Accidentes laborales: ¿pueden despedirlo si no se compromete a su recuperación física?

Las ARL deben garantizar las condiciones de prestación de los servicios de rehabilitación integral.

Luego de un accidente con incapacidad temporal, el empleado debe comprometerse con su recuperación. Foto: iStock

PeriodistaActualizado:
Cuando un trabajador sufre un accidente realizando sus labores, es necesario que el empleador se comunique primero con la ARL para saber el paso a seguir.
Muchas de estas situaciones pueden acarrear hospitalizaciones e incluso retiro del trabajador, depende de la gravedad del accidente.
Cuando una enfermedad laboral o accidente de este tipo provoca una incapacidad temporal en el empleado, este debe comprometerse a su recuperación en casa o las terapias a que haya lugar, si no lo hace, el empleador podría decidir dar por terminado su contrato laboral.
Según lo registrado en el Manual de Procedimientos del Programa de Rehabilitación y Reincorporación Laboral, el trabajador debe comprometerse a “la reincorporación laboral y ocupacional y su autocuidado; participando con el cuidador o su familia como red de apoyo”, lo que indica que debe aportar información veraz respecto a su estado de salud, acatar las recomendaciones y asistir a las sesiones de rehabilitación integral.
Este manual fue aprobado mediante la Resolución 3055 de 2022 y también anota cuáles serían las situaciones de abuso de este derecho y las sanciones a las que podría incurrir una persona.
Cuando la ARL informe que el trabajador no ha seguido los tratamientos y recomendaciones, no ha asistido a las terapias y valoraciones ordenadas por el médico tratante o haya alteraciones en los certificados de incapacidad o de asistencia al curso de esta, la entidad será la que imponga las sanciones pertinentes.
En el caso de que el trabajador busque el reconocimiento del pago de la incapacidad en la ARL y EPS, generando un doble cobro o que se detecte que el trabajador está obteniendo ingresos en una actividad alterna que le impide la recuperación total, será la Fiscalía General de la Nación la que tome cartas sobre el asunto y serán la ARL y el empleador los que aporten las pruebas pertinentes para que se considere si existen hechos punibles.
Además, el empleador, ante el incumplimiento del manual por parte del empleado, puede hacer llamados de atención, suspensión del trabajo e incluso terminación del contrato porque esta se constituirá como una justa causa para dar por finalizada la relación laboral.
LUZ ANGELA DOMÍNGUEZ CORAL
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO

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