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Corte resuelve pelea que tenía enfrentados a congresista y exdiplomático: ¿qué pasó?

El caso llegó al alto tribunal por señalamientos relacionados con supuesto acoso sexual y laboral. 

Carmen Felisa Ramírez Boscán, representante en el exterior.

Carmen Felisa Ramírez Boscán, representante en el exterior. Foto: Cortesía X

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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La Corte Suprema de Justicia se inhibió, este miércoles 6 de diciembre, de adelantar una investigación en contra de una representante a la Cámara en el exterior, del Pacto Histórico, que había sido demandada por el delito de calumnia.
La decisión fue proferida por la Sala Especial de Instrucción quien alegó que, para que se configura el delito de calumnia, “se requiere que quien hace las afirmaciones lo haga con la certeza de que su imputación de un delito es falsa, y lo haga con la intención de agraviar a la otra persona”.
Dicha denuncia había sido interpuesta en contra de Carmen Felisa Ramírez Boscán, en octubre del 2022, y su accionate, Hatem Eduardo Dasuky Quiceno, quien fue ministro consejero de Colombia en Chile, alegaba que la congresista había hecho en la red social X “manifestaciones en su contra que él estima calumniosas”.
“En la publicación la representante lo señaló por un presunto acoso sexual y laboral a una de sus trabajadoras en el consulado”, señaló la Corte en un comunicado.
Por las razones expuestas por el alto tribunal, la Sala “no encontró configurado el delito”, pues no hay pruebas de que el interés de la congresista “fuera perjudicar la honra y el buen nombre del entonces diplomático, ya que sus afirmaciones correspondieron a la firme convicción que tenía de que se trataba de información cierta y confirmada, y que estaba ante una víctima de acoso sexual y laboral, lo que la llevó a visibilizar el caso”.
Al inhibirse, la Sala concluyó que la congresista “escribió su publicación basada en la información que le dio la presunta víctima, quien buscó a la representante para contarle los hechos”.
Además, la Corte también señaló que "se comprobó que el actuar de Ramírez Boscán  no provino del dolo de afectar la honra y buen nombre de Hatem Eduardo Dasuky Quiceno, sino que fue producto de un convencimiento derivado del cúmulo de información que poseía y catalogó como válida". 
En X: @JusticiaET
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