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Cura Bernardo Hoyos: niegan tutela con la que pedía revisar una de sus condenas

La decisión la tomó la Corte Constitucional. ¿De qué se trata el caso?

Bernardo Hoyos, exalcalde de Barranquilla.

Bernardo Hoyos, exalcalde de Barranquilla. Foto: Archivo/EL TIEMPO

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La Sala Plena de la Corte Constitucional negó las pretensiones de una tutela con la cual el cura Bernando Hoyos, exalcalde de Barranquilla, buscaba que una condena de 10 años de prisión que fue dictada en su contra en 2013 fuera revisada.
La decisión se tomó con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo por mayoría, mientras que los magistrados Alejandro Linares y José Fernando Reyes salvaron su voto, así como la magistrada Natalia Ángel. ¿En qué consiste el caso?
La decisión se tomó con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo por mayoría, mientras que los magistrados Alejandro Linares y José Fernando Reyes salvaron su voto, así como la magistrada Natalia Ángel. ¿En qué consiste el caso?
Hoyos fue condenado a 10 años de prisión por irregularidades en la compra de un lote para construir viviendas de interés social, en primera instancia, en 2011. Específicamente por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y absuelto por el delito de peculado por apropiación.
En segunda instancia, el Tribunal Superior de Barranquilla lo condenó por los dos delitos. La defensa de Hoyos entonces estaba pidiendo que se pudiera revisar la  condena por peculado por apropiación ya que, al haber sido emitida por primera vez en segunda instancia, la misma no tiene revisión por un organismo superior.
Ese derecho, que se llama doble conformidad, solo cobija según precedente de la Corte Constitucional a sentencias dictadas desde enero de 2014. Ahora, con la decisión que tomó la Sala Plena, esa sentencia no podrá ser revisada y, por tanto, quedó en firme.

Lo que dijo la Corte

EL TIEMPO estableció que en esta decisión, la Sala acogió la postura de la Corte Suprema de Justicia sobre cuándo procede el llamado derecho a la doble conformidad (que una condena dictada por primera vez tiene derecho a ser revisada por un superior).
Y reiteró que sólo el Congreso puede regular y garantizar el derecho a la doble conformidad en materia penal para casos anteriores desde la Constitución de 1991, en la cual se consagró en el ordenamiento jurídico interno ese derecho.
Cabe recordar que Bernardo Hoyos tiene otra condena dictada, y una orden de captura, a siete años de prisión, por irregularidades en la contratación de una obra pública de remodelación del antiguo edificio del Banco de la República de la capital de Atlántico, que se suscribió el 27 de diciembre de 1993 con el particular Fernando Jorge Thorne, también condenado, por 1.490 millones de pesos.
Esa sentencia fue dictada en 2020 por un juzgado y ratificada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bucaramanga el 30 de julio de 2021. Y en septiembre de 2022, la Corte Suprema, en fallo revelado por EL TIEMPO, la confirmó.

También le negaron tutela a exalcalde de Villavicencio

Igualmente, la Corte Constitucional negó una tutela que, con las mismas intenciones, presentó el exalcalde de Villavicencio Franklin Germán Chaparro Carrillo, quien fue condenado a 39 años de prisión por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir.
Según la Corte, no se cumplieron "los presupuestos que ha establecido la jurisprudencia para que proceda el recurso de impugnación contra la sentencia condenatoria".
Esa decisión se tomó con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés y con el salvamento de voto del magistrado Alejandro Linares Cantillo.
@JusticiaET

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