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Luego de decisión de Uber en Reino Unido, ¿qué pasará en Colombia?
La plataforma cumplirá decisión judicial y les pagará salario mínimo y vacaciones a conductores.
Este martes, Uber anunció que cumplirá el fallo de la Corte Suprema de Reino Unido, que a finales de febrero pasado lo obligó otorgarles el estatus de trabajadores a los conductores de la plataforma, por lo que deben recibir beneficios sociales.
La aplicación señaló que después de realizar una consulta entre los conductores decidieron darles un salario mínimo y vacaciones pagadas a las más de 70.000 personas que utilizan la plataforma prestando el servicio de reserva de vehículos.
Esto es un cambio total a la forma en la que Uber ha operador en los países, ya que el modelo de la app contempla que los conductores son independientes y autónomos, por lo que es la primera vez que decide aceptar esa figura de trabajador.
“Nuestra decisión significa que los conductores de Uber recibirán pago de vacaciones y se les garantizará al menos el salario digno nacional (como piso, no como techo, lo que significa que podrán ganar más, como lo hacen hoy). Y los conductores elegibles que quieran una pensión recibirán una”, señaló Dara Khosrowshahi, director ejecutivo de Uber, en una columna de opinión en el diario británico Evening Standard.
Así mismo, Khosrowshahi aseguró que desde la compañía reconocen que la aplicación funciona de manera distinta en los países. “Lo que tiene sentido para el Reino Unido puede no serlo para Polonia, Paraguay o Pensilvania. Es la naturaleza de los negocios querer consistencia. El futuro del trabajo es un problema demasiado grande para una solución única para todos, y eso está bien”, detalló.
Además, la cabeza de la plataforma precisó que han solicitado actualizaciones en los marcos legales en Estados Unidos y en la Unión Europea, con el fin de que se les garantice a los trabajadores independientes la protección social, pero sin eliminar el factor de flexibilidad de que permite la plataforma.
En este sentido, Uber aclaró que el modelo laboral de ‘worker’ con el que cuenta actualmente Reino Unido se ajusta a los lineamientos que ellos consideran debe tener el marco normativo respecto a este tema.
Vale aclarar que en Gran Bretaña la figura de ‘worker’ es diferente a la de un contratista independiente o un trabajador en Colombia. Esa categoría laboral solo está contemplada por el país europeo.
“Los socios conductores registrados en la aplicación de Uber en el Reino Unido mantendrán la flexibilidad de escoger cuándo y dónde conducen bajo las condiciones establecidas para esta nueva clasificación y, por ende, no tendrán las mismas protecciones de las que gozan los empleados”, detalló Uber en Colombia.
Con el estatus de ‘worker’, los conductores en Reino Unido recibirán por lo menos un salario mínimo, que equivale a unos 12,12 dólares la hora. Aunque en promedio, un de la app puede recibir unas 17 libras en Londres y 14, en el resto del país.
Esto se suma a otros beneficios que ya tenían los conductores en este país, que son el gratuito a un seguro médico y la indemnización por permiso parental.
Uber anunció un plan de despidos en todas sus oficinas del mundo. Foto:AFP
¿Qué pasa en Colombia?
Desde que Uber el año pasado salió del país por cerca de un mes por una decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio, que consideró que la plataforma incurrió en competencia desleal por desviación de la clientela, en Colombia se han radicado diferentes proyectos que buscan reglamentar este tipo de plataformas en el país.
Entre estas están el proyecto de Ley 003 de 2020, el proyecto de Ley 174 de 2020, el proyecto de Ley 185 de 2020, el proyecto de Ley 199 de 2020, el proyecto de Ley 242 de 2020 y el proyecto de Ley 406 de 2020.
Para finales de 2020, la Cámara de Representantes le solicitó a la Comisión Sexta de esta célula legislativa unificar, a través de una ponencia, los proyectos antes mencionados, lo que llevó a que el 16 de diciembre se radicara una ponencia positiva para primer debate del proyecto de Ley 003 de 2020, acumulado con el 174, 185, 199, 242 y 406.
La ponencia establece que se crea y regula la categoría del servicio de movilidad colaborativa en vehículo particular intermediado por plataformas tecnológicas. Además, se crean medidas de libertad tarifaria, teniendo en cuenta la demanda del mercado y una tarifa dinámica. También se determina que el pasajero debe conocer el precio sugerido por el servicio antes de aceptarlo, calculado por medio de algoritmo considerando variables como la hora, el tráfico, clima, longitud del trayecto, entre otros.
El proyecto agrega también que la Superintendencia de Transporte, el Ministerio de las TIC y el Ministerio de Transporte actuarán como entes de vigilancia y control en esta nueva categoría.
Además, se contemplan unas condiciones mínimas para la operación, como registro en el Runt, verificación de antecedentes y un máximo de antigüedad de 10 años para los vehículos y que los conductores no presten el servicio por más de ocho horas ininterrumpidas.
La iniciativa incluye la creación de un fondo para la movilidad y la infraestructura, el cual corresponde al 1 por ciento de la totalidad del recaudo de los viajes intermediados por las aplicaciones.
Los conductores deben tener una licencia B1, la cual debe ser renovada cada tres años y la exigencia de seguros en las plataformas. A su vez, ya no existirán los cupos de taxis y se contempla un plan de compensación para las personas que tienen inversiones bajo esta figura.