Teniendo en cuenta el artículo 1055 del código civil colombiano, un testamento es el acto legal con el cual una persona dispone sus bienes a otros después de su muerte. Para llevar a cabo esta diligencia debe acercarse ante una notaría de su ciudad.
Si usted quiere disponer de sus pertenencias a un amigo, podrá testar a favor de él, en favor a la libre disposición de la herencia que determina la ley.
Realizar esta diligencia es posible en la medida en que cumpla a cabalidad lo que la ley establece que para ceder un testamento.
Lo primero que debe hacer es escribir un documento en el que estén sus datos personales: fecha de nacimiento, dirección residencial, número de cédula y nacionalidad. Además debe especificar su estado civil, si tiene hijos o padres vivos.
En el escrito debe mencionar su inventario total de bienes e inmuebles y a quién los hereda. También debe manifestar su intención libre y natural de realizar esta diligencia.
Los requisitos son diferentes para cada tipo de testamento. Si es cerrado, es decir su disposición se conocerá hasta después de su muerte, es necesario la presencia de cinco testigos.
En este caso, se podrá usar la figura de libre disposición, la cual permite que el hereditario pueda disponer libremente de sus bienes a personas que no son herederas por ley. Es decir, que no tengan un parentesco.
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