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¿Por qué ordenó la JEP evaluar la seguridad de Amelia Pérez, candidata a Fiscal?

Sala de Reconocimiento de Verdad dio esta orden dentro del caso por el atentado al Club El Nogal.

Amelia Pérez investigó como fiscal el atentado al club El Nogal, ocurrido el 7 de febrero de 2003.

Amelia Pérez investigó como fiscal el atentado al club El Nogal, ocurrido el 7 de febrero de 2003. Foto: Archivo

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En medio de la investigación que adelanta la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de los crímenes no amnistiables cometidos por las Farc, en la cual se abrió un capítulo por el atentado al Club El Nogal, ocurrido en 2003, la JEP dio una orden para evaluar la seguridad de Amelia Pérez Parra, quien es hoy una de las ternadas a la Fiscalía General de la Nación.
El análisis de riesgos de seguridad que se ordenó no tiene que ver, sin embargo, con su actividad como ternada a ser la próxima fiscal de Colombia, sino con hechos que ocurrieron hace 20 años.
Según se lee en un auto de 35 páginas de la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP, Amelia Pérez Parra había pedido acreditarse junto con los de su familia como víctimas indirectas del Caso 10, por su participación en la investigación penal que adelantó sobre el atentado a El Nogal, perpetrado por las Farc.
El auto señala que el 7 de noviembre de 2023 Pérez habló en diligencia reservada de la JEP y dijo que fue la primera fiscal a cargo de la investigación por el atentado, que dejó que dejó 36 muertos y 198 lesionados.
Pérez Parra añadió que “por su independencia, autonomía y probidad (...) así como distintas tensiones con el entonces Fiscal General de la Nación, Luis Camilo Osorio Isaza, le produjeron una insostenible situación de inseguridad que la obligó a buscar protección internacional”.
Atentado a El Nogal. El 7 de febrero de 2003, a las 7:30 p. m., un carro bomba estalló en las instalaciones del club al norte de Bogotá, dejando 36 muertos y 198 heridos. El ataque fue coordinado y ordenado por Hernán Darío Velázquez, alias ‘El Paisa’, hoy disidente de las Farc.

Atentado a El Nogal. El 7 de febrero de 2003, a las 7:30 p. m., un carro bomba estalló en las instalaciones del club al norte de Bogotá, dejando 36 muertos y 198 heridos. El ataque fue coordinado y ordenado por Hernán Darío Velázquez, alias ‘El Paisa’, hoy disidente de las Farc. Foto:Archivo

Si bien la hoy candidata a fiscal refirió estos riesgos para su seguridad en esos momentos, que incluso la llevaron a buscar protección en otro país, el auto de la JEP señala que “no resulta probada su calidad de víctima ante el Caso 10 pues: no fue trabajadora, socia o invitada al club El Nogal en la época de los hechos, es decir, no se encontraba presente en las instalaciones del club el 7 de febrero de 2003 al momento de la detonación de la bomba”.
La Sala de Reconocimiento añade que “tampoco existen evidencias o pruebas sumarias que relacionen las amenazas de las que ha sido objeto con la autoría (de) las extintas Farc. Es más, según su dicho, se produjeron con posterioridad a los hechos materia de esta investigación cuando fue asignada como fiscal investigadora del caso”.
Amelia Pérez Parra

Amelia Pérez Parra Foto:Cortesía

Aunque la Sala decidió no acreditarla como víctima, consideró que Pérez Parra podría tener riesgos de seguridad como testigo del Caso 10.
“El derecho a la seguridad personal de aquellos como la señora Amelia Pérez Parra que enfrentan riesgos extraordinarios, sin tener el deber jurídico de soportarlos, conlleva obligaciones correlativas para el Estado a través de sus autoridades competentes. Entre estas obligaciones se encuentra la de valorar, mediante un estudio cuidadoso de cada situación individual, la existencia, características y origen o fuente del riesgo identificado”, se lee en el auto.
En ese sentido, la magistratura le solicitó a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), que opera como la Fiscalía de la JEP, que e a Pérez Parra y la entreviste de manera urgente para evaluar su situación de seguridad.
“Deberá hacer todo lo necesario para la evaluación de sus niveles de riesgo, los de su núcleo familiar y las medidas que, de ser el caso, se puedan tomar al respecto”, indicó la Sala en su decisión.
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