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Mientras se falla tutela, sigue contrarreloj de Fiscalía en caso Uribe

El 7 de marzo se acaba el plazo que tiene la Fiscalía para decidir. Tutela podría llegar a Cortes.

La tutela de Álvaro Uribe expone que la indagatoria que la Corte Suprema hizo en su contra no se puede equiparar a una imputación de cargos

La tutela de Álvaro Uribe expone que la indagatoria que la Corte Suprema hizo en su contra no se puede equiparar a una imputación de cargos Foto: César Melgarejo / EL TIEMPO

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El 7 de marzo se cumplirán 120 días desde que el juez cuarto penal del circuito de Bogotá decidió dejar en libertad al expresidente Álvaro Uribe. Ese día, el juez también estableció que el exmandatario ya fue imputado por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal.
Esto significa que dentro de 42 días se le acabará el plazo a la Fiscalía –específicamente al fiscal Gabriel Jaimes, que está a cargo del caso– para decidir si acusa al expresidente por esos hechos, si precluye la investigación o si llega a un principio de oportunidad con el exsenador.
Si se termina ese plazo y la Fiscalía no toma una decisión, según los penalistas consultados, el caso se le deberá quitar a Gabriel Jaimes, quien podría ser sancionado, y se le entregaría el caso a otro funcionario.
La razón de que continúe la contrarreloj para el ente acusador es que esos términos, según penalistas consultados por EL TIEMPO, no se ven alterados por la tutela que radicó la defensa de Uribe el pasado 18 de enero y con la que pidió tumbar la decisión del juzgado cuarto.
Para ese juez, la indagatoria de la Corte Suprema en contra de Uribe –antes de que él renunciara al Senado, el alto tribunal perdiera competencia para investigarlo y el caso pasara a la Fiscalía General– sí puede equipararse a una imputación de cargos.
En cambio, para Jaime Granados, abogado del expresidente, esa equiparación vulneró los derechos al debido proceso y a la defensa del exmandatario, pues, a su juicio, no es posible igualar una indagatoria del viejo sistema –por el que actuó la Corte Suprema– con una imputación del nuevo sistema –por el que lleva ahora el caso la Fiscalía General–.
La defensa de Uribe también sostiene que el juez desbordó sus competencias porque la única que podía definir en qué etapa procesal quedaba el caso de Uribe era la Fiscalía General. El exmandatario también ha insistido en su inocencia y ha denunciado que se le han vulnerado varios derechos, entre ellos el del debido proceso.
Mientras siguen corriendo los términos, de forma paralela la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá deberá resolver en los próximos días (tiene hasta el 29 de enero) la tutela de la defensa del expresidente.
EL TIEMPO conoció que el caso había sido asignado al magistrado Alberto Poveda Perdomo, pero se declaró impedido porque en un espacio académico había dado su opinión sobre este proceso y eso podía influir en su decisión.
El impedimento fue aceptado y el caso quedó en manos de Rafael Enrique López Geliz, quien deberá presentar una ponencia y entregarla –a menos que haya nuevos impedimentos– a sus compañeros de sala, que sería conformada con los magistrados Ramiro Riaño Riaño y Julián Hernando Rodríguez Pinzón.
Los abogados Jaime Granados y Víctor Mosquera (centro) asistieron ayer a la Corte para notificarse de la decisión.

Los abogados Jaime Granados y Víctor Mosquera (centro) asistieron ayer a la Corte para notificarse de la decisión. Foto:Foto: César Melgarejo. EL TIEMPO

En este caso ya han llegado varios conceptos, como el de la Fiscalía y el de quienes se han presentado como víctimas: el senador Iván Cepeda y el exfiscal general Eduardo Montealegre.
Por el lado del ente acusador, el fiscal Gabriel Jaimes apoyó la tutela de la defensa de Uribe y su petición de tumbar la decisión que determinó que el expresidente ya fue imputado.
Al igual que la defensa, Jaimes considera que una indagatoria no puede equipararse a una imputación, pues esta diligencia del Sistema Penal Acusatorio –dice el fiscal– debe cumplir unos estándares superiores, como señalar cuál es el hecho jurídicamente relevante por el que responde un investigado y definir las circunstancia de tiempo, modo y lugar, lo cual no ocurrió en la indagatoria.
Además, dice que la Fiscalía es la directora del proceso y la única que puede decidir imputar cargos o no, por lo cual cuando el juzgado determinó que Uribe ya quedó imputado terminó forzando al ente acusador a seguir en una etapa procesal que nunca buscó, porque no fue quien inició esta investigación.
En cambio, según Iván Cepeda la tutela de Uribe es improcedente y extemporánea, pues no se presentó de forma inmediata. Además, afirma que este asunto no debe ventilarse en una tutela, sino que a la defensa le quedaban otros recursos jurídicos ordinarios para hacer sus alegaciones, sin tener que acudir a ese recurso excepcional.
Lo mismo piensa el exfiscal Montealgre, para quien las inconformidades de Uribe deberían ser expuestas en la acusación, donde podría alegar la nulidad del proceso, no en una tutela. Sostiene, además, que el juez sí podía establecer en qué etapa quedaba el caso, y también podía adecuar lo actuado por el viejo sistema al nuevo sistema y equiparar la indagatoria con una imputación.
Incluso, Montealegre dice que Uribe supuestamente renunció al Congreso como una estrategia “para realizar un fraude a la Constitución Política” y dejar de ser investigado por la Corte Suprema, creando él mismo “el caos legal” del que, según Montealegre, ahora pretende beneficiarse.
Es una estrategia diseñada para hacerle fraude a la Constitución, ocasionando 'irregularidades' donde no las hay, para ser invocadas en su favor. Nadie se puede beneficiar de su propia culpa
Lo cierto es que seguramente la decisión que tome el Tribunal Superior de Bogotá no le ponga punto final a este asunto, pues, ya sea que se determine que Uribe fue imputado o no, está claro que alguna de las partes no quedará conforme y probablemente impugnará el fallo.
Esa impugnación llegaría a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que resuelva la segunda instancia, pero su pronunciamiento tampoco podría ser el definitivo, pues la tutela sería enviada a la Corte Constitucional, que, si así lo considera, podría seleccionarla para revisarla.
REDACCIÓN JUSTICIA
Twitter: @JusticiaET

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