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Noticia
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El fuerte reparo de la procuradora Margarita Cabello a jueces por fallo de la Corte Constitucional sobre electos por voto
La jefa del Ministerio Público se refirió a la sentencia de la Corte IDH en el caso Petro Urrego vs. Colombia, e hizo un llamado al Congreso.
Margarita Cabello, procuradora general Foto: Procuraduría
Durante el Segundo Congreso Nacional de Derecho Disciplinario, desarrollado en Cartagena, la procuradora Margarita Cabello Blanco lanzó un fuerte dardo a algunos jueces de la República con relación a las sanciones impuestas a funcionarios electos por voto popular, como alcaldes y congresistas.
Para la jefa del Ministerio Público, la totalidad de los jueces del país deberían acatar el fallo de la Corte Constitucional (el C-030 de 2023) en el que se indica que su entidad sí tiene la potestad para disciplinar a electos en las urnas, con un control automático de los jueces cuando se trata de personas que siguen activas en el cargo del cual fueron suspendidas por una determinada falta.
"Uno de los aspectos que no debería generar discusión después de la sentencia es que todos los jueces de la República, incluidos los de la jurisdicción de lo contencioso istrativo, deberían acatar lo dicho en dicha providencia. Sin embargo, no lo están haciendo", afirmó Cabello.
Margarita Cabello, procuradora general, en congreso de Derecho Disciplinario. Foto:Procuraduría
Su reparo se basa en que hay magistrados del Consejo de Estado que han declarado improcedente los casos que les llegan desde la Procuraduría para revisión automática, valiéndose -según Cabello- de la falta de convencionalidad con el ordenamiento jurídico internacional que dicta que solo un juez puede apartar de su cargo a un electo por voto popular, y no una entidad istrativa.
Para la alta funcionaria del Estado, "esto generó un desconocimiento de los derechos políticos de los sancionados. Para acudir a la jurisdicción a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, lo primero que se debe reconocer es la firmeza del acto, lo que implica los efectos de la sanción". Eso sí, resaltó que hay otros jueces que sí han acatado el fallo de la Corte.
Margarita Cabello y Gustavo Petro. Foto:Procuraduría / Presidencia
En esta controversia juega un papel importante el presidente Gustavo Petro por dos aspectos ligados entre sí. El primero es que cuando fue alcalde de Bogotá y el procurador Alejandro Ordóñez lo destituyó e inhabilitó por el tema de las basuras, él acudió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) pidiendo que le garantizaran sus derechos políticos.
Sobre eso, Cabello habló en su intervención en Cartagena recordando que la Corte IDH falló a favor de Petro al indicar que solo un juez penal podía apartar de su cargo a un electo por voto, trayendo a colación el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), el de los derechos políticos, así como principios de imparcialidad y jurisdiccionalidad.
Para armonizar la situación, se presentó una reforma a la Procuraduría (Ley 2094 de 2021), que dispuso la doble instancia a la hora de sancionar a funcionarios de este estilo. El debate sobre esa ley llegó a la Corte Constitucional, y de ahí su sentencia C-030 en la que quitó facultades jurisdiccionales a la Procuraduría, pero le mantuvo la potestad de disciplinar a funcionarios que, cuando ya han dejado el cargo para el que la ciudadanía los eligió, sus sanciones quedan en firme sin control de jueces.
El otro aspecto en el que el presidente Gustavo Petro es clave es porque como jefe de Estado ha cuestionado que la Procuraduría mantenga esta tarea, trayendo a colación la convencionalidad y el fallo de la Corte IDH que salió a su favor. Es decir, para él el órgano manejado por Cabello no es el competente para arrebatar derechos políticos, y por eso se ha pronunciado cuando procuradores han fallado contra políticos como los exalcaldes Daniel Quintero o Rodolfo Hernández.
Corte Constitucional. Foto:Cortesía
Las tres apreciaciones de la Procuradora
Es un error considerar que nuestro modelo constitucional sea supuestamente de superioridad convencional.
Entre sus apreciaciones, Margarita Cabello enlistó tres ideas sobre el estado actual de este asunto con los tropiezos ya mencionados. La primera es que para ella en Colombia no hay un control de convencionalidad en todo el sentido de la palabra, pues lo que hay es un bloque de constitucionalidad en el que ninguna norma puede estar por encima de la Constitución Política de 1991.
"Es un error considerar que nuestro modelo constitucional sea supuestamente de superioridad convencional como bien puede darse en otros países (México, por ejemplo), en donde si una norma constitucional es contraria al texto de la Convención, debe entenderse como no válida", dijo a los asistentes al congreso.
Su segunda postura fue con relación a la competencia de la Procuraduría para disciplinar a los electos por voto popular, ahondando en que como algunos jueces han hecho caso omiso a las revisiones, el Consejo de Estado "debe emitir un fallo de unificación para que se cumpla la providencia de la Corte Constitucional.
Plenaria de Senado. Foto:César Melgarejo/ El Tiempo
Sumado a ello, recordó que como Ministerio Público han interpuesto tutelas contra las decisiones de togados que están anulando las sanciones que habían tomado sus procuradores.
Por último, Margarita Cabello hizo un llamado al Congreso de la República para que adopte un estatuto sobre estos servidores públicos, en el que se incluya un régimen disciplinario especial. Una de las opciones que enumeró es que incluya una reforma que cree un procedimiento expedito "que permita que la jurisdicción revise los fallos sancionatorios que involucren a servidores públicos de elección popular".
Ese proyecto de ley debería resolver, según ella, varios problemas que existen, como por ejemplo saber qué pasa cuando el sancionado ocupa un cargo de elección popular distinto al que ejercía cuando cometió la falta, "u ocupa el mismo pero para un periodo diferente. ¿Qué ocurre con el término de prescripción de la acción disciplinaria mientras se surte el trámite de control judicial?".
Su cierre lo basó en que diariamente se escuchan intenciones de reducir el poder disciplinario que tiene su entidad: "Cada vez que se tiene la oportunidad, se formulan o reviven iniciativas para reducir las funciones de la Procuraduría. Seguramente, algo bueno hemos estado haciendo, ya que abundan las propuestas de eliminar los controles que, como es obvio, son incómodos para aquellos que sean partidarios de la corrupción".