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Atención: ponencia en la Corte Constitucional pide tumbar la ley de 'paz total'

La ponencia fue repartida a los magistrados de la Sala Plena y se discutirá con prelación. 

Presidente Gustavo Petro en la Corte Constitucional

Presidente Gustavo Petro en la Corte Constitucional Foto: Presidencia

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El futuro de la ley de la 'paz total', que habilitó al Gobierno Nacional a hacer acercamientos de paz con organizaciones como las disidencias y el ‘clan del Golfo’ y otras estructuras narcotraficantes, está en manos de la Corte Constitucional que estudia una demanda en su contra.
Este lunes el magistrado Jorge Enrique Ibáñez repartió el proyecto de fallo que será estudiado por la Sala Plena con prelación, por tratarse de un tema de urgencia nacional.
La ponencia, según conoció EL TIEMPO, busca tumbar toda la ley, que es la 2272 de 2022, que reformó la Ley de Orden Público, por vicios de trámite en el Congreso de la República ya que, entre otros, no tuvo concepto del Consejo de Política Criminal.
La Ley 418, de la 'paz total', fue sancionada por el presidente Gustavo Petro

La Ley 418, de la 'paz total', fue sancionada por el presidente Gustavo Petro Foto:Presidencia

Cabe recordar que en este caso, el magistrado Ibáñez había propuesto inicialmente a sus compañeros de la Sala Plena suspender de manera provisional los apartes de la ley que fueron demandados al estimar que eran inconstitucionales.
Esa petición fue negada en una decisión que abrió la puerta a que, por primera vez, la Corte sí pueda decretar medidas cautelares sobre leyes que revisa, antes de la decisión definitiva, lo cual no se ha hecho nunca desde la entrada en funcionamiento del alto tribunal tras la expedición de la Constitución de 1991 y solo cuando se trate de normas que sean manifiestamente inconstitucionales.
La ponencia pasará ahora a estar en el primer punto del orden del día, por sobre otros procesos que estaban en marcha, luego de la Corte avalara tramitar este caso bajo urgencia nacional. Para ser aprobada, la ponencia necesita al menos cinco votos de los nueve posibles. 
Jorge Enrique Ibáñez Najar, magistrado de la Corte Constitucional.

Jorge Enrique Ibáñez Najar, magistrado de la Corte Constitucional. Foto:Corte Constitucional

La Corte estudia una demanda presentada por Javier Pava Quiceno en contra del artículo 2 de esa ley que dice que se podrá negociar con estructuras armadas u organizadas de crimen de alto impacto en las que caben, entre otros, “los ex de grupos armados al margen de la ley, desmovilizados mediante acuerdos pactados con el Estado colombiano, que contribuyan con su desmantelamiento”.
La demanda ataca igualmente la creación de la instancia de Alto nivel que hará la caracterización de esas organizaciones, y un artículo que dice que la 'paz total' deberá comprender “la paz con la naturaleza”, y que los términos del sometimiento deben tener como medidas de reparación la reconciliación con la naturaleza.

La posición de la Procuraduría

En este caso, la Procuraduría solicitó a la Corte que tumbe la norma al señalar, entre otros, que no hubo concepto del Consejo de Política Criminal.
“Las deliberaciones no fueron ilustradas con el concepto del Consejo de Política Criminal pues no se remitió el dictamen sobre el impacto de las disposiciones propuestas en el sistema de justicia penal, aunque algunos congresistas manifestaron sus inquietudes en torno al contenido de la iniciativa y solicitaron la suspensión de las deliberaciones mientras el mismo era allegado”, dijo la Procuraduría a la Corte.
Igualmente, la entidad dijo que las normas aprobadas son inconstitucionales porque su redacción, al hablar sobre las estructuras criminales, es muy amplia y su contenido es indeterminado y porque puede dar a entender que las organizaciones a las que se refiere podrían recibir beneficios de justicia transicional, y no solo de sometimiento, a pesar de no ser parte del conflicto armado por no tener un estatus político.
La referida imprecisión o indeterminación deriva en que los desertores de los acuerdos de paz puedan obtener beneficios propios de justicia transicional: Procuraduría
Según el Ministerio Público, la ley permitiría que se hagan negociaciones con estos grupos, generando un trato análogo con otras organizaciones, sin tener en cuenta si hay o no un estatus político, al punto que, señala el documento, por cuenta de la Ley el Gobierno solicitó a la Fiscalía levantar las órdenes de captura de integrantes del ‘clan del Golfo’ y de los ‘Pachenca’, que ahora se autodenominan Autodefensas Gaitanistas de Colombia.
“La referida imprecisión o indeterminación deriva en que los desertores de los acuerdos de paz puedan obtener beneficios propios de justicia transicional, ya que en las expresiones acusadas se califican a los grupos ilegales conformados por personas que integraron organizaciones desmovilizadas al margen de la ley como organizaciones criminales. Ello desconoce que el artículo 66 transitorio de la Carta Política, a efectos de asegurar el derecho a la no repetición de las víctimas, impide reconocer incentivos por segunda vez a los individuos que incumplen sus compromisos”, dice el documento.
Danilo Rueda, comisionado de Paz, asistió a debate de control político.

Danilo Rueda, comisionado de Paz, asistió a debate de control político. Foto:Oficina del Comisionado de Paz

Lo que dice el Gobierno

"La determinación de adelantar negociaciones con fines políticos o de sometimiento es del resorte del Gobierno"
En este debate, el Gobierno Nacional ha presentado dos conceptos a la Corte Constitucional.
Primero uno que fue revelado por EL TIEMPO el 20 de febrero que decía que la norma solo habilita a los desertores de un acuerdo de paz, como alias Iván Márquez, a someterse a la justicia.
Luego, tras la polémica generada, el Gobierno envió otro concepto a la Corte en el que dijo que la decisión final sobre con quiénes se negocia y bajo qué términos, le corresponde al Presidente de la República.
"La determinación de adelantar negociaciones con fines políticos o de sometimiento es del resorte del Gobierno, a quien corresponde definir el tipo de proceso a seguir a partir de las circunstancias particulares y específicas de los grupos armados que hagan manifiesto su interés de negociar, para lo cual cuenta con el apoyo de la instancia de Alto Nivel (creada en la Ley) para el estudio, caracterización y calificación de las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto”, se lee en el segundo documento.
@JusticiaET

Así será el plan de ‘paz total’ de Gustavo Petro

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