La Corte Constitucional le solicitó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) que le remita información actualizada sobre el número de contagios de covid-19 que se han dado al interior de las cárceles del país, así como fallecimientos, personas recuperadas, consolidado de pruebas de detección realizadas (con su resultado) y el avance de la vacunación de los presos y personal de la guardia, entre otros.
La Corte le dio ocho días al Inpec y al Minsalud para responder sobre cuántas personas han sido vacunadas, cuántas tienen el esquema completo, cuántas faltan por hacerlo y si existe un mecanismo de monitoreo de vacunación para las personas privadas de la libertad y quienes laboran en las cárceles.
“¿El Ministerio de Salud o la secretaría de salud respectiva cuenta con un mecanismo de monitoreo de la vacunación de la población privada de la libertad? ¿Cómo funciona el mecanismo de monitoreo de la vacunación? ¿Cómo se suministra la información de avance de dicho proceso?”, preguntó la Corte.
“¿Existe algún reporte oficial sobre el avance del proceso de vacunación? ¿Esta información es de carácter público? ¿Esta información se mantiene actualizada? ¿Qué se requiere para lograrlo?”, añadió el alto tribunal.
La Corte además pidió un informe sobre el cumplimiento del Auto 486 de 2020 en el que se había ordenado al Inpec categorizar las cárceles que se encuentran en riesgo de contagio o con casos activos de covid-19, así como hacer un actualización permanente de la situación en cada prisión, entre otros.
También solicitó al Inpec, a la Uspec y al Minsalud que informen a la Corte sobre pruebas de laboratorio tomadas, la desinfección en las prisiones, el incremento de personal médico y la entrega de elementos de protección en los diferentes establecimientos de reclusión del orden nacional y sobre las zonas de aislamiento dispuestas en las cárceles para atender la emergencia.
“¿Cuáles son las alternativas utilizadas en los casos en que un establecimiento de reclusión no pueda garantizar las condiciones de aislamiento en cinco zonas diferenciadas? ¿Se permite a los establecimientos de reclusión utilizar para el aislamiento áreas que tienen otra destinación (como espacios de preparación o consumo de alimentos, o aquellos en los que se realizan de actividades de resocialización)? y en caso afirmativo, ¿qué soluciones se plantean para evitar la afectación a otros servicios penitenciarios?”, preguntó la Corte.
El alto tribunal solicitó además cómo ha sido el al agua potable por parte de la población carcelaria para garantizar un lavado frecuente de manos en los establecimientos de reclusión, entre otros.
El informe deberá detallar “cuántos recipientes fueron adquiridos por regional y si están en uso, cuántos internos se benefician de ellos, un estimado del volumen de agua cuyo se permite por medio de estos instrumentos, su periodicidad, y si se garantiza el a jabón para el lavado continuo de manos”.
Además, el Inpec deberá informar cuántos establecimientos penitenciarios y carcelarios cumplen con las condiciones establecidas para la reactivación de visitas, en cuántos se han reactivado efectivamente y en donde se siguen haciendo de manera virtual.
“¿Cuántos computadores tienen destinados para tal fin? ¿Cuál es el número de visitas mensuales realizadas en los establecimientos penitenciarios y carcelarios tras su reactivación? ¿Cuáles han sido las dificultades para asegurar las visitas presenciales en los establecimientos? ¿Cuáles han sido las dificultades para asegurar las visitas virtuales, en los establecimientos en los cuales no se han reactivado las visitas presenciales?”, preguntó la Corte.
@JusticiaET
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