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Se me perdió la cédula: ¿debo reportar a la Policía? Este cambio le interesa
La Policía Nacional emitió un comunicado al respecto y unas recomendaciones a tener en cuenta.
Imagen de ilustración. Foto: Jaiver Nieto/Archivo ETCE
A través de un comunicado oficial y un video en su cuenta de Tik Tok, la Policía Nacional dio a conocer que ya no es necesario un trámite que era fundamental al momento de que a un ciudadano se le perdían documentos como la cédula de ciudadanía.
Esa situación es común, y se presenta en diferentes espacios como el transporte público, en un restaurante o simplemente caminando por la calle. A veces, hasta se da por perdido cualquier documento cuando en realidad estaba guardado -por un olvido- en algún bolso o lugar de la casa.
Lo cierto es que desde ahora, si a usted se le extraviaron papeles como la tarjeta de identidad, la libreta militar, la licencia de conducción, el pasaporte, las facturas y los recibos no tiene que notificarle a la Policía dicha pérdida.
Es decir, antes, cuando eso sucedía, el requisito era ingresar a la página web de la Policía a completar un formulario con datos de la pérdida, posible lugar de los hechos y otra información que ya no será necesaria.
Ahora, la indicación que dio la institución es que cada persona podrá acercarse a una sede de la Registraduría (en caso de que se trate del documento de identidad) a solicitar la copia sin necesidad de la constancia por pérdida.
Vale aclarar que en la nueva directriz se explica que cuando alguien es víctima de un robo de documentos, suplantación de identidad o estafa, lo recomendado por las autoridades es acercarse a la sede más cercana de la Fiscalía General de la Nación o a las salas de recepción de denuncias de la Policía Nacional para notificar la situación.
Otras de las dudas que despejó en los últimos días la Policía está relacionada a la pérdida de la placa de un vehículo. Ante ello, la recomendación es acudir a la oficina de tránsito de su municipio o localidad, y solicitar el duplicado de la misma. En este trámita tampoco le deberán exigir copia de denuncia o constancia por pérdida.
Y ante la pregunta de si un ciudadano que presentó un derecho de petición solicitando una constancia por pérdida de documentos de años o fechas anteriores, podrá recibir dicho papel, la respuesta es que "solo se realizará entrega de información a las entidades públicas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial".