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La Dian recuerda la pena de cárcel y la multa por evadir el IVA tras anunciar embargo a más de 21.000 morosos

• La entidad detalló que el incumplimiento en el pago de tributos recaudados puede generar sanciones considerables.

• Según la entidad, estos facturaron grandes sumas de dinero, pero no cumplieron con el pago de sus impuestos. 

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Esto debe tener en cuenta. Foto: Dian/ iStock

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En el marco de la jornada nacional de cobro “Al día con la Dian, le cumplo al país”, que se desarrollará los días 17, 19, 20 y 21 de marzo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) anunció el embargo de facturas por $ 5.7 billones a 21.649 contribuyentes que presentan deudas tributarias.
Según la entidad, estos morosos facturaron grandes sumas de dinero, pero no cumplieron con el pago de sus impuestos, acumulando obligaciones por $ 2.6 billones.

Bogotá encabeza la lista de embargos

La Dian especificó que Bogotá es la ciudad con el mayor número de facturas embargadas, concentrando el 53.6 % del total, lo que equivale a $ 3 billones en retenciones. Otras ciudades con altos montos en embargos incluyen Medellín ($ 814.000 millones), Barranquilla ($ 488.000 millones), Montería ($ 309.000 millones) y Cali ($ 273.000 millones).
Ante esta situación, Luis Eduardo Llinás Chica, director general de la Dian, advirtió que algunos casos ya han sido remitidos a la justicia penal. 
“Los casos de quiénes adeudan más de $ 210.000 millones en impuestos como IVA e Impoconsumo serán llevados ante la Fiscalía General de la Nación para que esta entidad adelante las acciones penales del caso. Estamos trabajando para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y reducir la evasión, por eso hacemos un llamado a quiénes tienen deudas con la Dian para que se pongan al día y eviten sanciones istrativas y penales”, indicó.
Istock

Los morosos deberán cumplir con sus obligaciones.  Foto:Istock

Posibles sanciones por evasión

Entre los principales deudores de IVA e Impoconsumo figuran empresas catalogadas como grandes contribuyentes, las cuales acumulan pasivos por $ 96.2 mil millones. A esto se suman deudores en Bogotá con $ 65 mil millones, Medellín con $ 22.2 mil millones, Cali con $ 5 mil millones y Barranquilla con $ 4.8 mil millones.
La entidad recordó que el incumplimiento en el pago de tributos recaudados, como el IVA y el Impuesto al Consumo, puede derivar en sanciones severas. 
La legislación vigente establece que quienes no consignen estos valores pueden enfrentar penas de prisión de cuatro a nueve años, así como multas equivalentes al doble de lo adeudado, sin exceder los $ 5.079.498.000 para 2025 (102 mil UVT).
Deudas

Cumpla con sus obligaciones.  Foto:iStock

Dian informa nuevos plazos para obligaciones tributarias

A raíz de la declaratoria de día cívico nacional, la Dian informó que los plazos para la presentación y pago de obligaciones tributarias del mes de marzo fueron modificados. Esto se debe a que el Decreto 2229 de 2023, que regula los vencimientos, está definido en términos de días hábiles.
- Obligaciones afectadas y nuevos plazos: los cambios impactan especialmente los vencimientos de Retención en la Fuente, Impuesto a las Ventas e Impuesto Nacional al Consumo. De acuerdo con la nueva programación, las fechas quedaron establecidas de la siguiente manera:
  • Fecha: 19 de marzo. Último dígito del NIT: 6.
  • Fecha: 20 de marzo. Último dígito del NIT: 7
  • Fecha: 21 de marzo. Último dígito del NIT: 8.
  • Fecha: 25 de marzo. Último dígito del NIT: 9
  • Fecha: 26 de marzo. Último dígito del NIT: 0.
Por otro lado, el plazo para el pago del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) correspondiente a la semana 10 fue fijado para el 19 de marzo de 2025.

Llamado a los contribuyentes

La DIAN exhortó a los contribuyentes a tener en cuenta estas modificaciones para evitar inconvenientes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Para más detalles, la entidad puso a disposición sus canales oficiales de información y la línea de atención 601 489 9000.

Dian aclara cobro de IVA en zonas comunes de conjuntos residenciales

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*Este contenido fue reescrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de la oficina de prensa de la Dian, y contó con la revisión de un periodista y un editor.

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