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¿Qué pasará con indígenas que asesinaron a conductor que arrolló a mujer?

Unidades del CTI realizaron las primeras entrevistas. Expertos opinan. 

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Un equipo del CTI de la Fiscalía fue desplegado para investigar los hechos que rodearon las muertes de una indígena identificada como Ermilda Tunay Sintua, su bebé de 18 meses y del conductor Hildebrando Rivera Gantiva.
Fuentes oficiales confirmaron que ya los investigadores iniciaron la recolección de evidencia y señalaron que han tenido dificultades al avanzar en tareas como el procedimiento de levantamiento judicial de los cuerpos.
El CTI se desplazó al hospital de Engativá, en donde recolectaron la epicrisis del conductor del vehículo y realizaron entrevistas del coordinador de la Secretaría de Salud y al conductor y enfermera de la ambulancia que movilizó a involucrados en el hecho.
Al tiempo, la Policía de carreteras realizó la recolección de videos de la zona del accidente y ahora realiza entrevistas en la zona.
Se avanza en la individualización de las personas vinculadas a los hechos.
Según las primeras informaciones, las mujer y la bebé, pertenecientes a la comunidad emberá katio, murieron arrolladas por un camión de basuras que se movilizaba por el corredor vial entre Funza y Siberia, en inmediaciones del parque La Florida. Después de que se registrara el hecho, el conductor fue atacado gravemente y murió en un centro asistencial de Bogotá.

¿Quién debe juzgar el caso?

El penalista Oswaldo López Santos dio luces sobre el rumbo que debe seguir el caso en la justicia ordinaria o en la jurisdicción indígena.
"El lamentable hecho accidental que sucedió en la vía Funza-Siberia, que desencadena en la muerte inicial de una mujer indígena en estado de embarazo y su hija menor de edad en manos de un conductor, que trae como reacción su linchamiento y posterior fallecimiento presuntamente por de la guardia indígena, deberá ser investigado y juzgado por los punibles de homicidio, conforme lo dispone la ley ordinaria (L-599/00 y L-906/04), la cual desplaza a la jurisdicción especial indígena, toda vez que los hechos revisten gravedad, no se produjeron en el interior de la comunidad en la que viven y una de las víctimas no es sujeto de sus normas ancestrales", dijo el director de la firma Legítima Defensa.
A su turno, el penalista Carlos Gilberto Gómez Cifuentes coincidió en que este caso de justicia por mano propia debe ser procesado en la justicia ordinaria.
"Creo que va a ser conflictiva la solución, pero, en mi criterio, deben ser juzgados por homicidio. Por la justicia ordinaria. Aunque resulte polémico, ninguna posibilidad hay de que se alegue su diversidad étnica porque una cosa es que sus tradiciones ancestrales permanezcan con ellos en sus comunidades y territorios indígenas, y otra muy distinta, que cuando migran pueden imponerse las mismas a las sociedades mayoritarias mestizas, como la nuestra", señaló Gómez Cifuentes.
Y añadió: "Creo que solo se podrá generar un mal mensaje si se privilegia su sistema de justicia, el cual, por lo demás, solo debe aplicar en sus territorios para casos como este, en que es factible que hayan conocido la desproporción y reprochabilidad de su acción".
Para el penalista Pedro Nel Escorcia Castillo, el caso es del resorte de la justicia ordinaria "porque los hechos se presentan en una zona no reservada para los indígenas, si no en un territorio público en el cual rige la ley penal colombiana".

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