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Noticia
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Corte fija fecha para exigir análisis sobre el cambio climático en las licencias ambientales
Concedieron una prórroga para actualizar los términos de los estudios de impacto ambiental.
Susana Muhamad, ministra de Ambiente Foto: LUIS ACOSTA
La Sala Plena de la Corte Constitucional le concedió un plazo de 24 meses al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para que actualice los términos de referencia genéricos de los Estudios de Impacto Ambiental (Eia) que se requieren para el otorgamiento de las licencias ambientales.
Desde el año pasado y por orden de la misma Corte, los estudios de impacto ambiental deben incluir un análisis sobre el cambio climático, es decir, de aquel fenómeno global que es entendido como un "factor de deterioro ambiental" por el que cambian a largo plazo las temperaturas y los patrones climáticos.
Los mencionados estudios son contratados por las empresas interesadas en el desarrollo de obras o proyectos que potencialmente pueden afectar al medioambiente. Pero el alto tribunal advierte que lo que hoy se exige en dichos estudios "resulta deficitario para alcanzar el estándar de protección constitucional del medio ambiente y de los recursos naturales".
La ANLA archivó la licencia ambiental para la obra de ampliación de la Autonorte Foto:
"La falta de inclusión de los impactos asociados a ese fenómeno climático en los estudios de impacto ambiental requeridos para la obtención de licencia ambiental, genera como consecuencia que el Estado no pueda cumplir adecuadamente con los deberes que se derivan de los artículos 79 y 80 de la Constitución, entre ellos, garantizar el derecho a gozar de un ambiente sano, proteger la diversidad e integridad del ambiente y planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar el desarrollo sostenible", indica un fallo del alto tribunal con ponencia del exmagistrado Antonio José Lizarazo.
¿Qué debe hacer el Ministerio de Ambiente con los estudios de impacto ambiental?
El fallo de la Corte establece que el Congreso de la República es el escenario democrático para establecer una regulación del licenciamiento ambiental que "incluya las variables, las medidas y las herramientas que el Estado debe utilizar para la evaluación de los impactos que en materia de cambio climático pueden producir los proyectos, obras y actividades cuya ejecución requiera autorización del Estado".
Pero la misma sentencia indica que, mientras se avanza en esa reglamentación -que puede tardar años o décadas-, el Ministerio de Ambiente debe fijar los lineamientos genéricos sobre los estudios de impacto ambiental.
"Lo anterior, a efectos de evitar que se persista en el otorgamiento de licencias ambientales por parte de las autoridades del país sin estudiar el impacto que el proyecto tendrá en materia de cambio climático, de cara a las particularidades generales de la actividad a licenciar. Por tanto, será el Ministerio de Ambiente el que fije los términos de referencia generales que atiendan en mejor medida los avances científicos, las particularidades de la población y del territorio, así como las características diferenciadas de las actividades de impacto ambiental que se ejecutan en el país", indica la decisión.
El grave daño ambiental en los Farallones de Cali Foto:Santiago Saldarriaga Quintero
¿Desde cuándo se exigirán los estudios con el impacto del cambio climático?
El fallo de la Corte había advertido que, para garantizar la seguridad jurídica de los proyectos que ya cuentan con licencia, el análisis del impacto sobre el cambio climático se exigiría en las solicitudes de licencia ambiental a partir del 1 de agosto de 2025.
El Ministerio de Susana Muhamad tenía un plazo de 6 meses para actualizar los términos de referencia, pero pidió un plazo adicional por tratarse de una orden "compleja y difícil de atender" que se está analizando con la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -Anla-.
La Corte le concedió un nuevo plazo de 14 meses para tal fin, y para hacer exigible el análisis del cambio climático en los estudios, a partir de la notificación de la sentencia, que se produjo el 11 de diciembre de 2024.
Quiere decir que a partir del 11 de diciembre de 2026 toda obra o proyecto que requiera una licencia ambiental, o que requiera una renovación de la misma, deberá cumplir con los nuevos requisitos que fije el Ministerio.
Diálogo con la representante de ONU Mujeres Colombia Foto:
"No se trata de elaborar nuevamente los términos de referencia previstos en el inciso tercero del artículo 57 de la Ley 99 de 1993, sino de actualizarlos con el fin de que las autoridades ambientales tengan la información adecuada para decidir acerca de la viabilidad ambiental de un proyecto, obra o actividad, y establecer deberes y obligaciones específicas de prevención, mitigación y adaptación al cambio climático", indica la decisión.