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Noticia
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Polémica en la Amazonia: comunidad indígena autorizó minería, pero Minambiente la bloqueó
Usando un decreto del Gobierno que la vuelve autoridad ambiental, la comunidad aprobó la acción.
En el Guainía el 100 % de la minería de oro es ilegal. Foto: iStock
En octubre del año pasado, el Gobierno, a través del Ministerio de Ambiente, expidió el decreto 1275 de 2024 por medio del cual se le otorgan competencias ambientales a las autoridades indígenas.
Dicha normativa, según advirtieron varios expertos, podría traer problemas de competencias e incluso ya tiene demandas ante el Consejo de Estado. Casi cinco meses después, esas advertencias se materializaron en una discusión jurídica que hoy tienen un resguardo indígena del Guainía y el Minambiente.
Hace año y medio, el 21 de junio de 2023, ante el Ministerio de Ambiente, el Resguardo Indígena Remanso-Chorrobocón, ubicado al nororiente del Guanía, en cercanías al río Inírida y al río Atapabo, había solicitado la sustracción de 1.043 hectáreas de la Reserva Forestal de la Amazonia (establecida por la Ley Segunda de 1959), para el desarrollo de un proyecto minero de explotación de oro y sus concentrados. Sin embargo, el pasado 22 de enero, y utilizando las facultades que le entregaban el decreto 1275, aprobaron la sustracción, sin esperar el visto bueno de la cartera ambiental.
De a poco, la deforestación va destruyendo el bosque virgen de la Amazonia. Foto:Edwin Caicedo. EL TIEMPO
Tan solo un día después, el Ministerio de Ambiente negó, mediante la Resolución 0078 del 23 de enero de 2025, la solicitud del Resguardo Indígena para la sustracción de esta zona de selva.
Una sustracción es básicamente cuando un área deja de hacer parte de una reserva y allí se pueden desarrollar actividades comerciales como minería o explotación de hidrocarburos.
“El decreto 1275 no faculta a los resguardos para adelantar sustracciones, y decisiones de este tipo van en contra de su espíritu y alcance”, señaló el Ministerio.
Dicho choque de visiones ahora tiene tambaleando la validez jurídica del decreto que buscaba entregar nuevas facultades a las comunidades indígenas. Por ahora, el Ministerio se mantiene en que el resguardo no puede aprobar dicha sustracción. Mientras tanto, la comunidad sostiene que sí pueden, y que, si la cartera ambiental insiste en que no están facultados, entonces tendrá que ser un juez el que dirima el conflicto.
“Nosotros estamos esperando que la autoridad ambiental nos apruebe la licencia o bien nos demande o demande la resolución que sacamos. Para que un estrado judicial nos diga si tenemos o no tenemos razón”, aseguró César Florez Clarín, gobernador del cabildo del Resguardo Indígena Chorro Bocón.
En diálogo con EL TIEMPO, Florez insistió en que el decreto sí les da facultades para aprobar sustracciones y que, además, ya se realizó una consulta previa en la comunidad que aprobó el desarrollo de estas actividades.
En ese sentido, por el momento ya se están preparando para iniciar la extracción minera y ya informaron a la Presidencia, a la Agencia Nacional de Minería y al Ministerio de Minas de que su intención es realizar extracción de oro en esta zona selvática.
La minería ilegal tiene graces impactos en el ecosistema. Foto:Policía de Colombia
Florez puntualizó en que en esta región “se vive de la minería ilegal” y lo que busca su comunidad es que se siga practicando, pero con menor impacto ambiental.
“Hasta el momento nosotros seguimos firmes y seguimos defendiendo ese proyecto. La intención en ningún momento es hacer daño, por eso le presentamos al Gobierno Nacional un Plan de Trabajo Ambiental de cómo es que nosotros queremos trabajar la minería dentro del resguardo. (...) La mayoría de personas en el Guainía trabajan en la minería ilegal. Inírida es la capital del departamento y si no hay minería ilegal en el Guainía se muere Inírida, porque la mayoría de la gente vive de esta práctica”, aseguró Florez.
De acuerdo con el informe ‘Colombia Explotación de Oro de Aluvión’ del Ministerio de Minas y Energía y la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc), en este departamento el 100 por ciento de las actividades de explotación de oro de Aluvión (Evoa) y coltán, en 2021, fue llevada a cabo de manera ilegal.
En ese sentido, el gobernador del cabildo señaló que la opción que les ha ofrecido el Gobierno es desarrollar otros proyectos productivos, pero dice que hasta ahora no se han hecho presentes para apoyar a su comunidad.
“El Gobierno no entiende las necesidades de las comunidades indígenas. Nos están diciendo que cambiemos ese proyecto por otro que no afecte de manera significativa el ecosistema. Pero el Gobierno no hace presencia en el territorio. En los resguardos indígenas la presencia del Gobierno es nula. No hay inversión, no hay proyectos productivos que ayuden a mejorar la calidad de vida de los habitantes”, agregó Florez.
La viabilidad jurídica del decreto 1275
El decreto 1275 ha sido ampliamente cuestionado desde que fue presentado por el Ministerio de Ambiente. En julio de 2024, Asocars, en representación de las Corporaciones Autónomas Regionales, advirtió al Minambiente de forma categórica la crítica situación jurídica, funcional y conflictos de competencia que podría traer el decreto.
“Desde Asocars, que representa a las 33 corporaciones, advertimos de forma categórica, desde julio, antes de expedición del decreto, sobre el choque de competencias frente a las autoridades ambientales instituidas, incluido Minambiente, y advertimos sobre la crítica situación jurídica, funcional y conflictos de competencia que traería consigo la sanción o ejecución del decreto, en el que, además, alertamos vicios de inconstitucionalidad y de inconveniencia. Hoy esas advertencias se materializan, con hechos que no aportan a la solución de la situación ambiental regional, antes entorpece y genera conflictos regionales y afecta la gestión de las autoridades ambientales”, destacó Yesid González Duque, director ejecutivo de Asocars.
De acuerdo con las corporaciones, el decreto lesiona de forma severa la autonomía y competencias de las 33 corporaciones autónomas del país.
“Este decreto se suma a las decisiones del Gobierno Nacional vía decreto, como el ATEA (Decreto ley 1094 de 2024) que sirve de base al Decreto 1275 de 2024; el de reservas de recursos naturales de carácter temporal en el marco del ordenamiento minero-ambiental (Decreto 044 de 2024), y el de Zonas de Reserva Campesina (Decreto 1147 de 2024); los cuales, vulneran el régimen de autonomía de la Corporaciones, generan conflictos regionales; afectan o entorpecen la gestión de las autoridades ambientales, y su implementación crea una crítica situación jurídica, funcional y conflictos de competencia, en los que, además, se observan vicios de inconstitucionalidad y de inconveniencia”, agregó Asocars.