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La historia detrás de la condena contra hombre que agredió a su pareja por no contestarle el teléfono
La Corte Suprema dejó en firme la sentencia. Caso se registró en Bogotá. ¿De cuánto fue la pena?
No es hora de callar. Foto: Archivo ELTIEMPO

PERIODISTA JUDICIALActualizado:
Hace una semana, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió una demanda de casación presentada por un hombre contra la sentencia proferida en febrero de 2022 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, en relación a un caso de violencia intrafamiliar.
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Al percatarse, la mujer decidió devolverle la llamada, pero el hombre comenzó a insultarla y ella optó por colgarle.
“Tan pronto como la citada arribó al inmueble, el hoy procesado arremetió en su contra mediante agresiones físicas y verbales; tanto así que los peritos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses le dictaminaron incapacidad médica definitiva por 20 días y una secuela de carácter odontológico”, señaló la Corte.
Corte Suprema de Justicia Foto:Cortesía
Posteriormente, 18 de abril de 2018, la Fiscalía Gradicó escrito de acusación en contra del imputado en los mismos términos de la imputación, la cual se materializó el 24 de julio siguiente, ante el Juzgado Tercero Penal Municipal con función de Conocimiento de Bogotá, manteniéndose la calificación jurídica destacada.
Luego, el 29 de enero de 2019, se realizó audiencia preparatoria, y el juicio oral y público, se cumplió en sesiones del 27 de agosto de 2019, 15 de octubre de 2020, 14 de enero y 16 de marzo de 2021.
La Corte no casó la sentencia proferida el 22 de febrero de 2022 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. Foto:Cortesía
En segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá en providencia del 22 de febrero de 2022, confirmó la sentencia objetada.
Luego en julio de 2023, la defensa del condenado interpuso recurso extraordinario de casación.
El caso fue estudiado por el magistrado Gerson Chaverra Castro, señaló que los celos “descontrolados del procesado”, al estar motivado en el hecho de que la víctima no contestó sus llamadas telefónicas, evidencia que las agresiones ejecutadas en contra de ésta corresponden “a un patrón de control y dominación del acusado sobre su compañera permanente, basado en el prejuicio machista que tristemente aún pervive en la sociedad”.
Para el magistrado, “tal conducta, por representar un menoscabo a la dignidad de la mujer, merece un alto reproche punitivo, para lograr su visibilización y por esa vía deconstruir la histórica y vergonzante violencia de género”.
Entrevista con magistrado Gerson Chaverra Castro, presidente de la Corte Suprema de Justicia. Foto marzo 13 de 2024 Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO
Es por ello que ratificó que la conducta del procesado “constituye violencia de género”.
Por lo tanto, la Sala determinó no casar la sentencia proferida el 22 de febrero de 2022 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual se confirmó la condenatoria emitida el 5 de octubre de 2021.
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