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Este es el premiado fallo de la Corte que dio un 'jalón de orejas' a la Registraduría
El alto tribunal resolvió tutela en favor de una colombovenezolana a la que se le anuló su cédula.
Sede principal de la Registraduría en Bogotá. Foto: Jesús Blanquicet/El Tiempo
"Yo estoy claro que no hice nada ilegal, pero me esposaron, y me aventaron a un cuartico como con 15 delincuentes”. Con esas palabras, un ciudadano colombo-venezolano describe el episodio que le tocó vivir una mañana de enero de 2022, en el sur de Bogotá, después de que un policía lo abordó y le pidió su documento de identidad.
El hombre pasó 36 horas detenido acusado por falsificación de identidad y su cédula ya había sido cancelada con anterioridad por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Esta historia se suma a la de una mujer colombo-venezolana radicada en Bucaramanga y que, en el año 2016, inició los trámites de inscripción extemporánea del registro civil de nacimiento. No obstante, en enero de 2022, se percató de que la Registraduría le había anulado su registro civil y canceló su cédula de ciudadanía, actuación de la que nunca le fue notificada.
Las dos historias hacen parte de los más de 43.000 ciudadanos binacionales a los que se les anuló los registros civiles y cancelación de cédulas de ciudadanía de ciudadanos binacionales. Este proceso se dio el 30 de julio de 2021 con la entrada en vigencia la Resolución 7300 de 2021 de la Registraduría, que inició el proceso de anulación de registros civiles de nacimiento y la consecuente cancelación de cédulas de ciudadanía por falsa identidad.
Sin embargo, la Corte Constitucional en mayo pasado, tras estudiar la tutela de la mujer encontró que la Registraduría “no respetó” las garantías del debido proceso, pues debió notificar a la accionante del procedimiento istrativo adelantado en su contra.
La salida del país de los extranjeros se cumplió en el Aeropuerto El Dorado, de Bogotá. Foto:Migración Colombia
“Esta situación también desconoció su derecho a la personalidad jurídica, pues la actora fue excluida del Programa Ingreso Solidario, tuvo problemas para registrar a su hijo en instituciones educativas, no podía trabajar en una actividad económicamente estable y presentó inconvenientes con la policía”, señaló la Corte en su decisión.
En la sentencia, la Corte reconoció que la accionante no era la única afectada, sino que “las implicaciones asociadas” a la cancelación de cédulas “perduran al día de hoy y ubican a miles de personas en un escenario de desprotección” y, asimismo, que los afectados deben “soportar consecuencias gravísimas en su vida cotidiana”.
Además, le ordenó a la Registraduría “diseñar un plan de contingencia que permita identificar las razones que ocasionaron los vicios identificados al interior del procedimiento de anulación de cédulas de ciudadanía”. En su decisión, la Corte también llamó la atención sobre la “problemática generalizada” y también destacó que se le impidió a los afectados “ejercer la defensa”.
José Fernando Reyes, magistrado Corte Constitucional. Foto:Corte Constitucional
Las disposiciones de la Sentencia T-183 de 2023 la llevaron a obtener el 3° puesto en el Premio sentencias 2023: a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional, galardón que fue entregado el pasado 20 de octubre en México.
El premió fue concedido en el marco del Noveno Foro Regional: La detención de personas en movilidad adelantado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México, la Agencia de la ONU para los refugiados -Acnur-, el Comité Internacional de la Cruz Roja (Cicr) y la organización Sin Fronteras que “reconoció a aquellas sentencias emitidas en el Continente Americano bajo las más altas normas y estándares de los derechos humanos y las buenas prácticas, para garantizar el a la justicia y el goce efectivo de los derechos humanos de las personas migrantes o sujetas de protección internacional”.
Para el magistrado ponente, José Fernando Reyes Cuartas, la sentencia se profirió con un enfoque de derechos humanos porque consideró la situación de vulnerabilidad en la que se pueden encontrar miles de personas colombo-venezolanas, quienes tras haber sido reconocidas por la Registraduría como nacionales del Estado colombiano, fueron privadas arbitrariamente de su personalidad jurídica.
