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El nuevo 'round' por los pilotos de 'fracking' en el Consejo de Estado

Procuraduría dice que decreto que los regula no vulnera el principio de precaución. Debate.

Manifestantes protestaron ayer, mientras se realizaba la audiencia del Consejo de Estado, contra la autorización del ‘fracking’ en Colombia.

Manifestantes protestaron ayer, mientras se realizaba la audiencia del Consejo de Estado, contra la autorización del ‘fracking’ en Colombia. Foto: Abel Cárdenas. EL TIEMPO

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La adjudicación que hizo a finales de 2020 la Agencia Nacional de Hidrocarburos a Ecopetrol para adelantar el primer piloto de investigación en ‘fracking’ en Puerto Wilches (Santander), en medio de críticas de organizaciones sociales y habitantes de la zona, es el argumento principal de nuevas peticiones que llegaron al Consejo de Estado para que suspenda el decreto 328 de 2020 que fijó las reglas de juego para poner hacer tales pilotos en el país.
Universidades aseguran que la adjudicación del primer piloto de 'fracking' ha "desconocido la división de poderes, la autonomía de las comunidades indígenas y la arquitectura del Estado colombiano" 
La Clínica de Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes, la Corporación Defensora del Agua, Territorio y Ecosistemas; y Juan Pablo Sarmiento Erazo, director del Grupo de Litigio de Interés Público de la Universidad del Norte, entre otros, aseguraron al alto tribunal que el contrato para el “proyecto de investigación (Cepi) No.1 Kalé” implicar un “peligro inminente”.
La razón de ello es que desde el año pasado el Consejo de Estado estudia una demanda que interpusieron tres congresistas contra este decreto que dice que el mismo viola el principio de precaución pues, sin tener certeza de los daños a la salud y al medio ambiente que genera la técnica, se está habilitando su uso.
El Consejo de Estado negó en septiembre de 2020 una petición de suspender el decreto señalando que, en la etapa en la que iba el caso, no era posible evidenciar que este fuera contrario a la Constitución.
Los demandantes y las universidades hoy alegan que su puesta en marcha y la adjudicación del proyecto Kalé “han materializado el exceso en la potestad reglamentaria y desconocido la división de poderes, la autonomía de las comunidades indígenas y la arquitectura del Estado colombiano”.
El Gobierno señaló que el decreto 328 de 2020 no ha sido declarado nulo y no ha sido suspendido y que, al contrario, cuenta con una providencia que negó una solicitud de suspensión provisional.
Entre otros, las universidades citadas alegan que el decreto no cumpliría los requisitos que sobre los pilotos dio la Comisión de Expertos sobre identificación de riesgos socio-ambientales o la participación efectiva de la sociedad civil y, por tanto, poner en marcha uno, en este momento, sin decisión de fondo sobre el decreto demandado, provocaría un “perjuicio irremediable” en el Magdalena Medio.
"La adjudicación de los Cepi, tal como se manifestó en el punto anterior, ha debido realizarse una consulta previa a nivel regional teniendo en cuenta los posibles riesgos de los PPII en toda la región de la zona Valle Medio del Magdalena, afectarían no solo la zona de exploración, sino todo su entorno. De hecho, en el Mapa de Tierras de la ANH se muestra la ubicación del proyecto Kalé en la zona Valle Medio del Magdalena", indicaron.
El magistrado Nicolás Yepes, a cargo del caso, acumuló a este el pasado 18 de mayo una nueva demanda presentada contra el citado decreto del Ministerio de Minas por Carlos Echeverry Restrepo, quien también pidió su suspensión asegurando que este asunto debía ser materia del Ministerio de Ambiente.
La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, el Ministerio de Minas y la ANH, en escrito apoyado por la Presidencia, el Ministerio de Salud y Hacienda y Ecopetrol señalaron que la posibilidad de suspender el decreto es un debate zanjado.
“El decreto 328 no ha sido declarado nulo y no ha sido suspendido, al contrario, cuenta con una providencia en firme que negó una solicitud de suspensión provisional. No puede aducirse como sobreviniente, es decir como imprevista y repentina la adjudicación del CEPI en la medida que el mismo es una consecuencia necesaria y natural de la ejecutividad del Decreto 328 y demás normas que reglamentan la Ley 1955 de 2019”, dice la postura del gobierno.
Para la Procuraduría, "de no realizarse los PPII la incertidumbre sobre los eventuales efectos de la técnica no puede establecerse".
La Procuraduría apoyó la postura del Gobierno asegurando que el decreto en debate “no vulnera el principio de precaución” porque la idea de los pilotos es determinar si son reversibles o no los impactos ambientales que genera la actividad de extracción de hidrocarburos mediante fracturamiento hidráulico horizontal en yacimientos no convencionales.
“Los PPII contribuyen a la generación de certeza científica sobre los riesgos potenciales que puede generar la práctica. Es precisamente, producto de la evaluación de dichos riesgos, que se podrán establecer los verdaderos impactos sobre los ecosistemas y los recursos naturales renovables, y si los mismos son mitigables o no. De no realizarse los PPII la incertidumbre sobre los eventuales efectos de la técnica no puede establecerse”, dijo la Procuraduría.
Según el Ministerio Público, "el Decreto 328 de 2020 es un acto excepcional que se expide de forma motivada, que tiene su génesis en la falta de certeza científica sobre los impactos ambientales que puede conllevar el uso de la técnica de fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal, razón por la cual se permite la realización de PPII".
Sobre la petición concreta de Camilo Echeverry, Ecopetrol dijo que no hay vicio alguno en el decreto pues el mismo contempla múltiples disposiciones en cabeza del Ministerio de Ambiente como la expedición de los términos de referencia la licencia ambiental de los pilotos.
“No contiene el decreto 328 de 2020 una derogación expresa de las normas antes señaladas, ni mucho menos una modificación de las mismas, por el contrario, ratificó la competencia del proceso de Licenciamiento de los PPII en la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales”, dijo.

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En Twitter: AlejaBonilla

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