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Noticia

Minsalud asegura que no está en desacato ni en incumplimiento de autos de la Corte

Según Minsalud, las decisiones no están en firme porque la cartera pidió varias aclaraciones. 

MinSalud se pronuncia frente al caso de las droguerías Cruz Verde y la EPS Sanitas

El ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. Foto:

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PERIODISTA DE MEDIOAMBIENTE Y SALUDActualizado:

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Ante la polémica por el tiempo que le ha tomado al Ministerio de Salud resolver los autos de la Corte Constitucional sobre la suficiencia de recursos para el sistema, este jueves la cartera aseguró que actualmente “no se encuentra en situación de desacato ni de incumplimiento respecto de los autos 2049 de 2024 (sobre presupuestos máximos) y 007 de 2025 (sobre UPC), toda vez que los mismos no están en firme”.
De acuerdo con el Minsalud, por el momento la Corte tiene que resolver aclaraciones enviadas por el equipo jurídico de la cartera, y hasta que no lo hagan, no está en firme el fallo. 
“En efecto, en ejercicio de los instrumentos procesales con que cuenta toda persona natural y jurídica en el Estado colombiano, esta cartera ministerial radicó ante la Corte Constitucional sendas solicitudes de aclaración de los autos 2049 de 2024 y 007 de 2025, en virtud de lo cual las citadas providencias sólo quedarán ejecutoriadas y en firme una vez se resuelvan las solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Código General del Proceso”, aseguró el Ministerio de Salud a través de un comunicado
La cartera enfatizó en que, teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, no ha incumplido orden alguna de la Corte Constitucional, porque la decisión solo quedará en firme cuando el alto tribunal responda los cuestionamientos que le hicieron.
Corte Constitucional

Hasta que la Corte Constitucional no resuelva las dudas de Minsalud, no estarán en firme los autos. Foto:Corte Constitucional

En ese sentido, la solicitud de aclaración realizada respecto del auto 2049 de 2024 está fundamentada, de acuerdo con el Ministerio, “en inconsistencias detectadas en el documento, que generan incertidumbre sobre la naturaleza del auto, los plazos establecidos y la coherencia de las órdenes impartidas”.
Por lo tanto, las órdenes de la Corte Constitucional no están en firme hasta que el alto tribunal resuelva los siguientes interrogantes hechos por el Gobierno:
  • Según la cartera sanitaria, no está claro si el auto se limita a abrir un incidente de desacato contra el Ministro de Salud y Protección Social o si también introduce nuevas órdenes dentro del seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, lo que genera incertidumbre sobre su alcance y finalidad.
  • Además, el Gobierno señala que el auto hace referencia a un considerando inexistente: en el numeral 5.1 de la parte resolutiva, se menciona el considerando 128, el cual no existe en el auto 2049 de 2024, ya que este solo cuenta con 115 considerandos.
  • Por otro lado, en cuanto a los plazos vencidos para el pago de presupuestos máximos, donde se ordena pagar los presupuestos máximos de julio a octubre de 2024 antes de finalizar la vigencia de ese año, el Minsalud señala que la notificación del auto se realizó en enero de 2025, cuando dicho plazo ya había expirado.
  • También enfatizan en que hay incompatibilidad con la normativa vigente, dado que la orden de pago de los presupuestos máximos dentro de los primeros 15 días de cada mes en 2025 no tiene en cuenta el procedimiento establecido en la Ley 1955 de 2019 y en la Resolución 067 de 2025, lo que podría generar conflictos en su aplicación.
  • Finalmente, destacan, el auto hace referencia a literales inexistentes en los numerales 6.5 y 7 de la parte resolutiva, donde se mencionan los literales “a), b) y d)” como base para el cumplimiento de ciertas órdenes, pero estos no existen en el documento.
Por otro lado, sobre la solicitud de aclaración realizada respecto del auto 007 de 2025, la cartera también solicitó una aclaración a la Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008 respecto al Auto 007 de 2025 relacionado con la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Hasta la fecha tampoco no ha obtenido respuesta a los interrogantes que presentó, que son los siguientes:
  • De acuerdo con el Gobierno, se detectan contradicciones e incongruencias en la decisión de declarar insuficiente la UPC de 2024, dado que la mayoría de la Sala no aportó el estudio técnico que demostrara la presunta insuficiencia y dejó de valorar el estudio técnico que, elaboró de conformidad con sus competencias legales, el Ministerio de Salud y Protección Social y que demostró objetivamente su suficiencia.
  • Por otro lado, dicen, tampoco se aportaron, por parte de la mayoría de la Sala, los estudios técnicos que sustenten la existencia de un supuesto rezago en las vigencias 2021-2023. La mayoría de la Sala tampoco especifica si dicho rezago es financiero, operativo o si está relacionado con costos específicos de atención. Además, según señalan la cartera observa una aparente contradicción en la orden, dado que se ordena un reajuste para 2021-2023, cuando la insuficiencia se declaró para la vigencia 2024.
  • Asimismo, en caso de que el reajuste deba aplicarse retroactivamente, la cartera se pregunta si se deberán realizar pagos adicionales a EPS en los años siguientes.
  • De igual forma, la cartera dice tener serias dudas sobre la competencia de la Sala Especial de Seguimiento para modificar la metodología de cálculo de la UPC, lo que podría entrar en conflicto con normativas vigentes y competencias exclusivas del Ministerio de Salud. Por eso, el Ministerio se cuestiona si en este caso se estaría modificando la normativa vigente sin un proceso legislativo y teme que funcionarios del Ministerio puedan ser sancionados disciplinaria o penalmente por aplicar decisiones que contradigan las normas ya establecidas.
  • Finalmente, según la cartera existen ambigüedades sobre la estructura y funcionamiento de la mesa técnica de seguimiento, en especial sobre quién la presidirá, cómo se regulará su operatividad y si se requiere socialización previa de su reglamento. El Ministerio de Salud se pregunta si debe establecer un marco normativo para el funcionamiento de la mesa y si dicho reglamento técnico debe ser objeto de consulta pública conforme a la Ley 1437 de 2011.
Crisis salud

La crisis actual del sistema de salud responde, sobre todo, a temas financieros. Foto:Eduardo S. - CEET

“En consecuencia, la cartera solicitó una oportuna aclaración ante estas dudas para garantizar el debido proceso y evitar interpretaciones erróneas en la ejecución de las órdenes. El Ministerio de Salud y Protección Social sigue comprometido por mejorar la salud de todos los colombianos, actuando conforme a la Constitución Política y las leyes, así como respondiendo en Derecho a todas las solicitudes y requerimientos de las autoridades competentes”, destacó el Ministerio.
EDWIN CAICEDO
Periodista de Medioambiente y Salud
@CaicedoUcros

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