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Noticia
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Consejo de Estado tumbó la inhabilidad que pesaba contra el parapolítico Juan Carlos Martínez Sinisterra: ponente del fallo trabaja hoy con el Gobierno
En el marco de la controversia por los derechos políticos de los funcionarios de elección popular, EL TIEMPO conoció esta decisión que pasó desapercibida por meses.
EL TIEMPO conoció que la Sección Segunda del Consejo de Estado tumbó la sanción de destitución e inhabilidad por 20 años que la Procuraduría General de la Nación, en tiempos de Alejandro Ordóñez Maldonado, le impuso al exsenador Juan Carlos Martínez Sinisterra por sus nexos con el paramilitarismo.
Esta decisión, adoptada el 6 de junio y con ponencia del magistrado César Palomino, actual director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, pasó de agache en los últimos meses y se convierte, quizás, en la 'cereza del pastel' de la controversia entre la Procuraduría y la sección del Consejo de Estado que está tumbando varias de sus sanciones disciplinarias, invocando la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el fallo Petro Urrego Vs. Colombia.
Martínez, oriundo de Timbiquí, Cauca, y exintegrante de los partidos Liberal y Convergencia Ciudadana y del Movimiento Popular Unido-MPU-, con el que llegó al Senado en 2002, fue inhabilitado en 2014 por haber recibido apoyo del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia para dichas elecciones, en las que logró una curul con 58.723 votos.
Juan Carlos Martínez Sinisterra, exsenador. Foto:archivo
Por estos mismos hechos, por aliarse con 'paras' y narcotraficantes, Martínez fue condenado en 2011 por la Corte Suprema de Justicia a 7 años y 6 meses de cárcel. Pero dicha condena ya la purgó.
La Corte lo condenó con base en el testimonio del narcotraficante Éver Veloza, alias 'H.H.', quien habló de un respaldo de las Auc para 'el Negro', a petición de los hermanos González Rivas y del extraditado narco Holmes Durán Ibárgüen, 'el Doctor'.
Otro proceso contra Martínez que se desprendió de su condena, por presuntamente haber recibido 300 millones de pesos de un integrante de la estructura de Luis Hernando Gómez alias Rasguño, excapo del Cartel del Norte del Valle, prescribió en septiembre de 2019.
Los detalles del fallo del Consejo de Estado a favor de Juan Carlos 'el Negro' Martínez
En 2016, cuando 'el Negro' Martínez presentó una demanda pidiendo tumbar la sanción disciplinaria en su contra, su abogado no incorporó en sus argumentos ningún alegato relacionado con el artículo de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre los derechos políticos de los funcionarios de elección popular.
Juan Carlos Martínez Sinisterra, exsenador. Foto:Youtube
Fue el entonces magistrado César Palomino, que hoy dirige la Agencia de Defensa Jurídica del Estado por designación del presidente Gustavo Petro, quien fijó el problema jurídico del caso Martínez con un criterio basado en la Convención.
"La Sala encuentra suficiente motivación para anular los fallos disciplinarios acusados, por cuanto la sanción disciplinaria impuesta conllevó la restricción de los derechos políticos del demandante quien había sido elegido democráticamente como Senador de la República, contraviniendo lo consagrado en el artículo 23 de la CADH y la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Petro Urrego Vs. Colombia, razón por la cual se acceden a las súplicas de la demanda", indica el fallo de la Sección Segunda, con ponencia de Palomino, adoptado el pasado 6 de junio.
La alta corte, incluso, ordenó eliminar las anotaciones y antecedentes disciplinarios que le aparecían al 'Negro' Martínez.
"No le cabe duda a la Sala que, en virtud de la presente sanción disciplinaria, al demandante se le impidió acceder a futuros cargos públicos incluso a aquellos de elección mediante voto popular, debido a la respectiva anotación en las bases de datos de los antecedentes disciplinarios, de acuerdo con las previsiones del artículo 174 de la Ley 734 de 2002 que reguló lo relativo al registro de sanciones", dice el fallo.
César Palomino, cabeza de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado. Foto:Archivo particular
La sentencia, que también aparece firmada por el presidente de la Sección Segunda Juan Enrique Bedoya Escobar, asegura que la Procuraduría no tiene competencias para destituir a los políticos.
"Es evidente que los fallos disciplinarios aquí controvertidos fueron impuestos por una autoridad que no integra la rama judicial, que tienen la naturaleza de istrativos y que, por lo tanto, fueron emitidos sin competencia, desconociendo así las previsiones del derecho convencional", remata la decisión.
Arriba Bogotá 29 de noviembre | El Tiempo Foto:
La sentencia que tumbó la inhabilidad de Martínez Sinisterra fue suspendida por orden de la Sección Tercera del Consejo de Estado
En el mes de septiembre, la Sección Tercera del Consejo de Estado dictó una medida cautelar suspendiendo provisionalmente los efectos del fallo que benefició a Martínez Sinisterra, y a otros nueve políticos, a quienes la Sección Segunda les tumbó sus sanciones disciplinarias. La decisión obedeció a una acción de tutela presentada por la Procuraduría.
La decisión hace parte del choque que actualmente afrontan las secciones en dicha alta corte por cuenta de la aplicación del fallo Petro Urrego Vs. Colombia. Ha trascendido que dicho choque será resuelto la próxima semana con la unificación de una postura en la alta corte.
Actualmente, por cuenta de la decisión de la Sección Segunda, no aparecen antecedentes disciplinarios contra 'el Negro' Martínez.
Juan Carlos Martínez Sinisterra no presenta antecedentes disciplinarios. Foto:Procuraduría