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Análisis

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Doble militancia: la prohibición sin parámetros claros que tiene al país al borde de 30 elecciones atípicas en 2025

Registraduría y la MOE piden al Congreso legislar para reglamentar esta problemática que golpea arcas de la Nación.

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El registrador nacional, Hernán Penagos. Foto: Registraduría

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Si se cumplen las proyecciones que hay al interior de la Registraduría, al acabar el 2025 se habrán llevado a cabo 29 elecciones atípicas en Colombia. De esas, 17 se tendrían que realizar porque sus mandatarios electos en octubre de 2023 habrían incurrido en doble militancia, es decir, el 58,62 por ciento.
El caso más reciente fue el del gobernador del Magdalena, Rafael Martínez. El alto tribunal encontró a Martínez, del grupo político del exgobernador Carlos Caicedo, responsable de incurrir en doble militancia política en un evento realizado el 21 de septiembre de 2023 en la Villa Olímpica de Santa Marta. Allí promovió públicamente a dos candidatas del Partido de la U —María Charris y Miguelina Pacheco— a pesar de estar avalado por el movimiento Fuerza Ciudadana. La Sala concluyó que el acto constituyó una infracción normativa al quebrantar la lealtad partidista que debía mantener con los aspirantes de su propia colectividad.
Con esta imagen el que hasta hoy fue gobernador de Magdalena se pronunció.

Con esta imagen el que hasta hoy fue gobernador de Magdalena se pronunció. Foto:Cortesía

Este nuevo caso avivó el debate sobre los vacíos reglamentarios alrededor de la doble militancia y las coaliciones políticas que se hacen en campaña. Fue el propio presidente Gustavo Petro quien se puso al frente de la discusión. “En una coalición política, autorizada por la constitución, no hay doble militancia. Coaligarse es la ayuda de dos o más fuerzas políticas para ganar una gobernación o alcaldía, la doble militancia, es militar en dos partidos al mismo tiempo, por tanto, no es lo mismo. En ausencia de la ley que reglamenta las coaliciones, lo que prima es la Constitución”, dijo el jefe de Estado.
Según el registrador Hernán Penagos, no hay precedentes en el país de un año en el que se hayan tenido que realizar cerca de 30 elecciones atípicas entre alcaldes y gobernadores. De acuerdo con datos de la Misión de Observación Electoral (MOE), en 2024 se realizaron 5; en 2023, 2; en 2021, 15; en 2020, 7; en 2018, 11; en 2017, 9; y en 2016, 22.
La doble militancia por apoyos está generando un número muy importante de nulidades en el país, eso claramente genera inestabilidad política en muchos municipios
Hernán penagosRegistrador
La cabeza de la autoridad electoral advirtió por los gastos que implican para la Nación estos eventos fuera del calendario ordinario: “Se trata de unas elecciones que no estaban presupuestadas porque se trata de nulidades electorales”, manifestó Penagos.
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El registrador nacional, Hernán Penagos. Foto:Registraduría

En ese sentido, el registrador señaló que es necesario que el Congreso de la República legisle en relación con la figura de las coaliciones y de la doble militancia por apoyo. “La doble militancia por apoyos está generando un número muy importante de nulidades en el país, eso claramente genera inestabilidad política en muchos municipios. Es necesario que la Constitución y la legislación se ocupen de eso. Mientras tanto tendremos cerca de 30 elecciones atípicas en Colombia”, apuntó Penagos.
Hasta la fecha, se han realizado 9 elecciones atípicas en 2025. 5 (Putumayo, Puerto Guzmán, El Rosario, Apartadó y Duitama) se convocaron porque el Consejo de Estado declaró la nulidad por doble militancia. Ya hay 4 convocadas para las próximas semanas (Oiba, Coyaima, La Jagua del Pilar y Vichada), de las cuales la mitad son por razón de doble militancia. Y están pendientes de convocatoria las de Chitaraque, Inza y Melgar. La doble militancia obligó a esta situación en Inza y Melgar.
Dentro de las posibles nuevas elecciones por el mismo motivo se encuentran las de Ponedera (Atlántico), Sitionuevo (Magdalena), Providencia (San Andrés), San Andrés, Cartago (Valle del Cauca), Bucaramanga y Piedecuesta (Santander).

La fallas estructurales

Alfonso Portela, abogado y exregistrador delegado.

Alfonso Portela, abogado y exregistrador delegado. Foto:Abel Cárdenas / Archivo El Tiempo

El exregistrador y experto en temas electorales, Alfonso Portela, recuerda que en sus inicios la doble militancia era un tema de manejo interno de los partidos hasta que la ley 1475 de 2011 lo estableció como una prohibición. El problema es que esa prohibición no tiene un desarrollo.
Es una mención muy escueta de la situación que puede incurrir un candidato, entonces ha tenido su evolución es en los diferentes fallos que ha proferido el Consejo de Estado al respecto”, explica Portela.
La base fundamental de la doble militancia es reclamar de los candidatos la lealtad a sus partidos. Sin embargo, dice Portela que lo que no hay parámetros claros que definan en qué consiste esa lealtad para que los candidatos tengan más movilidad y no corran el riesgo de perder todo un ejercicio electoral.
Legisladores señalan que el estudio de las preguntas se harán conforme al calendario y los trámites establecidos por la corporación

Plenaria de Senado. Foto:SENADO

El proyecto de transfuguismo, que permitía a los congresistas cambiar de partido una vez por periodo sin perder su curul, planteaba cambiar la jurisdicción para castigar la doble militancia pasándola del Consejo de Estado a los propios partidos.
Las sentencias de pérdida de investidura por doble militancia tienen origen en un sistema fragmentado y multi partidista en el que es muy fácil probarle a un político la doble militancia, pues en las elecciones, se busca sumar al mayor número de personas y/o partidos a una causa política”, señaló el analista de la firma asuntos públicos Orza, Gonzalo Araujo.
“Ante lo restrictivo de nuestro sistema de partidos, la doble militancia es el camino más fácil para que por malquerencias políticas, un funcionario de elección popular resulte destituido de su cargo. La única manera de evitar la proliferación de esos casos es a través de las coaliciones de partidos, como ya se viene aplicando y no a través de normas que incentivan el paso de un partido a otro”, agregó Araujo.
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Alejandra Barrios, directora de la MOE. Foto:MOE

Desde la MOE hicieron el mismo llamado de la Registraduría al Congreso para que se ponga las pilas en reglamentar esta situación. “No hay una ley que explique lo que es doble militancia y eso lo ha tenido que suplir el Consejo de Estado. Tiene el Congreso de la República que hacer su tarea: legislar sobre la doble militancia y legislar sobre la democracia interna de los partidos que pasa por los afiliados, es decir, quiénes toman las decisiones y cuáles son las reglas para elegir candidatos”, sostuvo la directora de la veeduría, Alejandra Barrios.
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JUAN PABLO PENAGOS RAMÍREZ
Redacción Política

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