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Los reparos de la Procuraduría a Minagricultura por proyecto de movilización campesina

La entidad le envió observaciones a la ministra Jhenifer Mojica en aras de mayor claridad.

Jhenifer Mojica, ministra de Agricultura, sale firmando el proyecto de decreto que llama a campesinos a protestar.

Jhenifer Mojica, ministra de Agricultura, sale firmando el proyecto de decreto que llama a campesinos a protestar. Foto: Archivo EL TIEMPO-Ministerio de Agricultura

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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En un oficio de 10 páginas, la Procuraduría General de la Nación condensó las observaciones que tiene al borrador de decreto del Ministerio de Agricultura, con el que se busca promover la movilización y organización campesina para impulsar la reforma agraria.
El documento está firmado por el procurador delegado Gustavo Guerrero, y sobresalen cuatro puntos que, en la primera intervención, comienza por los Comités municipales para la reforma. Con ellos, el Ministerio propone en su artículo 2 "espacios para la participación, concertación, planeación, gestión, evaluación y escalonamiento territorial de los procesos de reforma agraria". 
Procurador Gustavo Guerrero, delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios.

Procurador Gustavo Guerrero, delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios. Foto:Procuraduría

Sin embargo, para el Ministerio Público, los objetivos de los llamados comités se parecen a los mecanismos que existen actualmente en el ordenamiento jurídico del país, "especialmente, los dispuestos en el Capítulo XV de la propia Ley 160 de 1994". El comentario de Guerrero sigue con que en el artículo 88 de dicha ley está el Comité
Departamental de Desarrollo Rural y Reforma Agraria, que dependen de los Consejos Seccionales de Desarrollo Agropecuario (Consea).
Es decir, lo planteado en el borrador es similar a algo que ya existe con la Ley 160, y que incluso sería "más garantista que lo dispuesto en el proyecto de decreto, debido a que garantiza la participación en la toma de decisiones de otros actores relevantes para la reforma agraria", como lo son entidades públicas y privadas que guardan relación con el tema.
Así pasa con otras funciones y tareas que se planean en el reciente borrador, y que ya estarían cobijadas legalmente: "En conclusión, a este ente de control le genera gran preocupación que el Proyecto de Decreto el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural esté creando instancias que ya se encuentran contempladas en la propia Ley 160 de 1994".
Esto porque, al crear dos canales iguales, se podrían generar diversas vías sin lograr una articulación adecuada, y atentar contra los principios de eficacia, economía y coordinación que garanticen los derechos del campesinado en Colombia.

El alcance a 'movilización campesina'

Otra de las sugerencias del procurador delegado Gustavo Guerrero es que se aclare el alcance de la expresión 'movilización campesina', pues, sin tener contexto, se da a entender que se refiere al derecho fundamental a la reunión y protesta pacífica, consagrado en la Constitución de 1991.
Decreto movilización campesina

Decreto movilización campesina Foto:Ministerio de Agricultura

Con base en ello, para el órgano de control esa expresión está directamente relacionado con el derecho ya citado, contemplado en el artículo 38 de la Carta Política, y es por eso que ello también le preocupa a Guerrero, pues la expedición del decreto podría exceder las facultades del Ejecutivo, "al desarrollar derechos cuya naturaleza es fundamental y, por tanto, deberían ser objeto de otro tipo de instrumentos jurídicos".
La tercera observación tiene que ver con una posible interpretación sobre la generación de mecanismos de presión para la toma de decisiones. Esto porque, según la Procuraduría, el borrador del decreto no desarrolla el alcance que tendrán las contribuciones de los Comités Municipales de Reforma Agraria a la hora de aprobar el Plan de implementación de la reforma, lo que "implica que la citada disposición se interprete como la posibilidad que tienen dichos Comités para generar mecanismos de presión".
Por último, se cuestionó la viabilidad o disponibilidad presupuestal del proyecto. Esto porque en su punto número cinco dice que el acto istrativo no requiere disponer de recursos presupuestales para la implementación, pero como en el apartado se lee que todas las entidades de a istración pública promoverán tales movilizaciones campesinas, para la Procuraduría es "posible colegir que para implementar las disposiciones del proyecto de decreto se requieren de recursos presupuestales".
Con todo lo anterior, el procurador delegado pidió una respuesta al Ministerio de Agricultura, en aras de que no se pasen por alto las disposiciones que ya están en la ley para este tipo de iniciativas.
Carlos López
Redacción Justicia
En Twitter: @CarlosL49

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