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Ojo motociclistas: estas son las cinco infracciones que ya no darán inmovilización
Aunque la nueva ley ya se encuentra en vigencia, estas infracciones seguirán siendo sancionadas según el Código Nacional de Tránsito.
Durante el desarrollo de los cierres se tendrá el acompañamiento por parte de Policía de Tránsito y Orientadores de Movilidad. Foto: Alcaldía de Barranquilla.

Actualizado:
Las motos son de los vehículos más hurtados en Colombia. Foto:iStock
La multa se mantiene
Las cinco infracciones que modifica
- Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
- No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de Pare.
- Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
- Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
- Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.
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