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Análisis
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¿Investigar toda muerte violenta de una mujer como feminicidio ayuda a su judicialización? Expertos analizan propuesta de la Fiscal General
Luz Adriana Camargo también habló de principios de oportunidad temporales en casos de violencia intrafamiliar.
Protesta en contra de las violencias contra las mujeres (foto de archivo) Foto: Santiago Saldarriaga
En Colombia, en los primeros cinco meses del año, se habrían presentado al menos 47 feminicidios de acuerdo con datos de la Defensoría del Pueblo, pero la cifra no ha parado. En el marco de esa realidad, la fiscal General, Luz Adriana Camargo, lanzó este 19 de junio una propuesta sobre la investigación de las muertes violentas de las mujeres y dijo que “la investigación de muerte violenta será por feminicidio, independientemente de que no se tenga indicio”.
Es de recordar que, de acuerdo con el artículo 104 A del Código Penal colombiano, un feminicidio es el asesinato de una mujer por su condición de serlo o por razones de su identidad de género. También se considera feminicidio si el agresor tiene o tuvo un relación familiar, íntima, de amistad o de otro tipo con la víctima; si ejerció sobre el cuerpo de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual o acciones de opresión; si cometió el delito aprovechándose de las relaciones de poder sobre la víctima.
La fiscal Luz Adriana Garzón en la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso de la República Foto:Fiscalía
Así mismo, este delito se configura cuando el agresor lo cometió para generar terror o humillación a quien se considere enemigo; cuando existen antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza en el ámbito doméstico, familiar, laboral o escolar; y cuando la víctima fue incomunicada o privada de su libertad de locomoción.
Si bien esa es la definición penal de feminicidio, la Fiscal General señaló en el marco de una sesión de la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer del Congreso de la República que es necesario que los “investigadores consideren esa hipótesis (la del feminicidio) y la tengan en el radar como la primera hipótesis de la probable causa de esa muerte violenta”.
¿Funciona para mejorar la investigación de feminicidios?
Analistas consultados sobre esta propuesta hablaron de los efectos que esto tendría en la investigación de las violencias contra las mujeres.
El abogado penalista Camilo Burbano señaló que esta no es una idea nueva de la fiscal Camargo, sino que desde la istración anterior de la Fiscalía se expidió un protocolo para investigar los feminicidios como primera hipótesis ante las muertes de mujeres.
Directiva 004 de 2023 de la Fiscalía, que da pautas sobre la investigación de feminicidios. Foto:Fiscalía
Se trata de la Directiva 004 del 5 de mayo de 2023, firmada por el entonces fiscal Francisco Barbosa, que señala que “en aras de garantizar los derechos de las mujeres, cuando los fiscales delegados tengan conocimiento de que se ha ocasionado o intentado ocasionar de manera violenta la muerte de una mujer o de una mujer trans, incluyendo los casos identificados inicialmente como suicidios, la primera hipótesis de la investigación penal debe consistir en que se trata de un feminicidio o tentativa de feminicidio”.
Podría ser útil pero no se puede exagerar, si no hay indicios, el feminicidio es una hipótesis válida; pero si ya hay indicios de todo lo contrario, es desperdiciar el tiempo: Burbano
Más allá de que esta ya es una directiva que venía aplicando el ente acusador, el abogado Burbano señaló que la presunción de que se trata de feminicidios “puede ser importante para que la investigación penal en estos casos se adecue de forma rápida a lo que se necesita en un caso de feminicidio y se recolecten las evidencias de manera más precisa y clara desde el principio”.
No obstante, el penalista advirtió que si bien esto puede ser útil, “no se puede exagerar, si no hay indicios, el feminicidio es una hipótesis válida; pero si ya hay indicios de todo lo contrario, es desperdiciar el tiempo”.
Ángela Milena Cabra Sierra, abogada de la Secretaría Distrital de la Mujer de Bogotá, coincidió en que atender los casos de muertes violentas de mujeres como feminicidios, como primera hipótesis, “es útil pues el delito de feminicidio reviste mayor gravedad y las autoridades jurisdiccionales están llamadas a adelantar el proceso penal dentro de un tiempo razonable y con más rigurosidad, en aras de alcanzar los postulados de verdad, justicia y reparación de las víctimas”.
