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Aborto: Cristina Pardo se declara impedida y conjueces definirán recusación
Más de 50 recusaciones contra Juan Carlos Henao fueron rechazadas, pero una la resolverán conjueces.
Frente a la Corte Constitucional, un plantón de feministas se manifiesta contra la aprobación del aborto en Colombia Foto: Cesar Melgarejo. EL TIEMPO
Aunque se esperaba que la Sala Plena de la Corte Constitucional llegara a un acuerdo sobre las múltiples recusaciones que ciudadanos y organizaciones sociales presentaron en contra de la magistrada Cristina Pardo y del conjuez designado Juan Carlos Henao, en el debate sobre la posible despenalización del aborto en Colombia, esto no sucedió.
En Sala Plena, en primer lugar, la magistrada Pardo se declaró impedida para participar en el debate luego de fuera recusada por la corporación Sisma Mujer por haber objetado conciencia en un asunto que involucraba el aborto cuando fue Secretaria Jurídica de la Presidencia.
En aras de la absoluta transparencia, presento ante la Sala Plena impedimento para participar en el debate y decisión de las demandas de la referencia: Cristina Pardo
En el impedimento, la magistrada Pardo explicó que en dicho cargo, recibió un proyecto de ley en el que se adoptaban medidas para garantizar el a la justicia de las víctimas de violencia sexual, que incluían mención al derecho que tienen las víctimas de este delito de abortar, que es una de las causales despenalizadas en la sentencia C-355 de 2006 de la Corte.
"Como fundamento de dicha objeción, expliqué que si bien los artículos que se referían a lo anterior podrían ser entendidos como constitucionales a la luz de la sentencia C-355 de 2006, yo no compartía tal sentencia. En tal virtud, solicité al señor Presidente aceptar mi objeción y nombrar un secretario jurídico ad hoc para conceptuar sobre el mencionado proyecto de ley, lo cual efectivamente sucedió", explicó.
La magistrada Pardo dijo que si bien su declaración de objeción de conciencia dejó en claro que la sentencia de 2006 es obligatoria, se declara impedida para total transparencia en el marco del debate actual sobre la despenalización del aborto.
"Aunque el problema jurídico propuesto en las demandas que se tramitan en los
expedientes de la referencia no se dirige debatir lo resuelto por la Corte
Constitucional en la Sentencia C-355 de 2006, sino que persiguen su despenalización total, algunos ciudadanos podrían inferir que de la objeción de conciencia presentada por mi en el año 2014 puede concluirse que frente a lo que solicitan los demandantes en esta ocasión yo tendría una posición negativa, derivada de un supuesto interés moral", dijo Pardo.
"Por lo anterior, en aras de la absoluta transparencia que debe presidir el ejercicio
de la función judicial, presento ante la Sala Plena impedimento para participar
en el debate y decisión de las demandas de la referencia", dijo la magistrada en el impedimento.
El asesor jurídico del Gobierno y rector de la Universidad Externado, Juan Carlos Henao. Foto:Juan Manuel Vargas / EL TIEMPO
De otro lado, la Corte Constitucional estudió más de 50 recusaciones en contra del conjuez designado Juan Carlos Henao.
En este caso, se rechazaron por unanimidad múltiples recursos, al estimar que los mismos eran extemporáneos o que quiénes los presentaron no tenían la legitimidad para hacerlo.
No obstante, en una de las recusaciones, no hubo acuerdo. EL TIEMPO estableció que frente a una recusación en particular, hubo una votación 4-3, dado que no participaron en ella el propio Henao y la magistrada Pardo.