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Corte IDH: caso por el exterminio de la Unión Patriótica, en la recta final

Víctimas piden que se reconozca la violencia contra más de 6.000 personas. Pronto saldrá el fallo.

Policía y Ejército deben financiar un artículo académico sobre el exterminio de la Unión Patriótica.

Policía y Ejército deben financiar un artículo académico sobre el exterminio de la Unión Patriótica. Foto: Óscar Berrocal / EL TIEMPO

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Después de casi 29 años, en las próximas semanas podría conocerse la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por el exterminio del cual fueron víctimas, desde 1984 y por más de 20 años, miles de integrantes de la Unión Patriótica (UP).
El caso fue presentado al sistema interamericano de derechos humanos en diciembre de 1993, y ahora, entre finales de abril y mediados de mayo, la Corte realizará la tercera jornada de deliberación de la sentencia, que podría terminar en la aprobación de un fallo.
En febrero del año pasado se realizó la audiencia pública del caso, en la que, durante cinco días, se escuchó al Estado, las víctimas, testigos, peritos y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Todo esto son ahora pruebas que analizan los magistrados para proferir la que podría llegar a ser la condena número 26 en contra del Estado en la Corte IDH, pues hasta ahora Colombia ha sido condenada en todos los procesos que han llegado a instancias de la Corte, así que, si continúa esa tendencia, el caso de la UP también podría tener ese resultado.
La expectativa es alta, en especial porque el año pasado, durante la audiencia, un punto esencial tensionó el debate: el número de víctimas. Si bien el Estado colombiano, representado por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje), ha reconocido su responsabilidad en los hechos que causaron el exterminio de de la UP, señaló que solo 219 víctimas están debidamente identificadas y acreditadas en el proceso. En el otro lado están los representantes de las víctimas y la misma CIDH, que hablan de más de 6.000 personas que sufrieron estos hechos.

Argumentos de las víctimas

Durante todo el proceso ante el sistema interamericano, las víctimas han sostenido tres argumentos principales, indicó Luz Estella Aponte, abogada de la Corporación Reiniciar, organización que llevó la defensa del caso. El primero es que el Estado es responsable internacionalmente por haber faltado a las obligaciones de hacer respetar los derechos del partido político.
“El Estado tiene la obligación de respetar derechos y hacerlos respetar, y garantizar que ningún agente estatal iba a cometer crímenes y que, si eso sucedía, el Estado iba a adoptar las medidas para impedir que más crímenes siguieran cometiéndose”, expuso Aponte.
El Estado tiene la obligación de respetar derechos y hacerlos respetar, y garantizar que ningún agente estatal iba a cometer crímenes: Aponte, abogada de Reiniciar
En segundo lugar, que la responsabilidad del Estado no es solo por una violación a la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), sino que también ha violado tratados como la convención contra la desaparición forzada, pues hay más de 500 casos de personas desaparecidas según Aponte, y la convención contra la tortura, ya que tienen registro de varios casos, incluyendo algunos de violencia sexual.
Finalmente, sostienen que la responsabilidad del Estado es tanto por acción como por omisión. Lo primero porque agentes estatales cometieron estos crímenes, y lo segundo, porque luego no se brindaron las garantías para las víctimas y los crímenes siguen impunes.
“Pero también hemos dicho que mataron a más de 3.000 personas militantes y cometieron otro conjunto de violaciones que eleva la cifra de victimización a más de 6.000, decimos que no fueron hechos aislados, sino que se cometieron con la intención o tolerancia del Estado y que pudo tener el propósito de exterminar el partido político. Nosotros decimos que esa intención existió y progresivamente el partido perdió la fuerza política a tal punto que le suprimen la personería política. No fueron crímenes aislados, sino cometidos con la intención de eliminar el partido del escenario político”, añadió.
Sobre esto, indicó que desde los comienzos de este procesos el Estado ha cuestionado las cifras.
Las víctimas
se sintieron minimizadas porque las borraron en la audiencia; y quienes sí son reconocidas sienten que su reconocimiento va en detrimento de otras personas que fueron negadas públicamente
“El Estado decía que esas personas no existían, nosotros entregamos las pruebas que podíamos, en los casos que se pudo recoger un registro de defunción lo entregamos, pero en muchos casos no se pudo porque la gente fue asesinada en plantaciones bananeras, por ejemplo, y los paramilitares prohibirían que los cuerpos fueran entregados, ningún inspector iba a hacer ese documento, así que no había registro, pero sí se podía recoger prueba de otras maneras de la existencia de esas víctimas”, señaló.
La abogada añadió que si se comprueba que hubo la intención de acabar con el partido, eso internacionalmente sería en términos penales un genocidio por razones políticas. Frente a eso, aclaró que aunque la Corte no puede, legalmente, declarar que un Estado es responsable de este crimen, “sí podría decir que esto parece un genocidio y no puede volver a pasar”.
Esta intención sistemática de sacar del escenario democrático al partido político ha quedado plasmada, además, en sentencias internas sobre algunos de los crímenes cometidos contra la UP. Por ejemplo, en la sentencia contra el exrepresentante a la Cámara César Pérez por la masacre de Segovia, en Antioquia, la Corte Suprema señala que ese crimen se cometió con la intención de eliminar al partido de esa región.