Este reconocimiento es muy importante porque se visibiliza su trabajo y se pone en evidencia de que es una Corte comprometida.
“Este supone un premio a la Corte Constitucional que, desde la existencia de la jurisprudencia, ha sido entusiasta en la protección de las personas en situación de movilidad. Este reconocimiento es muy importante porque se visibiliza su trabajo y se pone en evidencia de que es una Corte comprometida con los derechos de los migrantes”, dijo Reyes Cuartas en diálogo con EL TIEMPO.
Para el magistrado, el premio muestra la sintonía que tiene la Corte con los lazos de solidaridad y protección de personas que están en un “drama humanitario”.
Con respecto al trámite que tuvo con la Registraduría, el togado indicó que, aunque la norma promulgada por la entidad tenía “muy buenos fines y metas”, pero la importancia son los medios. “No se puede alcanzar buenos fines de malas maneras, con medios tergiversados o equivocados”.
Cuestionamientos a la Registraduría
EL TIEMPO tuvo a un documento que fue coordinado por Andrés Besserer, doctorando de una universidad de la ciudad de Nueva York, y en el que tuvieron participación universidades, como la de Los Andes, la del Rosario, la Universidad Cooperativa de Colombia y organizaciones que facilitan asistencia legal a personas en condición de movilidad, el cual hace unos reparos a la entidad por la anulación de las cédulas.
Aunque la investigación es de carácter académico, algunos de los hallazgos de este estudio podrían ser utilizados como elemento u insumo para sustentar eventuales demandas de indemnizaciones por parte de los afectados.
Según cifras de Migración Colombia, a corte de agosto de 2019, en Bogotá hay 313.528 venezolanos. Foto:Mauricio León
La Registraduría anuló registros y canceló cédulas sin apegarse a la normativa vigente y sin proveer garantías constitucionales de audiencia y debido proceso.
La investigación conocida señala que: “la Registraduría anuló registros y canceló cédulas sin apegarse a la normativa vigente y sin proveer garantías constitucionales de audiencia y debido proceso”. Además, sostiene que de haber atendido los casos de manera personalizada se habría dado cuenta de que no había elementos para anular “un número tan alto de registros y cédulas como lo hizo”.
“En muchos casos, la Registraduría anuló registros por no haberse hecho con partida de nacimiento apostillada cuando la normativa vigente permitía y permite suplir este documento con testigos. En otros casos, incluso con partida de nacimiento apostillada, este órgano anuló registros y canceló cédulas. A esto se le agrega que la Registraduría, en la vasta mayoría de los casos, no garantizó derecho de audiencia al no comunicar de manera oportuna a los individuos ni les dio capacidad de aclarar supuestas irregularidades”, revela la investigación.
El coordinador del estudio, Andrés Besserer, mencionó que el impacto de esta acción de la Registraduría “es grave”, sumado a que la misma entidad no habilitó oficinas regionales para atender los casos, sino que estos se tramitaron por Bogotá.
Otro de los aspectos que revela el informe es que la Registraduría privó a los afectados para que pudieran realizar actos civiles, comerciales, laborales, istrativos, judiciales. De hecho, muchas de las personas fueron expulsadas del mercado laboral formal, obligándolas a entrar al mercado informal.
“El rango de daños multidimensionales que hemos registrado muestra que son graves y caen por debajo de lo que se espera de un Estado democrático y de derecho comprometido con los derechos humanos de sus propios ciudadanos y de otros en su territorio”, señala la investigación.
Esta acción ejecutada por la Registraduría podría dar lugar a otras demandas con pretensiones distintas a las tutelas, que hasta ahora han sido presentadas por varios de los afectados. “Esperamos que los pronunciamientos de la Corte hagan un camino que permita que casos como estos se puedan volver a presentar a futuro”, dijo Besserer.
El caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a través de la Red de Litigio Estratégico en Migración, con la finalidad de que emita una serie de recomendaciones al Estado Colombiano sobre el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, además de acciones “que considere necesarias para disminuir el impacto de las vulneraciones” cometidas contra la población afectada.