A pesar de que Colombia fue el primero en la región que reconoció el derecho a una muerte digna, todavía no se logra reglamentar este derecho, pese a haberse presentado y tramitado por lo menos 14 propuestas legislativas desde 1998. Es por eso que el senador Humberto de la Calle presentará este lunes un proyecto de Ley estatutaria con el cual busca regular el procedimiento y mejor así el del mismo para quienes lo requiera.
De la Calle habló con EL TIEMPO y señaló que el objetivo del proyecto es reglamentar, como lo ha pedido la Corte, el derecho y la ruta de que tendría una persona que decide acceder una muerte médicamente asistida.
Así sería la ruta de la muerte médicamente asistida según el proyecto de Humberto de la Calle. Foto:CEET
“Parto de la base de que el Congreso ya no puede seguir demorándose en afrontar este tema. Existen vacíos que tienen que ser regulados. Hay problemas con la objeción de conciencia, con el tema de las personas en situación vegetativa, con el asunto delicadísimo de los niños y la obligación de eliminar barreras por parte de las IPS (hospitales y clínicas) para el ejercicio de este derecho fundamental. Seguramente habrá una discusión muy profunda y es bienvenida. Yo confío en que logremos salir adelante”, asegura De la Calle.
De acuerdo con el congresista, tras más de 28 años del reconocimiento del derecho a morir con dignidad en la jurisprudencia y 7 años de implementación de normativas, las personas que buscan acceder a este procedimiento enfrentan al menos 14 barreras. Estas van desde la negación del derecho mismo, hasta fallos en el sistema de salud y la carencia de planificación en directivas anticipadas para una muerte digna.
Muerte médicamente asistida en el mundo. Foto:EL TIEMPO
“La primera barrera es la del consentimiento sustituto, que es precisamente las personas que no pueden expresar su decisión de acceder a este procedimiento y eso no debe significar que no tengan derecho a buscar una solución de esta naturaleza. También existe un estigma sobre las enfermedades mentales, porque hay quienes sostienen que el enfermo mental carece de este derecho, por su condición. Asimismo, existe una ausencia de rutas y redes de servicios entre las IPS ante la imposibilidad de resolver el problema o tramitarlo a través de su propia entidad para que se designe una IPS distinta, porque no en todas las instalaciones de salud existe la posibilidad de hacerlo, entre otras”, señala De la Calle.
Humberto de la Calle en entrevista con el periódico El Tiempo . FOTO MAURICIO MORENO EL TIEMPO CEET Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO
Barreras específicas que elimina o regula el proyecto
Barrera que impide el consentimiento sustituto: En pacientes en estado vegetativo o incapaces de expresar su voluntad, se permite usar un documento de voluntad anticipada o el consentimiento sustituto por parte de un familiar o representante legal para la muerte médicamente asistida. Debe considerarse el mejor interés del paciente y su posible voluntad si estuviera consciente, sin necesidad de ambos requisitos, uno de ellos es suficiente.
Barrera de seguridad jurídica: Permite que se pueda ejercer el derecho fundamental sin depender de las regulaciones de la Superintendencia de Salud. Exigencia de requisitos que superan los establecidos por la Corte Constitucional. A través de este PLE se logra reglamentar el procedimiento médicamente asistido.
Barrera nexo causal: Elimina el nexo causal entre la enfermedad y el sufrimiento. La enfermedad no tiene que necesariamente estar en estado terminal, la valoración se establece desde el reconocimiento de la propia dignidad del paciente.
Barrera estigma salud mental.
Barrera de ausencia de rutas y redes de servicios de MMA (Muerte médicamente asistida).
Barrera de desconocimiento sobre el al derecho y de herramientas como el Documento de voluntad anticipada (DVA): El DVA anticipa la voluntad sobre cuidados paliativos, esfuerzos terapéuticos y muerte médicamente asistida, asegurando autonomía y libertad de la persona que lo firma, incluso si luego no puede expresar su voluntad. El otorgante siempre conserva su derecho a decidir y expresar su voluntad actual.
Según De la Calle, el país gana mucho con un proyecto de este estilo, porque, además, está enfocado en solo quienes lo necesitan y lo requieran y lo que hace es dar libertades a las personas para que estas, a conciencia, definan si quieren solicitar una muerte médicamente asistida.
“Primero, evitar sufrimientos innecesarios en las personas. Quiero reiterar una vez más que esto es voluntario. Nadie está diciendo que es obligatorio. Y en ese sentido, se trata de garantizar que ese derecho esté a disposición de quien desee tomar esta decisión. Me parece que garantiza un final de la vida en condiciones de higiene, de responsabilidad médica, porque todavía una buena parte de estos eventos son clandestinos y se realizan en condiciones infrahumanas. Considero que es un avance en un deseo que es voluntario”, destaca.
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