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Noticia
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La ruta jurídica para el presidente Gustavo Petro con la decisión del CNE por la que habló del comienzo de un 'golpe de Estado'
Juristas hablan del fuero y explican los pasos que vienen en el proceso por presunta violación de topes electorales contra la campaña del presidente Gustavo Petro. Advierten cuándo podría caducar la acción del CNE.
El presidente Gustavo Petro ha hablado de la iniciación de un golpe de Estado por la decisión del Consejo Nacional Electoral. Foto: Presidencia
Con la apertura de una investigación istrativa en el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la formulación de un pliego de cargos en contra del presidente Gustavo Petro, en calidad de candidato presidencial, y en contra del gerente de su campaña, Ricardo Roa, se abren diversos interrogantes sobre los caminos jurídicos que eventualmente vienen para el jefe de Estado en este proceso por la presunta violación de los topes electorales.
Según el experto en derecho constitucional, Juan Manuel Charry, aunque el presidente de la República haya dicho en su cuenta de 'X' que "ha comenzado el golpe de Estado", el proceso que el CNE acaba de notificar en contra de su campañadebe cursar varios pasos antes de que, si quiera, se comience a hablar de la posibilidad de un juicio que llegue a afectar el fuero del primer mandatario.
"Hasta ahora se ha abierto la investigación formal, faltaría un pliego de cargos, los argumentos de defensa, pruebas, y que finalmente se llegara a la conclusión de que hubo una infracción al límite de financiación de las campañas, imponiendo sanciones de tipo istrativo al gerente de la campaña, y eventualmente, remitiendo copias a la Comisión de Acusación. Es decir, aún falta por tramitar la parte formal del proceso istrativo en el CNE", expresó Charry.
Presidente Gustavo Petro atendiendo a los medios mexicanos en la posesión de Claudia Sheinbaum. Foto:Presidencia
"¿Cuál es el rol de la Comisión de Acusación? Pues que en caso de que se hayan violado los topes, el artículo 109 de la Constitución dice que si el candidato que violó los topes resultó elegido, pierde el cargo. Y la Corte Constitucional, así como la ley que regula la elección presidencial, dicen que lo debe hacer el Congreso de la República en el trámite de un juicio de indignidad", añadió el jurista.
"Estamos aún lejos de que lleguemos a la apertura de un juicio político porque falta tramitar la parte formal en la investigación istrativa en el CNE donde seguramente la defensa, tanto de Ricardo Roa, el gerente de la campaña, como del candidato Petro tendrán sus argumentos para decir cómo fue la financiación y demás argumentos que deberán ser analizados por el CNE", agregó Charry.
El expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla, anota que "se trata del inicio de una investigación istrativa donde los vinculados podrán defenderse" y en el que tendrán las garantías que otorga la ley.
Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia, manifestó que en el CNE "se van a seguir recabando pruebas y se dará la posibilidad de que presenten descargos las personas vinculadas, implicadas".
Añade que "en modo alguno el CNE podrá tomar determinación sobre la finalización de periodo, o sanción disciplinaria o penal contra el presidente. Ello le correspondería al Congreso. Por eso la tesis del 'golpe blando' no tiene ningún asidero".
Andrés Caro, director de la Fundación para el Estado de Derecho, afirma que "la única vía para iniciar un proceso de pérdida de investidura del Jefe de Estado es a través de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes. A pesar de las declaraciones del señor presidente, no estamos ante un golpe de Estado sino ante el funcionamiento normal de las instituciones".
Acción del Consejo Nacional Electoral terminaría en mayo del 2025
Hernando Herrera advierte que la investigación en el CNE contra la campaña presidencial debe tener un pronunciamiento de fondo antes del 28 de mayo de 2025, so pena de que la acción investigativa caduque.
"Esto tendrá que rematar en una actuación antes del próximo 28 de mayo porque si no perdería competencia pues se originaría una caducidad de la acción, quiere ello decir, un plazo extintivo para que el Consejo Electoral pueda seguir adelantando. Por eso es muy importante que se esté pendiente de que no haya la incursión de maniobras irregulares".
Gustavo Petro, presidente de Colombia Foto:Presidencia
En contraste y apartándose de lo que dicen los demás juristas, el experto en derecho constitucional Germán Calderón España anota que, a partir de este momento, el CNE debe remitir el proceso contra el presidente Petro a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes. "Una autoridad istrativa no puede investigar al presidente de la República. El único juez natural, juez competente para investigarlo, es esta Comisión de la Cámara de Representantes, quien deberá hacer el estudio pertinente y las acciones investigativas y determinar si lo acusa ante el Senado de la República".