El secuestro, homicidio o el hurto son algunos de los delitos con acciones imputables sometidos a fuertes sanciones penales. Sin embargo, el prevaricato se aplica en las infracciones cometidas por la autoridad, jueces u otros servidores públicos.
Estas faltas se cometen cuando dictan una resolución arbitraria en un asunto istrativo o judicial a sabiendas de que incurre en acciones injustas o contrarias a la ley.
De acuerdo con el portal de la Corte Suprema de Justicia, existe prevaricato por omisión y por acción, este último sucede cuando el servidor público que abusando de su cargo realiza funciones públicas diversas de las que legalmente le correspondan.
Asimismo, en el caso de la omisión se da cuando el funcionario judicial omite declararse impedido, con alteración de la imparcialidad, rectitud y probidad de la istración de justicia
Este delito también puede ser cometido por parte de la Fiscalía
en labores de investigación, "la responsabilidad de los funcionarios en el área investigativa no se puede determinar únicamente por el transcurso del tiempo, es necesario examinar la actividad
desplegada por estos y todas las circunstancias exógenas", explica el portal en mención.
¿Qué pasa si se incurre en este delito?
Pues bien, el Artículo 413 del Código Penal de Colombia explica que el servidor público que cometa prevaricato puede ser condenado a prisión de 48 a 144 meses. Además, puede llegar a ser multado hasta por 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
Por último, el Artículo 414 del Código Penal de Colombia
establece que el servidor público que omita, retarde, rehúse o deniegue un acto propio de sus funciones, incurrirá en prisión de hasta 90 meses, una multa aproximada de
75 salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 80 meses.
VANESSA PÉREZ
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
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