La Ley 1448 de 2011 se convirtió en el segundo ejercicio legislativo transicional, después de la Ley de Justicia y Paz, con la finalidad de crear un sistema para atender y reparar a las víctimas. Hoy han sido atendidos más de siete millones de personas.
Sin embargo, muchas situaciones han pasado; por ejemplo, el proceso de negociación con las Farc y la creación del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición; el aumento de los conflictos armados; los intentos del Gobierno por la implementación de la política de ‘paz total’ sin registrar aún avances en implementación del proceso de paz con las extintas Farc.
Después de 13 años de vida de la Ley de Víctimas, la afectación de los derechos de la sociedad persiste, las personas desplazadas continúan en ciclos de violencias, de tal manera que la posibilidad del retorno a sus tierras se ve más sombría, mientras que otras han pasado a ser víctimas de los distintos actores armados.
Con el desplazamiento se conjugan otros hechos victimizantes; la amenaza, por lo general, es el detonante; los homicidios, que siguen siendo reportados; la oprobiosa violencia sexual contra mujeres y niñas, que continúa siendo una constante y es el tercer hecho más declarado ante la Defensoría.
Avanzamos, entonces, en el ejercicio de incidencia en políticas públicas a través de la identificación del problema público constituido por la violación de los derechos de las víctimas y por las infracciones del Derecho Internacional Humanitario. El texto de reforma se deriva del trabajo que, por más de una década, adelantamos en los territorios.
Además, como soporte vital, participamos en la elaboración de 10 informes de seguimiento y monitoreo a la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras. El texto se caracteriza porque tiene el sello institucional de la Defensoría, con un enfoque en derechos económicos, sociales y culturales, con la finalidad de hacer exigibles los mecanismos, programas y procesos de reparación integral.
Incluimos el principio de seguridad humana y los enfoques diferencial e interseccional. Fortalecimos los derechos de la niñez y la juventud con la inclusión de disposiciones que protegen a niñas, niños y adolescentes huérfanos a causa de la guerra; también, el derecho a la participación de las víctimas, garantizando la autonomía istrativa y financiera con presupuestos anuales fijos a cargo de las entidades territoriales y de la Unidad para las Víctimas.
Así mismo, es incluido un llamado al Congreso para que discuta el derecho a la participación fundamental de las víctimas, que no puede continuar siendo regulado por el Ejecutivo con una resolución de la Unidad para las Víctimas y a discrecionalidad del Gobierno. Deberá elevarlo a rango legal.
La salud mental de las víctimas es importante, por lo que elevamos a política pública el programa de atención psicosocial. Incluimos el reconocimiento del desplazamiento forzado transfronterizo. En relación con los rezagos del 80 % de los procesos de restitución de tierras, proponemos las compensaciones. Intentamos superar la desarticulación y descoordinación entre los sistemas de Justicia Transicional que generan barreras.
El texto reformado servirá de ley bisagra para articular los procesos de paz venideros. Somos conscientes de que ningún esfuerzo es suficiente para reparar la crueldad que la guerra deja a su paso, pero no puede ser excusa para la inacción, por eso actuamos.
CARLOS CAMARGO ASSIS
Exdefensor del Pueblo