En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cómo está el clima en Bogotá?
¿Cómo se llama el hijo de Petro?
¿El pico y placa en Bogotá como quedaría para el 2024?

Noticia

¿Deben las empresas afiliar a pensión a los aprendices del Sena? Corte Suprema aclara reglas sobre seguridad social

El alto tribunal explicó los vacíos legales para los aprendices del Sena y precisó las reglas para la afiliación. 

.

Corte Suprema aclaró los derechos a la seguridad social de aprendices del SENA. Foto: Alcaldía de Bogotá

Alt thumbnail

Actualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
¿Tiene un contrato de aprendizaje con el Sena y se pregunta si la empresa debe afiliarlo a pensión? La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema precisó las reglas de afiliación al sistema de seguridad social en este tipo de convenios.
El alto tribunal estudió el caso de Óscar Esneyder Castiblanco Riveros, un exaprendiz que estuvo vinculado al Sena y a las empresas Gente Estratégica S. A. S. y Alcachofas del Huerto S. A., solicitó el reconocimiento de aportes al sistema de pensiones por el tiempo que duró su contrato de aprendizaje.
Él argumentó que durante ese periodo padeció una grave enfermedad de origen común que lo dejó en condición de invalidez y solicitó ordenar a las entidades demandadas el pago de la pensión de invalidez correspondiente.
Sin embargo, en la decisión de este 21 de mayo, la magistrada ponente, Clara Inés López Dávila, se negó la demanda que pretendía que varias empresas y el propio Sena reconocieran semanas de cotización al sistema pensional al exaprendiz que sufrió una afectación grave de salud durante su etapa práctica.
.

Hay opciones de estudio e inscripción en programas técnicos y tecnológicos. Foto:SENA

¿Cómo cotizar pensión si soy aprendiz del Sena?

Las normas que regulan los contratos de aprendizaje, incluidos el artículo 30 de la Ley 789 de 2002, los Decretos 933 y 2585 de 2003, y el Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015, señalan que las únicas contingencias obligatoriamente cubiertas por el empleador son salud (durante las fases lectiva y práctica) y riesgos laborales (solo en la etapa práctica).
Lo anterior no impide que el aprendiz pueda acceder a las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte de origen común, a través de su afiliación voluntaria como lo permite el numeral 1.° del artículo 15 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 3.° de la Ley 797 de 2003, acogiéndose a las condiciones, derechos y beneficios propios del estatuto pensional mediante la afiliación y pago de aportes en calidad de afiliado voluntario”, se lee en la decisión.
En cuanto al sistema de pensiones, la Corte señaló que no existe disposición legal que imponga al patrocinador la carga de afiliar al aprendiz.
.

Estudiantes han protestado exigiendo garantías laborales. Foto:COrtesía.

¿Cuáles son los derechos en materia de seguridad social que tengo como un aprendiz del Sena?

Los estudiantes del Sena, con contrato de aprendizaje, tienen derecho a estar afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud durante las fases lectiva y práctica. La empresa patrocinadora debe asumir el 100 % del pago de esta afiliación, calculado sobre un salario mínimo mensual legal vigente.
Durante el desarrollo de las actividades en la empresa, el estudiante debe estar afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales a través de una ARL. También este aporte lo cubre totalmente la empresa.
La Corte Suprema recordó que el contrato de aprendizaje es una figura especial del derecho laboral, distinta al contrato de trabajo, que no genera las mismas obligaciones para el patrocinador.
En este tipo de vínculo, una persona recibe formación teórico-práctica en una entidad autorizada, mientras la empresa patrocinadora le brinda los recursos necesarios para su capacitación técnica y profesional.
A cambio, el aprendiz recibe un apoyo económico mensual —que no constituye salario— equivalente al 50 % del salario mínimo durante la etapa lectiva y al 75 % en la fase práctica. Este monto puede llegar al 100 % cuando la tasa de desempleo nacional es inferior al 10 %.
“El contrato de aprendizaje no puede equipararse al contrato de trabajo”, por lo que los patrocinadores “solo están obligados a efectuar los aportes para tales eventualidades (salud y riesgos laborales), mas no para el sistema pensional por contingencias de origen común", señaló la Corte.
.

La ley no exige la afiliación a un fondo de pensiones para aprendices del Sena. Foto:SENA

La vía para modificar ese marco legal es a través del Congreso

Este fallo de la Corte pone sobre la mesa el debate sobre el vacío legal que no permite imponer obligaciones no previstas por el legislador.
En ese sentido, la Corte recordó que el contrato de aprendizaje no puede asimilarse a un contrato de trabajo común y corriente y no se pueden equiparar ambos vínculos.
La togada, en su decisión, también rechazó también la idea de crear “nuevas prerrogativas” a través de fallos judiciales, pues la única vía para modificar ese marco legal es a través del Congreso de la República.
Palabras del presidente Gustavo Petro durante la instalación del Congreso.

La vía para modificar ese marco legal es a través del Congreso. Foto:César Melgarejo/El Tiempo @cesarmelgarejoa

¿Se ha pronunciado antes la Corte sobre este vacío legal?

La sentencia citó la decisión T-258 de 2024 de la Corte Constitucional, que reconoció que existe una omisión normativa en el caso de los aprendices que enfrentan contingencias comunes pasados los 180 días desde un accidente o enfermedad.
Sin embargo, incluso ese pronunciamiento itió que las normas actuales no imponen a los patrocinadores el deber de cotizar al sistema pensional, y que el remedio legal debe provenir del Congreso y no de las altas cortes.
En todo caso, la Sala Laboral decidió no casar la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá el 28 de abril de 2023, que ya había negado la demanda. El fallo de la Corte deja claro que, salvo reforma legal, los aprendices seguirán sin cobertura pensional obligatoria, y que los patrocinadores no deben asumir ese costo.
Si usted tiene alguna duda puntual, se la ayudamos a responder en el Consultorio Jurídico de EL TIEMPO. Escríbanos a [email protected] o [email protected]
Consultorio Jurídico EL TIEMPO

Más noticias:

Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.