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Crimen de Nancy Mestre: la última carta que se juega Saade para eludir pena
El asesinato ocurrió hace 29 años en Barranquilla. En el proceso aparece un magistrado cuestionado.
La defensa del colombiano Jaime Saade Cormane, quien fue hallado culpable del asesinato de la joven Nancy Mestre, ocurrido en la madrugada del 1.° de enero de 1994, intentó con tutela que se declarara la prescripción del proceso para que el condenado no pague la pena por el homicidio. Y ahora espera que se resuelva un último recurso en el Tribunal Superior de Barranquilla.
En dos ocasiones el procesado intentó que la Corte Suprema de Justicia tumbara una decisión del Tribunal Superior de Barranquilla y del Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad.
El alto tribunal se pronunció inicialmente en marzo de 2021 y luego en octubre de ese mismo año. En los dos fallos, la Corte decidió sobre la petición de la defensa de Saade de revocar el punto del fallo en donde se negó la prescripción de los delitos, con lo cual el procesado se habría librado de la condena.
Para el alto tribunal, las decisiones estuvieron ajustadas a la ley. "No fue el resultado de una deficiente motivación o criterios subjetivos u ostensiblemente alejados del ordenamiento jurídico como lo expresa el tutelante, contrario a ello, avizora la Sala que la misma, obedece, en línea de principio, a una ajustada interpretación de la normativa y jurisprudencia que rigen la materia, así como a una congruente apreciación del haz probatorio, ceñido a la realidad que fluye del dossier".
Con ponencia de la magistrada Hilda González Neira, la Corte señaló que independientemente de que la Sala comparta o no las disertaciones del Tribunal de Barranquilla "no emerge defecto alguno que estructure 'vía de hecho' como quiere el sedicente, quien busca imponer su propia visión acerca de la solución que debió dársele a la pugna, sin que dicha pretensión se acompase con la finalidad de esta salvaguarda".
Así las cosas, la Corte rechazó en dos ocasiones las tutelas de la defensa del condenado.
El abogado Alfredo Gómez Quintero, quien representa al procesado, enfatizó en entrevista con EL TIEMPO que la defensa mantiene su hipótesis de que la pena ya está prescrita y que su cliente debe quedar en libertad.
La joven fue asesinada la madrugada del 1° de enero de 1994 Foto:Suministrado
El jurista señaló que el Tribunal de Barranquilla le bajó la condena de 27 a 24 años de prisión pero no tuvo en cuenta el principio de favorabilidad para declarar la prescripción.
Indicó que la pena de homicidio tenía que quedar en 13 años por cuenta de la regulación vigente para el momento de los hechos: "Se violaron los derechos y garantías en varias decisiones judiciales", dijo Gómez Quintero.
El abogado insistió en que después de la captura de Saade Cormane se suspendieron los términos, pero cuando recuperó la libertad se volvieron a activar, por lo que el tiempo siguió corriendo y ya vencieron los términos.
Es de recordar que el procesado fue capturado en Belo Horizonte (Brasil) el 28 de enero de 2020 y en ese país también presentó una serie de recursos legales para frenar su envío a Colombia, lo que dilató su presentación ante la justicia colombiana y se convirtió en una nueva forma de revictimización de sus víctimas.
Gómez Quintero insistió ante el juez de ejecución de penas para que se pronuncie sobre la prescripción teniendo en cuenta que el procesado está libre y en una decisión del mes pasado no logró que su petición fuera avalada, e interpuso un recurso de apelación que hoy está pendiente de decisión en el Tribunal de Barranquilla.
Además, dijo que espera que el Tribunal ordene al juzgado que se pronuncie sobre la prescripción o que de plano la decrete.
El rastro de un magistrado cuestionado
EL TIEMPO estableció que en el fallo de mayo de 2021 en el que se bajó la condena contra Saade Cormane de 27 a 24 años aparece como ponente el magistrado de Barranquilla Jorge Eliécer Mola Capera.
Jorge Eliécer Mola Capera, magistrado del Tribunal de Barranquilla. Foto:César Melgarejo / EL TIEMPO
En la misma Sala de decisión que avaló la ponencia aparecen también los magistrados Jorge Eliécer Cabrera Jiménez y Demóstenes Camargo de Ávila.
Mola Capera fue imputado en enero por tres delitos (dos por prevaricato por acción y uno por fraude procesal) porque presuntamente, desde su cargo como magistrado, tramitó una tutela para favorecer irregularmente a terceros, en una disputa por una herencia del excongresista Gabriel Acosta y su esposa, Sofía Acero de Acosta.
Por esos mismos hechos, la Fiscalía General de la Nación también le imputó cargos en enero de 2020 al magistrado Demóstenes Camargo de Ávila.
El ente acusador consideró que el magistrado Camargo De Ávila habría desconocido el carácter subsidiario y residual de la tutela, y decidió sobre asuntos que tenían recursos y podían ser resueltos en el curso del proceso penal.
Los procesos contra los magistrados avanzan ante la Corte Suprema de Justicia.