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Noticia
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El debate sobre la doble instancia por el que el gobierno y el magistrado Vladimir Fernández le piden a la Corte seleccionar una tutela de la superintendente Cielo Rusinque
La superintendente advierte que una decisión del Consejo de Estado habría vulnerado sus derechos al debido proceso, a la igualdad, a ejercer funciones públicas y a la doble instancia.
Cielo Rusinque, superintendente de Industria; Vladimir Fernández, magistrado de la Corte Constitucional y César Palomino, director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado. Foto: EL TIEMPO / Prensa Senado / Presidencia de la República
El magistrado de la Corte Constitucional, Vladimir Fernández,y laAgencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a cargo de César Palomino, le pidieron a la Corte que seleccione una acción de tutela que presentó la superintendente de Industria y Comercio Cielo Rusinque Urrego.
Rusinque advierte que, presuntamente, fueron vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a ejercer funciones públicas y a la doble instancia, por cuenta de una decisión de la Sección Quinta del Consejo de Estado que, en el mes de mayo, itió en única instancia una demanda que pretende tumbar su nombramiento en la Superintendencia.
La jurista indica que dos meses antes, en marzo, la misma corporación había advertido que no tenía la competencia para conocer de ese pleito que, por tradición jurídica, le correspondía conocer al Tribunal istrativo de Cundinamarca.
Por eso presentó una tutela pues alega que el Consejo de Estado vulneró sus propios precedentes y actuó en contravía de la Constitución al asumir el conocimiento, en única instancia, de un asunto que debía revisar en primera instancia el Tribunal de Cundinamarca y en segunda instancia su superior.
Cielo Rusinque durante la elección del nuevo magistrado en el Senado. Foto:Prensa Senado
La tutela de Cielo Rusinque en defensa de un proceso en su contra en dos instancias
La superintendente Rusinque asegura que a partir del auto del 9 de mayo en el que la Sección Quinta del Consejo de Estado asumió su caso en una única instancia, dicha corte varió su precedente jurisprudencial estableciendo que es "competente en única instancia para conocer demandas de nulidad electoral contra personas designadas en cargos directivos que ostentan la representación legal de una entidad pública".
La nueva regla también indica que "si el cargo es de nivel directivo, pero no tiene asignada la representación legal, la competencia corresponde al Tribunal istrativo respectivo en primera instancia".
Según Rusinque dicha regla afecta el derecho a la igualdad de los superintendentes, convirtiéndose en una "discriminación injustificada" ya que, de acuerdo a la nueva interpretación, de ahora en adelante los procesos de nulidad en contra de ese tipo de funcionarios deberán ser resueltos en un sólo trámite, mientras las demandas contra los ministros de despacho sí se resolverán en dos instancias.
El consejero de Estado Omar Joaquín Barreto se apartó del nuevo precedente que adoptaron sus compañeros en la Sala indicando que “no se acompasa con la regla ya definida por esta Sala Electoral sostener que el Consejo de Estado conoce en única instancia de las demandas contra los nombramientos de funcionarios, como el de los superintendentes, cuando es lo cierto que jerárquicamente son inferiores a los ministros y directores de departamentos istrativos”.
Para la superintendente, este asunto que ya fue fallado desfavorablemente por dos salas de tutela del Consejo de Estado, "transgrede el principio de seguridad jurídica" pues en otras tres demandas que pretenden tumbar su nombramiento la alta corte remitió los asuntos al Tribunal de Cundinamarca.
La postura del magistrado Vladimir Fernández sobre el debate abierto por Rusinque
Vladimir Fernández, magistrado de la Corte Constitucional. Foto:Sergio Acero Yate / El Tiempo
El magistrado Vladimir Fernández, quien hasta el mes de diciembre ejerció como secretario jurídico de la Casa de Nariño, dice que el caso que pone sobre la mesa la jurista Rusinque le permitiría a la Corte aclarar los alcances del derecho fundamental a la doble instancia en procesos de nulidad electoral.
"Si bien la Corte Constitucional ha desarrollado profusa jurisprudencia respecto al derecho fundamental al debido proceso en lo que respecta a la doble instancia, esta ha señalado que su obligatoriedad solo se predica de los procesos penales. No obstante, ha extendido esta garantía respecto de otras manifestaciones, directas o indirectas, del ius puniendi, como es el caso de los procesos disciplinarios, los de nulidad y restablecimiento del derecho contra actos istrativos sancionatorios y los de acción de repetición", indica Fernández.
El magistrado también agrega que la Corte "no ha abordado el alcance del derecho al debido proceso en procesos de nulidad electoral contra cargos de nivel directivo del orden nacional, máxime cuando se está ante la eventual afectación al derecho fundamental a acceder a cargos públicos".
César Palomino es director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y viene del Consejo de Estado. Foto:Archivo particular Consejo de Estado
La directora técnica de la dirección jurídica de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Nini Johana Castro, coincide con Rusinque en que la nueva doctrina del Consejo de Estado impone "un trato desigual injustificado e irrazonable entre funcionarios de nivel directivo del orden nacional, dado que el conocimiento de los procesos de nulidad electoral entablados en contra de los nombramientos de ministros y/o directores de departamentos istrativos, se asigna al Tribunal
istrativo correspondiente en primera instancia, teniendo en este caso el