En segunda instancia, el Consejo de Estado revocó el fallo de tutela que el pasado 29 de julio de 2021 había ordenado a la Policía, la Presidencia y la Alcaldía de Bogotá tomar acciones para garantizar los derechos de las personas que no participan en las manifestaciones públicas y protegerlas por cuenta de una acción judicial interpuesta por varios comerciales del sector de los Héroes en Bogotá, afectados por el paro nacional.
Al estudiar una impugnación de ese fallo presentada por la Alcaldía de Bogotá, el alto tribunal decidió “declarar improcedente la acción de tutela por la ausencia del presupuesto de subsidiariedad”.
De esta forma, quedó sin piso la decisión judicial de primera instancia que había acreditado que el Centro Comercial Los Héroes se vio afectado durante el paro nacional “no sólo con los daños en sus instalaciones, sino por la imposibilidad de operar y funcionar normalmente como lo señalan los accionantes, por estar ubicado en uno de los puntos de concentración de las manifestaciones que se han presentado desde el 28 de abril de 2021 en la ciudad de Bogotá”.
Dicho fallo decía que esa afectación no fue producto de la protesta legítima “sino por los hechos violentos que infortunadamente se presentan durante estas jornadas que llevan a que se deban cerrar los locales comerciales e incluso el centro comercial para impedir que los daños sean mayores”.
La decisión judicial ahora revocada había amparado a representantes legales del centro comercial, así como de varios restaurantes de la zona, y había ordenado a las autoridades, además, incluir en los protocolos “las medidas necesarias que se deban adoptar de manera previa, concomitante y posterior, una vez tengan conocimiento de las jornadas de protesta, que permitan evitar o minimizar las alteraciones de orden público que puedan derivar en vulneración de los derechos fundamentales aquí protegidos”.
En la tutela los comerciantes pedían la protección del centro comercial durante las protestas al estimar que existía un perjuicio irremediable desde el inicio de las mismas, no solo por daños sino por la imposibilidad de atención al público aproximadamente en un 90 por ciento respecto de las jornadas laborales normales.
También decían que la afectación y destrucción de bienes de los empresarios y comerciantes iba más allá de una "simple vulneración al derecho a la propiedad y trasciende a otros derechos fundamentales".
Y aseguraban que en el centro comercial existen 87 locales comerciales que generan aproximadamente 348 empleos y que cuenta con 35 personas que trabajan en tareas de apoyo, vigilancia, aseo y personal istrativo, "por lo que los cierres constantes afectan no solo a la persona jurídica sino a todas las personas naturales que derivan su sustento de la operación del centro comercial y, por tanto, se les afecta su mínimo vital".
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