La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió una investigación formal y llamó indagatoria al congresista de Cambio Radical Erwin Arias por presuntas irregularidades en un convenio firmado con una fundación, cuando era alcalde de La Dorada (Caldas), para el Programa de Alimentación Escolar (PAE).
El caso está en manos del despacho del magistrado César Augusto Reyes Medina.
La decisión de abrir investigación formal está relacionada con presuntos vicios en la aprobación, celebración y liquidación del convenio para la implementación del PAE.
Según el expediente, este convenio habría sido suscrito por una delegada de Arias Betancur con una fundación de Sincelejo, Sucre, sin que se cumplieran los requisitos legales para ello.
La Sala de Instrucción investiga si en este caso se vulneraron los principios de la contratación pública, especialmente el de selección objetiva, ya que no se habrían presentado estudios previos que determinaran la necesidad real de los servicios contratados con la fundación.
Tampoco, estudios sobre la viabilidad presupuestal, la idoneidad del contratista, entre otros.
En octubre de 2021, la Corte Suprema absolvió a Arias Betancur de los cargos que la Fiscalía le había formulado por el delito de violación al régimen legal de inhabilidades e incompatibilidades también en hechos relacionados con su labor en la alcaldía.
Arias fue a juicio porque el 3 de abril de 2012 suscribió un contrato de suministro de insumos de cafetería con un ciudadano del que luego se supo que era profesor de una escuela pública en Puerto Salgar (Cundinamarca), lo que lo inhabilitaba para contratar con el municipio.
No obstante, la Corte concluyó en primera instancia que, aunque pudo existir negligencia al momento de revisar la documentación que entregó el contratista, Arias no cometió delito.
“Lo que surge de las pruebas valoradas de manera integral es que, al parecer, el área encargada del municipio, en general, y/o el acusado, en particular, no tenían conocimiento claro y preciso de que el contratista, por detentar en ese entonces la condición de servidor público activo (docente), estaba inhabilitado para contratar con el ente territorial”, dijo en ese momento la Corte.
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