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Abecé del fallo que tumbó el requisito de 1.300 semanas para que mujeres se pensionen
El alto tribunal señaló que desde 2026, las semanas se reducirán gradualmente hasta llegar a 1.000.
Este martes se conoció una decisión de la Corte Constitucional que marca un hito en el tema pensional del país, pues tumbó la norma que exigía a las mujeres 1.300 semanas de cotización para la pensión de vejez.
Entre otras razones, el alto tribunal determinó que era discriminatorio exigir a las mujeres las mismas semanas que a los hombres cuando ellas tienen menos años para lograrlo, pues su edad de pensión es a los 57 años y la de los hombres es a los 62 años.
Así, la Corte exhortó al Congreso de la República y al Gobierno Nacional a que regulen la materia con un enfoque de género y estableció que a partir de 2026, las semanas que deben cotizar las mujeres se reducirán gradualmente.
Ese año se disminuirán 50 semanas, y a partir de 2027 se reducirán 25 semanas por año hasta llegar a 1.000 semanas de cotización de las mujeres. Estas son las claves del fallo.
La Corte Constitucional estudió una demanda en contra de un apartado del artículo 9.° de la Ley 797 de 2003, que modificó un artículo de la Ley 100 de 1993.
Esa norma establecía que tanto hombres como mujeres debían cotizar 1.300 semanas para la pensión, pero establecía la edad de jubilación de los hombres en 62 años y la de las mujeres en 57.
Según la demanda, presentada por Diego López, esa ley significaba una carga desproporcionada e injusta para las mujeres porque debían lograr las mismas semanas que los hombres pero en cinco años menos.
¿Qué dijo la Corte?
Tras estudiar la demanda, la Sala Plena de la Corte, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés, dijo que la diferencia en la edad pensional hoy en día resulta insuficiente para superar la discriminación por razones del género.
Juan Carlos Cortés González, exviceprocurador ternado para la Corte Constitucional. Foto:Archivo particular
Incluso dijo que este mandato por superar la discriminación se desactiva al exigírseles a las mujeres la misma densidad cotizacional que a los hombres, en menos tiempo.
En este sentido, el alto tribunal explicó que la ley que establece menor edad pensional para las mujeres está generando "una situación jurídica de discriminación indirecta para las mujeres que debe superarse".
"Para que las mujeres puedan acceder a la pensión de vejez deben acreditar las mismas 1.300 semanas de cotización que los hombres, sin considerar las barreras y dificultades que enfrentan para acceder y mantenerse en el mercado laboral y asumir las obligaciones del cuidado del hogar, tanto como las que se intensifican cuando llegan a la adultez mayor", se lee en el comunicado oficial con el cual la Corte dio a conocer su fallo.
¿Qué cambia con la decisión del alto tribunal?
Al determinar que la norma actual era inconstitucional, la Corte exhortó al Congreso y al Gobierno para que definan un régimen que garantice condiciones de equidad para el efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres.
Para ello le dio un plazo, pues difirió los efectos de su fallo en atención a la necesidad de atender el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional, y dijo que esta decisión se aplica a partir del 1.° de enero de 2026.
Así, la Corte dijo que si para esa fecha el Gobierno y el Congreso no han actuado, el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres disminuirá en 50 semanas para el año 2026 y, a partir del 1.° de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1.000 semanas.