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¿De quién son los derechos de autor de una obra creada con IA? Esto dice la ley en Colombia

● El debate sobre este tema ha generado controversia a nivel mundial.

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Se busca regular el uso de estas obras. Foto: iStock

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Con el auge que la inteligencia artificial ha tenido en los últimos años y el crecimiento acelerado de herramientas generativas como ChatGPT, DALL·E y otras plataformas de creación de textos, imágenes, música y videos, se ha abierto un debate crucial: ¿quién es el dueño de las obras generadas con el apoyo de esta tecnología?
De acuerdo con la ley de derechos de autor en Colombia, solo las personas naturales pueden ser reconocidas como autoras de obras protegidas, lo que excluye a las máquinas, programas informáticos e incluso a las personas jurídicas. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando una persona utiliza IA para crear una canción, un libro u otro producto?
Tendencias EL TIEMPO.

derechos de autor. Foto:iStock

Para resolver esta duda, Wilson Rafael Ríos Ruíz, decano de la Facultad de Derecho de Areandina, sede Bogotá, y docente de la Especialización virtual en Derechos de Autor, Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías de la misma institución, explica en detalle cómo aplicar correctamente la legislación vigente y evitar incurrir en infracciones legales relacionadas con la propiedad intelectual.
Actualmente, según Ríos, “las creaciones generadas únicamente por inteligencia artificial no pueden ser registradas como obras protegidas por derechos de autor, de acuerdo con lo determinado por organismos internacionales como el Copyright Office de EE. UU. y entidades colombianas como la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA). De hecho, en el país se han rechazado registros de obras generadas con esta herramienta en varias ocasiones, según lo establecido en resoluciones recientes de 2023 y 2024”.
Asimismo, Ríos explica que “el reconocimiento de los derechos de autor depende de que la obra sea original, pero, en el ámbito de la propiedad intelectual, la originalidad no equivale a novedad, sino que requiere una intervención creativa humana”.
En otras palabras, el experto aclara que, una persona solo puede ser reconocida como autora si demuestra que su intervención en la creación de la obra fue decisiva. “Si la IA, por ejemplo, simplemente generó un contenido con escasa o nula intervención humana, no es posible atribuirse la autoría”, agrega. 

Antecedentes nacionales e internacionales

Este debate no es exclusivo de Colombia. En países como Estados Unidos y el Reino Unido, las autoridades han sido tajantes al negar el registro de obras generadas íntegramente por IA. En 2023, el Copyright Office de EE. UU. rechazó el registro de la novela gráfica Zarya of the Dawn, creada con la herramienta de IA Midjourney, al considerar que no existía una autoría humana suficiente. También se negó la patente de un invento atribuido a una IA en el famoso caso Thaler, ratificando que solo las personas pueden ser reconocidas como autoras en materia de derechos de autor.
En Colombia, la Dirección Nacional de Derechos de Autor ha seguido una línea similar. En diversas resoluciones emitidas en 2023 y 2024, como la Resolución No. 137 del 2 de mayo de 2023 y la No. 147 del 18 de mayo de 2023, se ha determinado que las herramientas de inteligencia artificial generativa no pueden ostentar la autoría de las obras que generan.
Hallan muerto a un extrabajador de OpenAI que habría expuesto preocupación sobre derechos de autor

Se busca regular el uso de estas obras. Foto:iStock

Cinco recomendaciones para el uso de esta tecnología sin infringir la ley

Para quienes deseen utilizar herramientas de IA en la creación de sus obras sin infringir la normativa de derechos de autor, Ríos aconseja:
  • Asegurarse de que la obra final refleje su creatividad y visión personal. La IA debe ser una herramienta, no la creadora.
  • No aceptar el contenido generado por la IA sin modificaciones. Se recomienda realizar cambios significativos que le den un sello propio.
  • Verificar la fuente del contenido. Muchos sistemas de inteligencia artificial se entrenan con datos protegidos por derechos de autor. Antes de publicar o registrar una obra, asegúrese de que los materiales utilizados sean de dominio público o que tenga autorización para usarlos.
  • Justificar su aporte. Es aconsejable conservar pruebas del proceso creativo, como bocetos, correcciones o instrucciones detalladas dadas a la IA. Esto puede ser clave para demostrar la originalidad de su contribución.
  • Indicar el uso de IA en la creación y verificar que el contenido generado no contenga elementos protegidos sin permiso, para evitar problemas legales.
Finalmente, Ríos enfatiza la importancia de mantenerse actualizado sobre las regulaciones en torno a la IA y los derechos de autor. “Estamos en un momento crucial de cambio normativo a nivel mundial. Es fundamental que los creadores comprendan los límites de esta herramienta para evitar futuras disputas legales y garantizar el respeto por la propiedad intelectual”.
ALEJANDRA HERNÁNDEZ TORRES
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

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