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Corte absolvió a exgobernador de Chocó en caso por nombramiento de docentes

Julio Ibargüen Mosquera había sido acusado de peculado por apropiación en favor de terceros.

En una sola de las demandas, las supuestas víctimas son 350.000 personas.

En una sola de las demandas, las supuestas víctimas son 350.000 personas. Foto: Martín García

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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exgobernador de Chocó (2004-2007), Julio Ibargüen Mosquera, en un caso por supuestas irregularidades en el nombramiento de docentes en el departamento. 
Ibargüen había sido acusado por la Fiscalía por los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros, en relación con el presunto incremento de la planta de personal docente y istrativo del sector educación, excediendo la viabilizada por el Ministerio de Educación.
De acuerdo con la acusación, con esto el entonces gobernador habría incumplido los criterios legalmente establecidos para la istración de los recursos destinados para este sector, que fueron transferidos del Sistema General de Participaciones en los años 2004 y 2005.
No obstante, para la Corte, el ente acusador no logró demostrar la efectiva apropiación de los recursos oficiales por parte de los maestros y personal istrativo que habrían sido designados de más por el exgobernador.
De acuerdo con el fallo, las pruebas allegadas en el juicio dejan dudas sobre la responsabilidad penal de Ibargüen y, por ley, cuando hay dudas razonables sobre la culpabilidad de alguien, el caso debe resolverse a su favor.
Puntualmente, la Sala de Instrucción consideró que no se acreditó la apropiación de los recursos por parte de los docentes y trabajadores istrativos ya sea porque no prestaron el servicio, no cumplieron los cargos en los que fueron designados, o porque no se probó que quien los incorporó en la planta de personal lo hizo simplemente para favorecerlos.
“(…) La Fiscalía no logró desvirtuar la presunción de inocencia que ampara al gobernador del Chocó Julio Ibargüen, pues la misma no acredita la realización de la conducta de peculado por apropiación ni la responsabilidad del acusado, toda vez que de la evidencia no se extrae que los docentes incorporados en exceso a la planta de personal del departamento de Chocó se hubieran apropiado indebidamente de los sueldos devengados por no cumplir los requisitos para su designación, o no haber prestado el servicio para el que fueron nombrados”, concluye la sentencia
En Twitter: @JusticiaET

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