea la que mantiene la defensa del acusado".
Apelan absolución de Dani Alves: ¿qué sigue?
Dani Alves sentado en el banquillo de los acusados. Foto:EFE/ Alberto Estévez
El País de España detalló que el recurso presentado por la Fiscalía se basa en un único motivo formal: la infracción de ley, sin embargo, en este también se despliegan múltiples argumentos que combaten la resolución del Tribunal.
De acuerdo con el medio citado, el ente considera que "se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva vinculado a la exigencia, prevista en la ley, de obtener una 'resolución judicial debidamente fundada'". Las razones presentadas en el documento afirman que la sentencia se basó en "una valoración no racional” de la prueba practicada durante el juicio oral.
La Fiscalía, por su parte, continúa defendiendo la primera condena de febrero de 2024, la que califica de "exhaustiva y absolutamente racional" al concluir que el testimonio de la víctima “poseía verosimilitud” y “persistencia en la incriminación”, los cuales son los dos requisitos que fija la ley para que un testimonio pueda servir como prueba de cargo en un proceso penal.
El País puntualizó que el ente acusador destacó que existen indicios que corroboraban la versión de la víctima, "como el reconocimiento por parte de Alves de que hubo penetración (según él, consentida) y el hallazgo de restos biológicos del futbolista en la boca de la joven".
Dani Alves Foto:Efe. Archivo EL TIEMPO
En el recuso, además, se habla de otros argumentos como las "lesiones médicamente acreditadas” en las rodillas de la mujer, las que obran en la causa “informes psicológicos de impacto postraumático”.
Con las acciones, la Fiscalía señaló que el TSJC tiene "imprecisiones" en relación al relato de la víctima y que son "fruto del bloqueo psicológico y el deseo de omitir actuaciones inocentes que pudieran interpretarse como un consentimiento inexistente".
“¿A qué se debe su angustia, su sufrimiento, su llanto, su estado alterado, su miedo a que no la crean, si no es porque ha sido víctima de una agresión sexual? Si la relación sexual fue consentida, ¿qué explicación razonable podemos dar para entender su estado inmediatamente después de ocurrir dicha relación?”, recoge el fiscal Fidel Cadena.
El Ministerio público concluyó que se vulneraron los derechos de la mujer, lo que se entiende al incurrir en una “arbitrariedad”, prohibida por la Constitución.