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Noticia

Estas son las multas e incentivos para el ahorro de energía en Colombia

La Creg definió cómo se harán los pagos diferenciados acordes al consumo de energía de los hogares.

A la rueda de prensa de ayer en la Casa de Nariño asistieron los ministros de Ambiente, Susana Muhamad, y Minas, Andrés Camacho, 
con el teniente coronel de la Fuerza Aérea Giovanni Jiménez, subdirector de meteorología del Ideam.

A la rueda de prensa de ayer en la Casa de Nariño asistieron los ministros de Ambiente, Susana Muhamad, y Minas, Andrés Camacho, con el teniente coronel de la Fuerza Aérea Giovanni Jiménez, subdirector de meteorología del Ideam. Foto: andrea puentes. presidencia

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El Gobierno Nacional publicó la resolución de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg que define los incentivos de ahorro de energía por parte de los s y también el incremento en las facturas por derroche eléctrico.

Con el programa de ahorro de energía se definieron los costos adicionales que se cobrarían a las personas por estratos en Colombia, durante la contingencia.
Según el texto, se fijará un consumo de referencia para cada teniendo en cuenta la lectura de su último consumo de energía con corte del ciclo de facturación del 15 de marzo y se dividirá entre el número de días correspondiente al ciclo de lectura. Este último consumo, en tanto se realizó en temporada seca y de calor, supone una referencia alta para cada consumidor.

Quienes tengan un consumo superior al de referencia, se les cobrará un porcentaje más cada Kvh superior al de su referencia.

​• Para estratos 1 a 3: cada Kvh adicional tendrá un costo 30 por ciento mayor.
• Para estratos 4 a 6: cada Kvh adicional tendrá un costo 50 por ciento mayor.
• Para comercio e industria: cada Kvh adicional tendrá un costo 100 por ciento mayor.

Además el recaudo adicional que haga cada comercializadora a los s que superaron el consumo de referencia, se abonará proporcionalmente como incentivo a quienes tuvieron un consumo inferior al de referencia.

Esto significa que si un consumidor tiene un consumo diario de 10 kilovatios hora, y consume 11 kilovatios hora, los primeros 10 kilovatios tendrán el mismo precio y solo un kilovatio tendrá un sobrecosto de 30 por ciento, mientras que para los estratos 4, 5 y 6 el kilovatio extra costará 50 por ciento más y para los comerciales o regulares cada unidad de energía adicional costará el doble.
Operadores de Air-e detectaron el fraude en el conjunto residencial.

Operadores de Air-e. Foto:Cortesía Air-e

Los ahorros

Hay que tener presente  que la resolución no aplica para cobros derivados del servicio de alumbrado público.

Los comercializadores deberán informar a los s regulados sobre el  programa de incentivos al uso eficiente de energía con la posibilidad de recibir un beneficio por reducción del consumo cuando finalice el programa transitorio de uso eficiente de energía, como saldos a favor sobre su factura.

Los ahorros tendrán un pago establecido con base en lo que se reúna en dinero por parte del consumo superior al promedio. Inicialmente, el proyecto de resolución había propuesto que sobre el ahorro y con base en el promedio que se redujera se les diera un pago a los ahorradores. No obstante, ahora quedó establecido que aquellos que hayan disminuido su consumo durante el tiempo de duración del programa tendrán un pago al finalizarlo.

La remuneración se hará con base en el monto total que se haya recaudado y por el número de kilovatios ahorrados durante el programa. Solo una vez se haya terminado los ahorradores verán un reflejo en su factura, pues solo en este momento se podrá estimar qué tanto se pagaría por unidad de energía.

Dentro de los cinco días siguientes a la entrada en vigencia de la resolución, los
comercializadores deberán reportar, por una sola vez, al del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) y SSPD, por los medios que el ASIC y la SSPD definan, una proyección de su meta agregada de consumo diaria para la demanda regulada, resultante de la agregación de las metas de consumo individuales de sus s regulados, llevadas a valores diarios.

Dentro de los diez primeros días del calendario de cada mes, los comercializadores deberán reportar la siguiente información a la SSPD para el mes inmediatamente anterior, por los medios que esa entidad determine​ para establecer los ahorros.

Vale destacar que este cálculo se hará por cada mercado atendido por los comercializadores de energía y no a nivel nacional, con lo que el resultado puede cambiar entre s de diferentes regiones.

La resolución también establece que en caso de robo de energía o alteración a los medidores que evidencie un comercializador, ese no será sujeto del programa.

 En el programa tampoco participarán s que tengan medición de energía que no sea por medio de medidor o que tengan programas de energía prepago.

En estos casos es importante aclarar que la decisión no sustituye las tarifas que son reguladas por la Comisión, dado que generan un programa transitorio para que los ahorros sean pagados, por lo que cada kilovatio consumido tendrá el mismo valor, con la diferencia de que las desviaciones sobre el consumo generarán cobros extra o pagos.

La resolución regirá por seis meses y serán prorrogables por seis meses más.

¿Qué pasará con el consumo?

Si bien el ministro de Minas y Energía, Andrés Camacho, había dicho que no sería necesario tomar estas medidas para responder a la contingencia que provocó el Fenómeno de El Niño, el incremento en el consumo de energía y el bajo nivel de los embalses llevó a que se tomará esta decisión junto con las determinaciones de los racionamientos, como sucede en el caso de Bogotá.

De acuerdo con el más reciente informe de demanda de XM, operador del mercado eléctrico, en marzo los hogares colombianos incrementaron en 12 por ciento su consumo frente al mismo mes del año pasado. Durante este periodo todas las regiones del país tuvieron alzas.

​En el nivel de los embalses tras cuatro días de aumentos sostenidos, rebasó la barrera del 30 por ciento que no se alcanzaba hace 10 días. Con datos de XM, operadora del mercado, para el 22 de abril el volumen de agua útil para la generación de energía se ubicó en 30,02 por ciento, 0,5 punto básicos más que el dato de 29,52 por ciento del 21 de abril.

Este crecimiento ha aumentado la distancia a la que se encuentran los embalses del nivel crítico, que, según XM, para el 22 de abril es de 27,71 por ciento; en otras palabras, el nivel de agua de los embalses se encuentra a 2,31 puntos porcentuales de entrar en una situación de urgencia que podría generar afectaciones en el servicio de energía nacional.

Las medidas actuales las pudo tomar la Creg pese a que no pudo actuar a tiempo porque duró dos meses sin comisionados, entre febrero y abril, y, por ende, no tenía quorum para aprobar medidas. 

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