La Corte Constitucional exhortó al Gobierno para que estudie la posibilidad de incorporar como objetivo en el próximo Plan Nacional de Desarrollo y en la Ley que contenga el Plan Nacional de Inversiones, "la acción estatal y de las políticas públicas a su cargo” para superar el Estado de Cosas Inconstitucionales (ECI) en el sistema penitenciario y carcelario, y en los centros de detención transitoria como las estaciones de policía y las Unidades de Reacción Inmediata (URI).
El llamado de la Corte Constitucional busca que se establezca un programa de acción concreto para lograr esta meta en los próximos años, “con el esquema financiero que sea necesario y los mecanismos instrumentales que se requieran”.
Con ponencia del magistrado Jorge Ibáñez, el alto tribunal emitió un auto en el que, además, solicitó al Gobierno que una vez sean expedidos el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Nacional de Inversiones Públicas, informe a la Corte acerca de las acciones que ha adelantado o que planea adelantar de manera articulada con las entidades territoriales, encaminadas a la superación del ECI, especificando objetivos, metas de corto, mediano y largo plazo, y responsables.
La decisión cita datos de la Policía Nacional, que dice que, a diciembre de 2022, en las URI hubo un hacinamiento del 110,4 por ciento; en los CAI, del 280 por ciento; en las subestaciones de Policía, del 93 por ciento; y en las estaciones del 194 por ciento.
Frente a las URI, la Fiscalía General de la Nación le dijo a la Sala encargada de hacer seguimiento al ECI en los centros de detención transitoria, que en las Celdas Transitorias o Salas de Paso de las URI a cargo del CTI, en 15 seccionales, tiene una capacidad global para 435 detenidos.
"Sin embargo, la información remitida no es precisa con relación al total de personas actualmente privadas de su libertad y tampoco informa sobre su situación jurídica. Dependiendo del cálculo, se entendería que no hay un hacinamiento generalizado en las URI y su índice de ocupación se ubica entre el 74 % y el 84 %. No obstante, hay índices de hacinamiento focalizados en las Seccionales de Magdalena Medio (150 %) Atlántico (108 %), Cauca (80 %) y La Guajira (75 %)", agrega la decisión.
Este panorama "demuestra la afectación clara, real y cierta de los derechos fundamentales de la población privada de la libertad".
En ese sentido, para la Corte, este panorama "demuestra la afectación clara, real y cierta de los derechos fundamentales de la población privada de la libertad, lo cual hace necesario la adopción de la presente decisión. En otras palabras, la eficacia del Estado constitucional y social de derecho comporta lastimosamente la falta de una actuación estatal concreta y efectiva para atender la problemática del ECI penitenciario, carcelario y de los CDT”, señala el documento.
“Desde la declaratoria del ECI en el año 2013, el Estado colombiano no ha tomado las medidas adecuadas que permitan seriamente garantizar los derechos fundamentales de la población privada de la libertad, y el cumplimiento de los mandatos constitucionales”, agrega.
El auto también exhortó al Congreso de la República para que estudie y tramite las propuestas que el Gobierno presente “con el propósito de cumplir las citadas órdenes tendientes a resolver los problemas estructurales descritos”.
@JusticiaET
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