A través de una circular conjunta, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo dieron a conocer nuevos lineamientos frente al aislamiento para personas que tengan síntomas de covid-19, así como medidas relacionadas con las incapacidades médicas de quienes deben aislarse.
De acuerdo con la circular, en el caso de las personas que presenten síntomas respiratorios (flujo nasal, dolor de cabeza,malestar general o fiebre) pero no estén priorizados en el grupo que debe realizarse la prueba de covid-19 según los últimos lineamientos de la cartera de Salud (mayores de 60 años y pacientes con comorbilidades) el médico tratante podrá expedir una incapacidad temporal sin necesidad de prueba diagnóstica.
Las incapacidades siguen siendo consecuencia de la evaluación que efectúe el profesional tratante sobre el estado clínico del paciente y para el caso puntual de covid-19 podrá emitirla según su criterio, sin que sea necesario el diagnóstico etiológico (prueba diagnóstica).
El ministro de Trabajo Ángel Custodio Cabrera fue enfático al decir que "esta incapacidad se rige bajo la normativa de cualquier otra incapacidad médica con las características que esta implica". Es decir, a partir del día tres hasta el día 90 se paga el 66,67% del valor del salario del trabajador. Ese es un valor que se lo paga la empresa al empelado y que va a ser reembolsado a la compañía por parte de la EPS. A partir del día 91 hasta el 180, se va a pagar el 50% del salario. Todo esto se refiere a días continuos de incapacidad.
En todo caso, el médico tratante deberá indagar sobre la actividad laboral
que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, trabajo remoto
o trabajo en casa. Si sus funciones no lo permiten, el médico expedirá el certificado temporal para que el trabajador se aísle durante los siete días reglamentados por la autoridad sanitaria.
Se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo
Por otra parte, al contrario de lo dispuesto inicialmente por la cartera de Salud, en donde las personas asintomáticas (o estrecho de un caso confirmado de covid-19) no debían aislarse, la reciente circular estima que quienes tienen esquema incompleto de vacunación o sin vacuna, deben aislarse siete días desde el primer día de exposición.
Adicionalmente, las personas que tuvieron o estrecho con un caso de covid-19 y tienen el esquema completo, no tienen necesidad de hacer aislamiento alguno y podrán continuar con sus labores cotidianas, aclaró el ministro de Salud Fernando Ruiz.
"Para efectos de la expedición del certificado de incapacidad o del certificado de aislamiento al confirmar un nexo epidemiológico, se recomienda al médico tratante indagar sobre la actividad laboral que desarrolla el paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo, de no ser viables estas modalidades se sugiere ordenar la toma de prueba para covid- 19. Si el resultado de la prueba es negativo se suspenderá el aislamiento y podrá el trabajador reintegrarse a las actividades presenciales", explica la circular expedida este jueves.
"Es importante recordar que no es requerida la prueba PCR o de antígeno como condición para salir del aislamiento o de la incapacidad y que las empresas no deben exigir estas pruebas para reintegrarse al trabajo", dijo el jefe de la cartera de Salud, quien agregó que estas medidas ayudan a definir un rápido aislamiento para que las personas eviten la transmisión del virus.
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