Las razones del Estado

Del otro lado, el Estado ha reconocido su responsabilidad en estos hechos, y al comienzo buscó resolver esta controversia mediante los mecanismos de solución amistosa para no llegar a un juicio; sin embargo, su postura frente al universo de víctimas, así como discrepancias con el informe de fondo de la CIDH por lo que consideró un no reconocimiento de las investigaciones y avances internos por la violencia hacia la Unión Patriótica llevaron a que, junto con la misma CIDH, promoviera el caso ante la Corte para que fuera esta quien tuviera la palabra final.
De acuerdo con los argumentos que esgrimió la Andje en la audiencia en febrero pasado, en el informe de fondo de la CIDH se asumió una posición “maximalista” sobre la obligación de investigar, juzgar y sancionar que “pone en riesgo el modelo transicional colombiano”, además, señalaron que no se valoraron los avances en reparaciones hechos en Colombia, y dicen que hubo “serias falencias” en la construcción de los listados de presuntas víctimas.
Sobre lo último, según sostuvo la agencia, tras una revisión manual de los listados de víctimas y de las pruebas en expedientes, el universo final es de “219 víctimas respecto de quienes se ha acreditado su existencia y cuentan con un marco fáctico”, por ese motivo, la nación ha pedido que se excluyan las víctimas sobre las cuales no se incluye un relato de los hechos en el informe de fondo de la CIDH. Esto llevaría a sacar del escenario de una eventual indemnización a más del 90 por ciento de los registros que expusieron las víctimas y la propia CIDH.
De acuerdo con la agencia, esa exclusión de ninguna manera “implica desconocer la masividad de la victimización en el nivel nacional, sino solo delimitar el universo de víctimas acreditadas en el procedimiento internacional”, dijo en sus alegatos finales.
Sobre el hecho de que el exterminio de la UP quiera ser nombrado como si se hubiera tratado del crimen de genocidio, o en subsidio de lesa humanidad, el Estado consideró que, de acuerdo con la jurisprudencia de la misma Corte IDH, “la atribución de responsabilidades penales a Estados o individuos excede por completo las competencias de la Corte”, expuso la Andje en sus alegatos finales.
Otro punto con el que estuvo en desacuerdo el Estado fue que la Comisión manifestó que en todos los casos en los que la Corte eventualmente determine que las conductas de terceros se realizaron con la colaboración del Estado, se entenderá que esos grupos actuaron como agentes estatales. Al respecto, la Andje sostuvo que eso sería un “desplazamiento del régimen general de responsabilidad internacional del Estado”, en tanto que, según la jurisprudencia, un Estado solo puede ser responsabilizado por las acciones y omisiones efectivamente cometidas.
En el mismo sentido, señaló que aunque la CIDH presentó 100 casos representativos de un patrón nacional de aquiescencia por los crímenes de la UP, no hubo una explicación metodológica para concluir razonablemente que esa lista de víctimas en efecto mostraba ese patrón.
Finalmente, en el proceso, el Estado también ha defendido la existencia de un macrocaso en la JEP sobre estos hechos para decir que ese es el espacio idóneo para resolver estos crímenes y las responsabilidades que de ellos se deriven.
Esto al resaltar que la competencia de la Corte IDH es subsidiaria a la justicia nacional y, señalaron los representantes de la Andje en la audiencia, no solo hay un macrocaso abierto en la JEP, sino que la justicia interna también ha logrado avances como 55 condenas y más de 970 investigaciones abiertas y activas. Así mismo, citaron también que en Justicia y Paz hay 19 sentencias que representan un avance en el esclarecimiento del contexto en diversas regiones con victimización de la UP.
En Twitter: @JusticiaET

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