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Viajeros que ingresen al país deberán presentar PCR negativa

Ministerio de Salud emitió resolución que rige desde el 31 de diciembre.

Aeropuerto El Dorado

Aeropuerto El Dorado Foto: Mauricio Moreno

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El Ministerio de Salud, a través de la resolución 532 del 31 de diciembre del 2020, modificó el anexo técnico de la resolución 1627 del 2020, que adoptó el manejo de bioseguridad para el control y riesgo de covid-19 en el transporte aéreo internacional.
En este documento, el Ministerio aclaró que mientras se resuelve la impugnación del fallo de tutela emitido por el juzgado 11 istrativo se suspende la no exigencia previa al embarque en el país de origen de la prueba PCR con resultado negativo.
Resolución Ministerio de Salud.

Resolución Ministerio de Salud. Foto:EL TIEMPO

(Consulte el documento completo expedido por el ministerio de Salud).

Descarga el documento

De igual forma, se suprime la medida de cuarentena o aislamiento preventivo por 14 días que debían cumplir los viajeros.
En otras palabras, a partir de la fecha de la resolución se exigirá la prueba PCR a los viajeros internacionales que ingresen al país por vía aérea.
En ese sentido, las autoridades aeroportuarias exigirán este requisito en cada distrito, según el documento.
El pasado 4 de noviembre de 2020, un juez del circuito de Bogotá, a través de un fallo de tutela, ordenó al Ministerio de Salud exigir las pruebas PCR con resultado negativo a todos los viajeros internacionales, además de cumplir con un aislamiento obligatorio de 14 días.
A partir de ese momento, ambas partes empezaron a defender su postura y, mientras el Ministerio de Salud se negaba a pedir dichas pruebas e, incluso, buscaba impugnar la decisión, el juez 11 del circuito insistía en que, aunque no era una medida 100 por ciento efectiva, sí se trataba de un filtro para reducir la entrada al país de personas contagiadas.

Otras disposiciones 

  • La prueba PCR debe ser expedida como máximo con 96 horas de anticipación al vuelo.
  • Todos los viajeros, sin distinción alguna, deben realizarse la prueba, incluso si son menores de edad.
  • Las personas con síntomas respiratorios o fiebre no podrán abordar el avión.
  • Antes de abordar, las personas deben reportar su estado de salud en la aplicación Check-Mig.
  • A partir de los dos años es obligatorio el uso del tapabocas tanto en las instalaciones del aeropuerto como en el avión.
  • Durante los vuelos de más de dos horas los tripulantes deben tener a la mano varios tapabocas para cambiarlos siempre que sea necesario.
  • Quien no haya podido realizarse la prueba por cuestiones de en el país en que se encuentra o por dificultades en la entrega del resultado deberá realizarse la prueba al llegar a Colombia y aislarse por 14 días.
Cabe destacar que el valor de la prueba PCR y cualquier costo relacionado con el aislamiento preventivo van por cuenta del pasajero.
EL TIEMPO

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