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Noticia
¿Cuál es la diferencia entre consulta popular, plebiscito y referendo? Esto debe saber por anuncio del Presidente
Los tres son mecanismos de participación ciudadana, pero tienen distintos alcances.
Imagen de referencia. Foto: Fotomontaje a partir de imágenes de iStock y Archivo EL TIEMPO
Tras el anuncio del presidente Gustavo Petro de desarrollar una consulta popular para preguntarles a los ciudadanos sobre el futuro de las reformas de la salud y laboral, la legislación colombiana precisa cuál es el objetivo de ese mecanismo y qué diferencia existe con otros.
Como señala la ley 134 de 1994, la consulta popular puede hacerse a nivel nacional o a nivel departamental, distrital, municipal y local.
Para hacerse de manera nacional, el Presidente requiere "la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República".
En dicho caso, el objetivo de la consulta popular es, valga la redundancia, consultarle "al pueblo una decisión de trascendencia nacional", explica la norma mencionada.
Eso sí, la ley señala que no se le puede preguntar al pueblo sobre "proyectos de articulado, ni tampoco la convocatoria a una asamblea constituyente". El tema "de transcendencia nacional" que será objeto de la consulta debe desglosarse en preguntas que se puedan contestar con un "sí" o un "no".
La consulta popular se diferencia del plebiscito porque para este último el Presidente no requiere el aval del Congreso.
En 2016, hubo un plebiscito sobre los acuerdos de paz, una política del Ejecutivo. Foto:Archivo EL TIEMPO
En el plebiscito, el mandatario les pregunta a los ciudadanos sobre "políticas del Ejecutivo que no requieren aprobación del Congreso", reitera la ley 134 de 1994.
Por otro lado, el referendo se hace para que el pueblo "apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente". Es decir, con el referendo se discute una ley o proyecto de ley, distinto a la consulta popular que es más general y pregunta "un asunto de trascendencia nacional".
En el referendo, los ciudadanos escogen "libremente en el temario o articulado que votan positivamente y que votan negativamente" sobre la ley que se les está preguntando.
¿Por qué el presidente Petro convocará a una consulta popular?
El presidente Gustavo Petro en rueda de prensa. Foto:Presidencia
La consulta popular es obligatoria una vez pase por la plenaria del Senado
GUSTAVO PETROPresidente de Colombia
El presidente Gustavo Petro aseguró que su Gobierno estructurará una consulta popular ante el trámite fallido que han tenido las reformas laboral y de la salud en el Congreso.
"El Gobierno va a convocar a una consulta popular para decidir sobre la reforma laboral y sobre la reforma de la salud. Que sea el pueblo el que decida. Las leyes determinan cómo se convoca y qué tiempos tienen para hacer una consulta popular", expresó.
En paralelo, criticó a la oposición y les hizo un llamado a los demás senadores.
"La consulta popular es obligatoria una vez pase por la plenaria del Senado, se realiza hasta dentro de cuatro meses y el Senado tiene un mes para decidir. Les pido a los partidos políticos no hacer caso del rico, sino como ordena la Constitución, obedecer al interés general del pueblo. Si se le niega la participación al pueblo de Colombia, se estaría negando la paz y esto no es momento para ello, nos hemos matado por generaciones", enfatizó.
El mandatario anunció que recurrirá a esta figura para que se discutan sus reformas. Foto:Presidencia/ Registraduría
Se espera que en los próximos días, el Gobierno precise cuáles serán las preguntas que hará en la consulta y, además, surta el trámite en el Senado para recibir el concepto favorable, como señala la legislación colombiana.