En Colombia, como parte de los requisitos para recibir un título profesional,se debe realizar un periodo de trabajo de campo en el que se ponen en práctica los conocimientos adquiridos en el programa universitario.
A este tiempo de trabajo se le llama prácticas profesionales.
Desde el año 2021, las prácticas laborales se consideran experiencia laboral y pueden ser anexadas a la hoja de vida, según se establece en el Decreto 616 del Ministerio del Trabajo.
A través de esta ley, se esperaba romper con las brechas de empleabilidad que enfrentan los profesionales recién graduados, debido a que muchas empresas exigen años o meses mínimos en el ejercicio para poder contratar.
De acuerdo con los artículos 1 y 3 de la Ley 2043 de 2020, se reconoce como experiencia a aquellas prácticas realizadas en el sector público y/o privado. Siendo este trabajo considerado como actividades formativas desarrolladas por estudiantes de programas de formación durante un tiempo determinado y en un ambiente laboral real en el que desempeñe asuntos relacionados con su área de estudio o formación.
La universidad deberá acompañar este proceso y calificarlo, sin embargo, hay que tener en cuenta que ese requisito se tendrá que efectuar en condiciones laborales adecuadas.
En Colombia las prácticas son un requisito académico para que el estudiante pueda completar sus estudios, por esa razón, no son remuneradas de forma obligatoria. Cada empresa tendrá la libertad de definir si existe o no una remuneración. Sin embargo, el Gobierno Nacional ha impulsado a que los estudiantes tengan un reconocimiento a su trabajo de forma monetaria.
Según la Resolución 3546 de 2018 del Ministerio de Trabajo, por la cual se regulan las prácticas laborales, el estudiante podrá pactar con la empresa el pago de un auxilio de práctica que corresponda al menos con 100% del salario mínimo legal mensual vigente.
No obstante, en los temas de seguridad social y riesgos laborales, es obligatorio que el estudiante cuente con las afiliaciones necesarias al sistema de salud y ARL, esta última siendo responsabilidad de la empresa.
Según Linkedln, la remuneración para los practicantes varía, pero hay una constante que está fijada en un 75 % del salario mínimo legal vigente, el cual corresponde actualmente a 1.160.000 pesos colombianos. Es decir que, en promedio, un practicante recibe 870.000 pesos.
De igual forma, la plataforma de empleo y reclutamiento ‘Talent.com’ dio a conocer que en Colombia los practicantes pueden ganar entre 1.117.938 y 3.375.000. Dependiendo del perfil profesional, el trabajo y el área de reclutamiento.
Sin embargo, según los datos de la aplicación, el promedio salarial es de 1.250.000 pesos
Hay que aclarar que dicha remuneración no es fija y que el monto lo determina cada compañía con base en sus necesidades y funciones que cumplirá el estudiante durante el período que sea requerido.
Hay que destacar que en las pasantías no existe una vinculación laboral ya que las personas que participan son estudiantes.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, esto significa que no son reguladas por la Legislación laboral del Código Sustantivo del trabajo. Sin embargo, en este caso existe una forma especial de vinculación dentro del Derecho Laboral: Contrato de aprendizaje.
En el Decreto 933 de 2003, se establece que es una forma de "vinculación, sin subordinación y por un plazo no mayor a dos (2) años en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación autorizada con el auspicio de una empresa patrocinadora que suministra los medios para que adquiera formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación dentro del manejo istrativo, operativo, comercial o financiero propio".
Para garantizar un ejercicio apto para los estudiantes, se debe tener en cuenta que:
En el proceso se debe garantizar la figura del tutor y el monitor como parte del mecanismo de supervisión de las prácticas laborales y de la elaboración de un plan de trabajo. Siendo el tutor, un trabajador de la empresa y el monitor, docente de la institución.
La duración de las prácticas laborales varía según el caso, pero, normalmente, son 6 meses. Ese periodo puede ser más largo o corto dependiendo del programa al cual esté aplicando. Sin embargo, no puede ser mayor a 2 años.
Las horas de trabajo diarias son adaptables según un acuerdo de voluntades entre el empresario y el joven practicante. Sin embargo, no podrá superar la jornada máxima legal, es decir, 8 horas diarias y 48 horas semanales.
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