Marcha contra la violencia hacia las mujeres. Foto:Archivo EL TIEMPO
La abogada agregó que si en la etapa de investigación, que es tan importante para individualizar al agresor, se determinan las circunstancias en las que sucedió el feminicidio o la tentativa de este, “el aumento de casos obligará al Estado a proporcionar mayores recursos tanto económicos y de personal especializado en aras de evitar la impunidad”.
En otra orilla, la abogada penalista Dalila Henao consideró que la propuesta de la Fiscalía podría no ser tan positiva y que hoy en día hay muchos despachos fiscales que desconocen qué es investigar con enfoque de género y en qué consiste un feminicidio.
“Una directriz de este tipo obliga a los despachos judiciales a procesar personas por un delito que tiene muchos más requisitos y rigurosidad investigativa que el homicidio propiamente dicho, por lo que personalmente presumo que la acción investigativa de la Fiscalía se podría congestionar en un alto porcentaje”, dijo Henao.
La abogada añadió que abordar un caso como feminicidio de forma correcta hace que se dediquen más recursos para resolverlo, pues exige una investigación rigurosa del contexto previo al crimen, lo cual implica que haya “un mayor despliegue por parte de los funcionarios de policía judicial, un grupo muy limitado y con exagerada sobrecarga, lo cual sin duda ocasionaría que estas investigaciones tomaran mucho más tiempo que las que tomaría un homicidio”.
Fiscalía propone principios de oportunidad por violencia intrafamiliar
Las mujeres que acuden a denunciar escenarios de violencia intrafamiliar no necesariamente quieren que su compañero o su esposo sea privado de la libertad o condenado: Fiscal
Otra de las propuestas que hizo la fiscal general Camargo en el Congreso, y que ha generado discusión, es la de que se apliquen principios de oportunidad, que es la renuncia de la acción penal, en casos de violencia intrafamiliar.
De acuerdo con la jefe del ente acusador, serían temporales y no definitivos, para que se permita el monitoreo cómo avanzan los compromisos que hace el agresor.
Luz Adriana Camargo, fiscal General de la Nación. Foto:Néstor Gómez
“Hay casos de violencia intrafamiliar donde las formas de violencia son violencias leves que no queremos que escalen hacia violencias graves que pueden concluir en un feminicidio (...) Las mujeres que acuden a denunciar escenarios de violencia intrafamiliar no necesariamente quieren que su compañero o su esposo sea privado de la libertad o condenado”, dijo Camargo este miércoles.
Sobre esta propuesta los expertos consultados sostuvieron que sí sería viable aplicar estos mecanismos.
La abogada Cabra, de la Secretaría Distrital de la Mujer, consideró que la propuesta de la Fiscal es procedente y está permitido legalmente cuando se trate de violencia intrafamiliar simple y no agravada, es decir, como dijo la Fiscal, cuando se trate de agresiones leves.
“Recordemos que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y hay víctimas que no acuden a la istración de justicia por una condena o para que priven de la libertad a su agresor o su pareja, sino que lo hacen básicamente para encontrar una solución seria y formal”, indicó.
Por ello, la abogada Cabra dijo que un principio de oportunidad temporal sería una oportunidad para que “el agresor se comprometa a no volver a desplegar conductas de violencia frente a la víctima, y en caso de incumplimiento, el proceso penal continúa”.
Por su parte, el penalista Burbano indicó que precisamente “la Fiscalía pierde muchos casos de violencia intrafamiliar en juicio porque las víctimas no van a juicio por no ver a su agresor en la cárcel. Desde ese punto de vista, es bueno aplicar mecanismos restaurativos del tejido social”, consideró.
Sobre los principios de oportunidad en casos de violencia intrafamiliar la abogada Henao consideró que, teniendo en cuenta que la intervención y aprobación de las víctimas “es absolutamente necesaria en el marco de los principios de oportunidad, siempre que las víctimas estén conformes, esta es una forma de istrar justicia completamente válida en estos casos”.
Agregó que es importante que al momento de aplicar el principio de oportunidad los despachos judiciales tengan un enfoque de género, para prevenir situaciones que puedan permitir la revictimización.
Finalmente hay que recordar que a la comisión de expertos de reforma de la justicia llegó precisamente un proyecto, impulsado por la Corte Suprema de Justicia, que habla de impulsar el uso de principios de oportunidad y preacuerdos en varios delitos, incluidos delitos contra mujeres, para descongestionar el sistema judicial y ofrecer justicia más pronto a las víctimas.